Una red por cada planta, cada red con máquinas independientes; Solo una red, que normalmente opera para ventilación, pero que en caso de incendio puede extraer humos...lo que supone que cada red de conductos lleva DOS MÁQUINAS, o bien para funcionamiento inmerso en el entorno del incendio (400º 2 horas, creo recordar), o bien para funcionamiento desde el exterior (capacidad de trasegar humos a 400º durante 2 horas, pero operando fuera del recinto del incendio), situadas en un cuarto independiente con una envolvente que resista el fuego según lo que marca la normativa.
El tema de las dos máquinas no lo dice explícitamente en ninguna normativa vigente... pero forma parte del argumentario para considerar el garaje como "desclasificado" a efectos de riesgo de explosión (la ITC-BT-28 del REBT lo deja abierto, y tradicionalmente se acude a la hoja aclaratoria 12A del reglamento del 73...)
Las máquinas alimentadas con cable de seguridad AS+ (el naranja... bastante caro).
En tu caso, con una derivación desde el cuadro correspondiente... normalmente subcuadro de garaje. Es un poco absurdo, pero como norma general da igual que a ese subcuadro no se alimente en AS+...
Si fuera LPC te exigirían suministro de emergencia (osea, doble acometida, o un generador de emergencia) pero en viviendas no es necesario (salvo que lo diga la normativa municipal, o venga un técnico del ayuntamiento o industria y te diga que si... y entonces a ver quien tiene razón).
Otra cosa divertida... según el CTE los conductos deberían tener una resistencia al fuego E600 90... pero creo que en la mayoría de los casos esto no se cumple.
El tema de las dos máquinas no lo dice explícitamente en ninguna normativa vigente... pero forma parte del argumentario para considerar el garaje como "desclasificado" a efectos de riesgo de explosión (la ITC-BT-28 del REBT lo deja abierto, y tradicionalmente se acude a la hoja aclaratoria 12A del reglamento del 73...)
Las máquinas alimentadas con cable de seguridad AS+ (el naranja... bastante caro).
En tu caso, con una derivación desde el cuadro correspondiente... normalmente subcuadro de garaje. Es un poco absurdo, pero como norma general da igual que a ese subcuadro no se alimente en AS+...
Si fuera LPC te exigirían suministro de emergencia (osea, doble acometida, o un generador de emergencia) pero en viviendas no es necesario (salvo que lo diga la normativa municipal, o venga un técnico del ayuntamiento o industria y te diga que si... y entonces a ver quien tiene razón).
Otra cosa divertida... según el CTE los conductos deberían tener una resistencia al fuego E600 90... pero creo que en la mayoría de los casos esto no se cumple.