Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#355452
Buenos días,

Estoy realizando un anexo a proyecto de actividad para local de pública concurrencia.

Por parte del ayuntamiento se solicita suministro de socorro el cual no fue previsto por el anterior técnico que realizó el proyecto original y se tendrá que "acoplar" al esquema ya instalado.

El suministro deberá cubrir uno 17,5Kw por tanto el generador será de 22 - 25kVA dependiendo de la marca.

Mi pregunta es:

Es necesario la realización de un proyecto independiente de la instalación de Generador, derivación, caja conmutadores, etc... hasta cuadro principal??? Según un compañero a partir de una potencia es necesario proyecto independiente y que sí es necesario para este caso. No encuentro nada en REBT.

Gracias.
por
#355455
Buenas.

Al margen de que sea obligatorio o no por normativa... como no eres el autor original, no crees que sería más limpio hacer un proyecto separado? Lo de hacer un anexo a un proyecto que no es tuyo, no lo acabo de ver. Y más si no sería un anexo pequeño.

saludos
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#355457
MAAL escribió:Buenos días,

Estoy realizando un anexo a proyecto de actividad para local de pública concurrencia.

Por parte del ayuntamiento se solicita suministro de socorro el cual no fue previsto por el anterior técnico que realizó el proyecto original y se tendrá que "acoplar" al esquema ya instalado.

El suministro deberá cubrir uno 17,5Kw por tanto el generador será de 22 - 25kVA dependiendo de la marca.

Mi pregunta es:

Es necesario la realización de un proyecto independiente de la instalación de Generador, derivación, caja conmutadores, etc... hasta cuadro principal??? Según un compañero a partir de una potencia es necesario proyecto independiente y que sí es necesario para este caso. No encuentro nada en REBT.

Gracias.


El REBT dice:

"Se entenderá por modificaciones o reparaciones de importancia las que afectan a más del 50 por 100 de la potencia instalada. Igualmente se considerará modificación de importancia la que afecte a líneas completas de procesos productivos con nuevos circuitos y cuadros, aún con reducción de potencia. "

Desde luego aquí en Madrid, si realizas una modificación de importancia en un LPC, necesitas presentar un Proyecto adicional.

Adicionalmente, como dice tu amigo, la ITC BT 04 del Reglamento indica que precisa proyecto la instalación de generadores de más de 10 kW.

Con todo esto, en mi opinión, sí necesitas Proyecto adicional.
por
#355481
Yo cuando amplio algo, bien LPC, bien industria , bien ...... Hago un PROYECTO DE AMPLIACIÓN DE INSTALACIÓN.......de tal y cual"

Vamos, otro proyecto de lo que yo hago. En los esquemas hago que se diferencie bién lo existente y lo nuevo.

Eso si lo existente esta legalizado, si no, documento de legalización y proyecto de ampliación.

Saludos.
por
#355487
He revisado la ITC-BT-04 y en efecto si P>10Kw, necesita proyecto, por tanto tema solucionado.

En cuanto al anexo, debo realizar uno para justificar unos requerimientos del mismo expediente y al realizarse una cesión de derechos por parte del anterior titular al nuevo, estaba en duda si incluir esta modificación y ampliación de la instalación, o no. Está claro que no!

Muchas gracias a todos.
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