- 22 Jun 2017, 15:29
#360854
Hola compañeros,
tengo un duda respecto a la sectorización que se ha de prever en los conductos de ventilación para el control del humo de las zonas de aparcamiento, vestíbulos de independencia y escaleras especialmente protegidas.
El apartado SI 1-3.3 dice:
La resistencia al fuego requerida a los elementos de compartimentación de incendios se debe mantener en los puntos en los que dichos elementos son atravesados por elementos de las instalaciones, tales como cables, tuberías, conducciones, conductos de ventilación, etc., excluidas las penetraciones cuya sección de paso no exceda de 50 cm².
Es decir, si dispongo de conductos de control de humo que atraviesan la escalera especialmente protegida hacia la zona de aparcamiento, deberán, a tenor de lo anterior, disponer de resistencia al fuego igual que la pared que atraviesan (EI-120), o bien estar cerrados mediante cajón de protección EI-120. Lo mismo entiendo que pasa con los conductos de extracción de humos del aparcamiento, que al enfilarse hacia la cubierta rompen la sectorización existente entre el aparcamiento y la zona de viviendas. En este caso, también se deberán proteger mediante cerramiento EI-120.
Ahora bien, el apartado SI 3-8.2 dice:
En zonas de uso Aparcamiento (...) los conductos (...) que atraviesen elementos separadores de sectores de incendio deben tener una clasificación EI-60 .
En qué quedamos, EI-120 o EI-60 ???
No sé si el error está en considerar los conductos del aparcamiento como pasos de ventilación...cuando su función no és precisamente mantener unos mínimos de salubridad sino más bien evacuar el humo producido en un incendio.