Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#361503
Hola a todos,

Dentro de la reforma de un piso queremos tirar el tabique que une el salón con la cocina pero justo en ese tabique está el cuadro eléctrico de la vivienda. Me gustaría saber si es posible y seguro cambiar el cuadro eléctrico individual de ese piso desde esa pared a la perpendicular. El cambio supondría desplazarlo a través del falso techo hacia la otra pared y lo mismo por el suelo para continuar la conexión de la vivienda inferior. Además no sé si esta operación la puede llevar a cabo cualquier electricista o tiene que ser la compañía eléctrica. Imagino que no debe de ser un cambio muy económico y no sé si supone demasiado esfuerzo hacerlo.

Muchas gracias.
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#361505
Buenas.

A priori, con la información que das, te diría que sí puedes.

Mover el cuadro en sí no es el mayor problema. Lo malo viene cuando los cables se os queden cortos. En principio, estarán cortados para las tiradas actuales, y si lo acercas a algún sitio, bien, pero si lo estás alejando te encontrarás que no te llega. En ese caso, cambia la tirada completa, no pongas una regleta y para unir el trozo que te falta. Más temprano que tarde te arrepentirás. Por lo demás, vigila que en la nueva ubicación tengas el mismo soporte, aislamiento, etc, que ahora.

saludos
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#361507
En mi opinión, ese trabajo lo debe hacer un instalador autorizado.

Ya puestos (y por si se diera el caso), Cambiar un contador eléctrico de lugar
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#361509
En principio cambiar la ubicacion de un cuadro de protecciones requeriria una licencia de obras menores, y si la LGA no llegara a la ubicación nueva habria que cambiarla al completo (no se debe empalmar), esto si tendria que hacerlo un electricista autorizado. Donde estaba el cuadro antiguo habria que instalar un registro para empalmar las lineas que no llegasen, por supuesto adaptar las protecciones y secciones de conductores al reglamento existente..y poco más.

Le he redactado lo que por ley habria que hacer, le diré también que puertas adentro de una vivienda muy rara vez le harán una inspección, hasta que una vivienda no sale ardiendo por un problema eléctrico, o se produce una electrocución con consecuencias...ni las administracciones, ni por supuesto las compañias eléctricas le molestarán...asi que usted verá lo que hace.
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#361514
Miguel Angel 2 escribió:En principio cambiar la ubicacion de un cuadro de protecciones requeriria una licencia de obras menores...

Más que por el cambio de ubicación de un cuadro, lo que requeriría licencia de obra menor sería la reforma que pretenden hacer de tabiques y demás. Lo indicado en todo caso será lo que diga la ordenanza municipal de turno que regule las licencias de obra.

En cuanto al cambio de cuadro, si se ha mencionado un piso estaríamos hablando de la DI (derivación individual), no de la LGA (a no ser que ese 'piso' fuera una vivienda con suministro único, que no da la impresión). Si como mencionáis teleñeco y tú, el cable 'queda corto' al hacer el cambio de ubicación del cuadro, la DI habrá de cambiarse completa. Tanto esto, como el cambio de ubicación de cuadro, lo debe (debiera) hacer un instalador autorizado.
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