por robin1
- 26 Dic 2007, 15:11

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- 26 Dic 2007, 15:11
#41434
Desafío a los más foreros!
¿Qué hacéis cuando dimensionáis una instalación solar y en vez de hacerlo a 60º lo hacéis a 45ºC?
Según el CTE en viviendas unifamiliares se estiman 30litros / persona a 60ºC y propone que...
Di (T) = Di (60 ºC) x ((60 – Ti) / (T – Ti))
Si la temperatura media del agua de red es 10.25, el consumo diario por persona a 45ºC es de 42.95 litros
Suponiendo una ocupación de 6 personas * 42.95litros/persona = 257.7 litros.
El CTE dice que:
50<V/A<180
Por otra parte el RITE dice que
1.25<= A / M <= 2
y que 0,8•M<V<M
Despejando de la segunda fórmula obtenemos un área máxima y un área mínima entre la que tiene que estar los paneles para cumplir el RITE.
Área máxima = (2 * M)/100 = (2 * 257.7)/100 = 5.15 m2
Área mínima = (1.25 * M)/100 = (1.25 * 257.7) / 100 = 3.22 m2
La cuestión es, que tendría que colocar 2 placas porque con una me quedaría corto, ya que me quedaría por debajo de los 3.22 m2. (Decir que si hubiera considerado 60 ºC el parámetro “M” seria menor, por lo que el área máxima y mínima disminuye según la ecuación 2.) ¿Es una ventaja hacer la acumulación a 45ºC o es una desventaja?
Si coloco dos placas, obtengo porcentajes muy elevados de aportación solar superiores en algunos casos al 130% de la demanda y según la HE 4 punto 2.1 dice lo siguiente “El dimensionado de la instalación estará limitado por el cumplimiento de la condición de que en ningún mes del año la energía producida por la instalación podrá superar el 110 % de la demanda energética y en no más de tres meses el 100 % y a estos efectos no se tomarán en consideración aquellos periodos de tiempo en los cuales la demanda energética se sitúe un 50 % por debajo de la media correspondiente al resto del año, tomándose medidas de protección. “
Entiendo pues que el porcentaje aportado por la energía solar no debe ser superior al 110% en ningún mes, ni más de 4 meses consecutivos superior al 100% de la demanda.
De todo lo anterior saco 3 conclusiones:
1.- Si acumulas a menor temperatura, la cantidad acumulada ha de ser mayor.
2.- El consumo “M” a 45 ºC es mayor, por lo que según el RITE necesitas un mayor número de m2 de captador solar.
3.- A mayor cantidad de m2 de captador mayor radiación interceptada.
4.- Haciendo caso al RITE y poniendo la cantidad de placa que te da, entre el máximo y el mínimo puedes superar el 110% de aporte solar.
¿Cómo solventáis este obstáculo?
Perdón si me repito con el tema o me he estirado demasiado, pero quería exponerlo a mi modo.
Un saludo, espero ansioso vuestras respuestas.
¿Qué hacéis cuando dimensionáis una instalación solar y en vez de hacerlo a 60º lo hacéis a 45ºC?
Según el CTE en viviendas unifamiliares se estiman 30litros / persona a 60ºC y propone que...
Di (T) = Di (60 ºC) x ((60 – Ti) / (T – Ti))
Si la temperatura media del agua de red es 10.25, el consumo diario por persona a 45ºC es de 42.95 litros
Suponiendo una ocupación de 6 personas * 42.95litros/persona = 257.7 litros.
El CTE dice que:
50<V/A<180
Por otra parte el RITE dice que
1.25<= A / M <= 2
y que 0,8•M<V<M
Despejando de la segunda fórmula obtenemos un área máxima y un área mínima entre la que tiene que estar los paneles para cumplir el RITE.
Área máxima = (2 * M)/100 = (2 * 257.7)/100 = 5.15 m2
Área mínima = (1.25 * M)/100 = (1.25 * 257.7) / 100 = 3.22 m2
La cuestión es, que tendría que colocar 2 placas porque con una me quedaría corto, ya que me quedaría por debajo de los 3.22 m2. (Decir que si hubiera considerado 60 ºC el parámetro “M” seria menor, por lo que el área máxima y mínima disminuye según la ecuación 2.) ¿Es una ventaja hacer la acumulación a 45ºC o es una desventaja?
Si coloco dos placas, obtengo porcentajes muy elevados de aportación solar superiores en algunos casos al 130% de la demanda y según la HE 4 punto 2.1 dice lo siguiente “El dimensionado de la instalación estará limitado por el cumplimiento de la condición de que en ningún mes del año la energía producida por la instalación podrá superar el 110 % de la demanda energética y en no más de tres meses el 100 % y a estos efectos no se tomarán en consideración aquellos periodos de tiempo en los cuales la demanda energética se sitúe un 50 % por debajo de la media correspondiente al resto del año, tomándose medidas de protección. “
Entiendo pues que el porcentaje aportado por la energía solar no debe ser superior al 110% en ningún mes, ni más de 4 meses consecutivos superior al 100% de la demanda.
De todo lo anterior saco 3 conclusiones:
1.- Si acumulas a menor temperatura, la cantidad acumulada ha de ser mayor.
2.- El consumo “M” a 45 ºC es mayor, por lo que según el RITE necesitas un mayor número de m2 de captador solar.
3.- A mayor cantidad de m2 de captador mayor radiación interceptada.
4.- Haciendo caso al RITE y poniendo la cantidad de placa que te da, entre el máximo y el mínimo puedes superar el 110% de aporte solar.
¿Cómo solventáis este obstáculo?
Perdón si me repito con el tema o me he estirado demasiado, pero quería exponerlo a mi modo.
Un saludo, espero ansioso vuestras respuestas.




