Hola a todos.
Quería plantearos una consulta, a ver si me podéis orientar.
En el DECRETO 13/2007, de 15 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Técnico de Desarrollo en Materia de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, cuando habla de las escaleras y rampas, menciona lo siguiente:
Escaleras:
La presencia de la escalera deberá indicarse mediante la colocación en los rellanos —zona de embarque y desembarque— de una franja de señalización tacto-visual de acanaladura homologada dispuesta en perpendicular a la dirección de acceso. Dicha franja tendrá alto contraste de color en relación con los dominantes en las áreas de pavimento adyacentes y abarcará el ancho completo de la escalera.
En el sentido descenso, estará situada con respecto al borde del escalón; una distancia equivalente a la de una huella, su profundidad será de 120 cm, con una tolerancia de más menos 5 cm.
Rampas:La presencia de la rampa deberá indicarse mediante la instalación, en el pavimento de la zona de embarque y desembarque, de una franja tacto-visual de acanaladura homologada de 120 cm de profundidad con una toleranciade más menos 5 cm. Dicha franja stará dispuesta en perpendicular al sentido de acceso y abarcará todo el ancho de la rampa. Poseerá alto contraste de color en relación con el pavimento de las áreas adyacentes.
¿Alguien sabe o me puede decir, dónde encontrar referencias a cómo es dicha franja tacto visual de acanaladura homologada?, ¿norma de homologación?, ¿estándares en el Ayto. de Madrid?
Agradezco todas las ayudas, de antemano.
"Viva la propiedad privada...., la mía

", unomas.
Un estado totalitario realmente eficiente, es aquel en el que las élites controlan a una población de esclavos que no necesita ser coaccionada, porque en realidad ama esta servidumbre..... - Aldous Huxley