Dudas relativas a la documentación proyectual y dirección facultativa
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#56466
Hola,

Si por ordenanza municipal en un edificio de nueva construcción que no le afectaría el nuevo CTE se obliga a tener proyecto de enertía solar térmica así como certificado final de obra y plan de mantenimiento, estos documentos deben de presentarse también a industria? o cuando es una ordenanza queda todo dentro del ambito local?

Gracias.
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#56468
ordenanza Municipal => Ambito aplicación solo Ayuntamiento .
saludos :D
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#56541
Está claro que sólo se aplica en dicho ayuntamiento el tener que hacer la instalación de Energía Solar Térmica, si bien la instalación supera los 70KW en sistemas de apoyo tendrás que hacer proyecto correspondiente de A.C.S.
A pesar de estar en el ayuntamiento, le tendrás que aplicar la ordenanza que probablemente se apoye en el RITE, y alguna que otra UNE.
Por tanto tendrías que hacer ese proyecto para legalizar la instalación.

No se si me explico con claridad...
:usuario
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#56544
de acuerdo con germanot, quien te obliga a hacer el proyecto es el ayuntamiento, pero una vez que tienes esa obligación de hacerlo, la legalización te la tiene que dar industria.
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#56593
Conclusión: que si el ayuntamiento me obliga a hacer proyecto (xq la inst es >70kW) al final tengo que pasar-lo por industria?

Si embargo tengo entendido que hay ayuntamientos que obligan presentar proyecto para cualquier caso (sea mayor o menor de 70kW).

Pero bueno, entonces me concluís que todo se debe pasar por industria: el proyecto, el certificado final de obra, etc?
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#56639
¿Y está claro que esa ordenanza no se opone a la normativa de superior rango?

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