Limitación de demanda energética, instalaciones térmicas, eficiencia energética, instalaciones de iluminación, contribución fototérmica, contribución fotovoltaica
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#56773
Buenas a todos!
Necesito vuestra ayuda. A ver...
Tengo que hacer un proyecto ejecutivo de la instalación de ACS mediante placas solares. El tema es que la licencia de obra está dada del año 2003 y la obra ya está terminada. Solo falta el proyecto para darle la concesión de la licencia de ocupación. El problema es que soy nuevo en este mundo y no me había encontrado ningún caso parecido a este ya uqe todas las obras eran nuevas y como tal me tenía que guiar por las nuevas ordenanzas y los nuevos decretos.
Allí van las cuestiones:
¿ Con qué legislación debo de realizar el proyecto ?
¿ Cómo puedo realizar los cálculos ?
¿ Alguién tiene algun proyecto para poderme guiar ?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Es un poco urgente, así que agradecería alguna contestación rápida.

Un saludo
XAVI
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#56779
perdona mi ignorancia ¿proyecto ejecutivo= proyecto de ejecución?
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#56954
xavi_ferr escribió:¿ Con qué legislación debo de realizar el proyecto ?

Si la obra está terminada, con la legislación vigente en la fecha de redacción del proyecto.

xavi_ferr escribió:¿ Alguién tiene algun proyecto para poderme guiar ?
Véase sección Recursos.
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#57124
si! es el proyecto de ejecucion. sabeis con que reglamento se realizaban el proyecto antes=?
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#57601
Más que proyecto ejecutivo entiendo que seria el proyecto de legalización de la instalación, tratándose de un RITE instalación superior a 70kW.

Pues hay que tener en cuenta la legislación a fecha que se hizo el proyecto y que se adquirió la licencia de obras.
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#57606
Dado que el nuevo RITE se basa en la solicitud de la licencia de obras a la hora de determinar si se aplica o no, entiendo que habría que ver si en la licencia de 2003 se incluía la instalación térmica que ahora se pretende realizar.
Si estaba contemplada en el proyecto de ejecución del edificio, creo que se podría justificar la utilización del RITE del 98 (si es que interesa). En caso contrario, habría que irse necesariamente al nuevo RITE, dadas las fecha en que nos encontramos.
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