Hay que diferenciar la aparamenta de protección, existen dispositivos para protección de sobretensiones transitorias (un rayo por ejemplo) y otros para sobretensiones permamentes en la red (por ejemplo desconexión del neutro en el CT). La protección contra sobretensiones permanentes yo para el caso de viviendas no la consideraría, ya que la compañia debe ofrecer un suministro en óptimas condiciones; en otras instalaciones más complejas yo la instalaría (quirófano, industrias, etc donde los aparatos conectados valen una pasta gansa).
En cuanto a poner las tierras separadas de la instalación de la vivienda, doy mi opinion al respecto: Yo creo que lo ideal es poner la tierra separada, para que la inducción de sobretensiones de una instalación a otra no sea tan "directa" o dicho de otro modo, la instalación de las viviendas no se vea tan afectada por la caída de un rayo. Aún así, si las tierras están relativamente juntas (50m; que dificilmente podrás separarlas esa distancia) o un edificio con pararrayos está al lado del tuyo a menos de esa distancia, se deben instalar limitadores clase I. En el caso de que no necesites pararrayos puedes instalar limitadores (siempre para transitorias) clase II.
Haber si algún gurú da su opinión al respecto.