- 12 May 2008, 13:08
#75694
Hola a tod@s,
A ver que interpretais vosotros.
Tengo que realizar un proyecto de actividad de un local que pretende utilizarse como almacén de material de construcción (puntales, estructura andamios, toda clase de herramientas y maquinaria a utilizar en obra). Dicho local esta ubicado en zona urbana segun el PGOU de la población.
Pues bien, mirando las normas subsidiarias, en el artículo referido a los usos del suelo urbano, encuentro: "...se autorizarán todas aquellas actividades intimamente ligadas con la residencia, tales como tiendas y comercios al por menor, almacenes agrícolas, cocheras para vehículos, oficinas,..., y en general cualquier actividad que no ocasiones molestias, ruidos, olores, etc para cuya autorización deberán cumplir con el Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas, solicitando la licencia de actividad correspondiente".
¿Pensais que con lo señalado puedo justificar que dicha actividad puede ubicarse en suelo urbano para que el ayuntamiento me conceda la licencia? El técnico me dice que no lo ve muy claro. Yo no pienso igual,se trata de una actividad clasificada por el Nomenclátor y con grados de bajo índice, con lo cual aplicando las medidas correctoras oportunas, podria ser compatible con viviendas y estariamos cumpliendo lo marcado en negrita,no?