Dudas relativas a la documentación proyectual y dirección facultativa
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#76362
Buenas.

Me han encargado la apertura de un lavadero de vehículos en Murcia, me han dicho que requiera que se den de alta en e Registro Industrial.
Por lo tanto habrá que ir presentando los proyectos eléctricos, de maquinaria y en caso de almacenamiento de productos quimicos que se especifique el tema, ademas de pedir una instalación contraincendios fija.

Doy por hecho que no se requiere instalación solar para el agua caliente ya que no es sanitaria sino de uso industrial...

Además habrá que hacer el proyecto de apertura de la actividad (calficada) para el ayuntamiento.

¿Alguien ha hecho alguno con las nuevas normativas?

Hummm... ¿Me dejo algo? Que ando algo desmemoriado. Chas Gracias!!! :brindis
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#76370
GIANTito escribió:...., me han dicho que requiera que se den de alta en e Registro Industrial.


:shock: :shock: Flipo.

¿Desde cuando a un lavadero de coches se le puede aplicar la ley de industria? ¿Quién te ha dicho esto?
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#76385
Aqui en Alicante, según tengo entendido, los clasifican como talleres, con lo cual, proyecto de apertura, Industria, Contraincendios, Instalación electrica y no se si me olvido de alguno más.
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#76388
ibernia escribió:Aqui en Alicante, según tengo entendido, los clasifican como talleres, con lo cual, proyecto de apertura, Industria, Contraincendios, Instalación electrica y no se si me olvido de alguno más.


¿Es un capricho municipal o de la Generalitat? Me interesa.
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#76416
JORDIM escribió:
GIANTito escribió:...., me han dicho que requiera que se den de alta en e Registro Industrial.


:shock: :shock: Flipo.

¿Desde cuando a un lavadero de coches se le puede aplicar la ley de industria? ¿Quién te ha dicho esto?


Pues una señorita del 012, de Industria (he conseguido hablar con ellos despues de colgar el post)... pero me parece raro, por eso he puesto el post.
Estoy esperando respuesta del colegio de ingenieros a ver que me dicen.
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#76441
Hola,

He hecho algun lavado manual de automóviles y en Galicia tambien se tramita como una actividad industrial.

Hay que hacer proyecto de actividad, instalaciones (electricidad, contraincendios,..), etc..y registro industrial.

Por cierto, si hay consumo de agua caliente sanitaria (vestuarios,etc,.), por poco que sea el consumo según el HE-4 tienes que poner un sistema solar.

Un saludo
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#76450
polter escribió:Por cierto, si hay consumo de agua caliente sanitaria (vestuarios,etc,.), por poco que sea el consumo según el HE-4 tienes que poner un sistema solar.


Sigo flipando :shock: :shock: ¿Y si es una actividad industrial, porqué se le aplica el Código Técnico? Hasta donde yo se, un lavadero es un conjunto de instalaciones, no es un edificio.
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#76499
JORDIM escribió:
polter escribió:Por cierto, si hay consumo de agua caliente sanitaria (vestuarios,etc,.), por poco que sea el consumo según el HE-4 tienes que poner un sistema solar.


Sigo flipando :shock: :shock: ¿Y si es una actividad industrial, porqué se le aplica el Código Técnico? Hasta donde yo se, un lavadero es un conjunto de instalaciones, no es un edificio.


A mí me flipó tener que justificar el DB HE y DB SU en una nave destinada a almacenamiento de aparatos de fontaneria y calefacción (Peticion del arquitecto municipal).

En todo caso, si el establecimiento se encuentra en el bajo de un edificio, ¿Qué normativa aplicas para el suministro de agua, evacuación de aguas,etc.?

Por cierto, cuando se dice lavadero, os referís a un establecimiento de lavado de coches,no?
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#76919
Ojo al tratamiento y recogida de las aguas procedentes del lavado, como supongo que ya tendrás en cuenta.

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