itimogur escribió:davidxd escribió:itimogur escribió:davidxd escribió:Hola,
Necesito saber si en un videoclub de unos 136 m2, que contine una sala de 42m2 para proyección de películas y un pequeño almacén de 24 m2, necesito poner extintores portátiles? De qué tipo?
Gracias
Tal y como te indica el DB-SI.
Un saludo
Que se trataria de un local comercial o uno de publica concurrencia? No lo tengo muy claro, puesto que es un videoclub y presta un servicio adicional de proyección de peliculas.
Yo le aplicaria el de publica concurrencia, por ser el mas desfavorable. O si se te complican mucho las cosas, publica concurrencia en la sala y comercial al resto.
De todos modos el criterio para los extintores, en tu caso, va a ser el mismo.
Un saludo
Para la protección contra incendios en local comercial expone:
Extintores portátiles -> En toda agrupación de locales de riesgo especial medio y alto cuya superficie construida total excede de 1.000 m², extintores móviles de 50 kg de polvo, distribuidos a razón de un extintor por cada 1 000 m² de superficie que supere dicho límite o fracción.
La superficie del videoclub es de 136 m2, y en la normativa hablan de 1000 m2, por tanto no veo aplicación. Para locales de pública concurrencia no habla de extintores. Por tanto solo me queda la disposición general que dice un extintor 21A 113B cada 15 m, en este caso con uno valdria no?
El almacen de 24m2 por volumen no me llega a definir una zona de riesgo especial así como por la densidad de carga de fuego tampoco me llega. No se si la sala para proyectar películas de 42m2 se puede definir como zona de riesgo especial y entonces tener que poner un extintor en las inmediaciones de ésta de tal forma que también sirva para el resto del local.
¿que opinais?