pedrojavier escribió:Hola Luis,
Pues el cálculo de P*V lo que me dice es la instrucción que hay que aplicar según el reglamento de aparatos a presión, pero no si es local con riesgo de explosión.
La instalación eléctrica que lleva es mínima, unos cuantos cables, un cuadrito y un pequeño motor. Por eso digo que eunque hipotéticamente el REBT me diga que es local de riesgo de explosión y que entonces se requiere proyecto de BT y legalizar la instalación de BT, pues me parece excesivo.
Saludetes y buen finde.
No necesitas una instalación eléctrica demasiado grande para generar un incendio, basta con un solo cable mal dimensionado y sin las protecciones adecuadas. Te pongo un ejemplo: "Un cuadro de obra" sin térmicos (originalmente los tendría.. digo yo), le conectan una alargadera cuya potencia máxima es 16A, a esa alargadera se conectan dos alargaderas (ya tenemos dos ramales uno para cada zona de la obra) y a cada una de las alargaderas se conectan los distintos consumidores (el instalador de pladur,....)... el cable de la primera alargadera sale ardiendo (es una historia real que viví en directo).
Si el REBT dice que necesitas proyecto.. es que necesitas proyecto. Eso no quiere decir que hagas un "tocho" de proyecto, sino que que exista un documento (sean 10 o 500 páginas) en donde un técnico competente
justifique que lo que lo se instala está dimensionado y diseñado de acuerdo con los requerimientos del REBT.