Las normativas de aplicación son:
Reglamento (CE) n° 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (DO L 139 de 30.4.2004)
Diario Oficial n° L 226 de 25/06/2004 p. 0003 – 0021
Que en el Anexo II, en el Capítulo 1 su punto 2.c) indica
permitirán unas prácticas de higiene alimentaria correctas, incluida la protección contra la contaminación, y en particular el control de las plagas,
Lo cual según el técnico consultado de Sanidad, implica que se debe garantizar que no se contaminen los alimentos por rotura de tubos, exigiendo para el caso de comedores de guarderías, centros escolares y zonas de perecederos en supermercados la protección de sus luminarias.
También se debe tener en cuenta que todos los comedores escolares deberán cumplir las exigencias establecidas en la reglamentación técnico-sanitaria para comedores colectivos, aprobada por el Real Decreto 2207/1995, de 28 de Diciembre y por el Real Decreto 3484/2000, de 29 de Diciembre, que establece las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas(BOE 12 de enero de 2001).
Reglamento (CE) n° 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (DO L 139 de 30.4.2004)
Diario Oficial n° L 226 de 25/06/2004 p. 0003 – 0021
Que en el Anexo II, en el Capítulo 1 su punto 2.c) indica
permitirán unas prácticas de higiene alimentaria correctas, incluida la protección contra la contaminación, y en particular el control de las plagas,
Lo cual según el técnico consultado de Sanidad, implica que se debe garantizar que no se contaminen los alimentos por rotura de tubos, exigiendo para el caso de comedores de guarderías, centros escolares y zonas de perecederos en supermercados la protección de sus luminarias.
También se debe tener en cuenta que todos los comedores escolares deberán cumplir las exigencias establecidas en la reglamentación técnico-sanitaria para comedores colectivos, aprobada por el Real Decreto 2207/1995, de 28 de Diciembre y por el Real Decreto 3484/2000, de 29 de Diciembre, que establece las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas(BOE 12 de enero de 2001).