NECESIDAD O NO DE PROYECTO ELÉCTRICO (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#79568
Hola grupo:
A ver si alguien me puede decir si es necesario Proyecto (entiendo que no) en un edificio de viviendas, locales y garaje 190 Kw con dos portales de 95 Kw, o vale con la Memoria del Instalador.
(Ya sé que en el garaje sí hace falta pues es para 21 coches).
Otra duda: el responsable de la instalación en viviendas sería el instalador o el arquitecto que incluye en su Proyecto Planos, Mediciones y Memoria eléctricos pero no firma en Industria.
Un saludo.
Por cierto, decidme cómo se insertan los emoticonos esos, por favor.
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#79569
A ver si alguien me puede decir si es necesario Proyecto (entiendo que no) en un edificio de viviendas, locales y garaje 190 Kw con dos portales de 95 Kw, o vale con la Memoria del Instalador.

Ya sabes lo que dice el REBT, necesitas proyecto so superas los 100kw en el edificio.
No se cuenta la simultaneidad de viviendas, para ese calculo..
Osea, :
Locales, + S.comunes, + oficinas + Viviendas x Nº + GARAJE = x Watios.

Si superas los 100kw, - > proyecto.

Si tienes dudas, acerca de si el garaje entra o no en la cuenta, lte hago una pregunta sencilla:
Va conectado en la misma CGP, ¿?.. Pues la potencia a tener en cuenta es esa, la de la CGP.
Otra cosa, lo de poner DOS CGP, en vez de una para que no supere el limite ene un ismo edificio, no CUELA:
Otra cosa es que sean DOS edificios Independientes totalmente.

Otra duda: el responsable de la instalación en viviendas sería el instalador o el arquitecto que incluye en su Proyecto Planos, Mediciones y Memoria eléctricos pero no firma en Industria.

El / Los responsables de la Instalación , son :
Técnico que hace el proyecto si lo hay.
Técnico que hace la D.O, si es distinto al del proyecto en caso de haberlo.
Instalador, que firma los CERTIFICADOS, en ambos caso. Con proyecto o sín el.
Te recuerdo que TODO instalador está obligado por si mismo a cumplir el REGLAMENTO, y no es un mero ejecutor de lo proyectado por otro..
La ITC lo dice Bien claro, si ve algo que no está de acuerdo, puede y debe acudir a las autoridades competentes para que medien ( Industria).

Por otra parte el proyecto del Arquitecto, es un Básico, NO un especifico de BT. Acaso el Arqui. ha calculado secciones, de LGA, DI, dimensiones de CC , etc..

Los emoticonos, :shock: pinchando en ellos cuando tecleas el mensaje .. No te salen o que ?
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#79570
jcriti escribió:No se cuenta la simultaneidad de viviendas, para ese calculo..


¿No?, yo creo que si...pero me haces dudar. ¿Que te hace afirmarlo?
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#79571
DOMICIANO escribió:Hola grupo:
A ver si alguien me puede decir si es necesario Proyecto (entiendo que no) en un edificio de viviendas, locales y garaje 190 Kw con dos portales de 95 Kw, o vale con la Memoria del Instalador.
(Ya sé que en el garaje sí hace falta pues es para 21 coches).
Otra duda: el responsable de la instalación en viviendas sería el instalador o el arquitecto que incluye en su Proyecto Planos, Mediciones y Memoria eléctricos pero no firma en Industria.
Un saludo.
Por cierto, decidme cómo se insertan los emoticonos esos, por favor.


Antes de nada, te debe contestar la cía si requiere dicho edificio CT. Después de eso: el nº de CGPs, modelo, su ubicación, etc...debe estar consensuado con la Cía distribuidora de tu zona.

¿Y si te dice que te da suministro a esos 190 Kw en una sola CGP?
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#79619
Yo, intentaria colarsela a la compañia realizando dos peticiones de suministro. Ten en cuenta que ahora con menos de 100 kw TODO lo realiza la compañia.
Por otro lado, si se utiliza coeficientes, otra cosa es que cuando realizas la peticion, la compañia no los aplica para sus calculos y por eso les sale mas potencia. Ten en cuenta que cuando llamas hablas con una persona que no sabe nada de electricidad y solo de escalones de contratacion.
Normalmente, todos los arquitectos deben realizar anexo electrico del edificio para poder visar el proyecto en su colegio. Otra cosa es que ese anexo este mejor o peor o que incluso como algunos de ellos hacen que ni quieren presentar su anexo y obligan al promotor o constructor a que un ingeniero se lo haga para presentarlo en industria.
Por ultimo, la compañia no puede decirte el numero de cgp a instalar ni obligarte a nada, simplemente coger el proyecto electrico y ver como has ejecutado las instalaciones acorde a sus normas. Claro esta que si lo has hecho mal te van a decir que asi no, pero nunca un diseño puede echartelo para atras la compañia.

Un saludo.
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#79654
Gracias por vuestra pronta respuesta:
Yo entiendo que en el nº de CGP no se mete IBERDROLA, sino que viene decidido en el Proyecto. En este caso, se trata de 2 CGP, cada una de las cuales no llega a los 100 Kw ¿haría falta Proyecto del edificio? Ya sé que en el Garaje sí hace falta por ser local de riesgo.
En lo referente al arquitecto, en este caso sí que ha hecho todos los cálculos, están bien y el instalador los ha seguido a rajatabla. Dado que mi hipótesis es que no hace falta Proyecto ¿es responsable el instalador que es quien legaliza la instalación de los dos portales en Industria, o el arquitecto que calculó pero no firma en Industria el edificio?
Espero vuestra aclaración. Gracias.
:botando
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#79661
roverman escribió:
jcriti escribió:No se cuenta la simultaneidad de viviendas, para ese calculo..


¿No?, yo creo que si...pero me haces dudar. ¿Que te hace afirmarlo?


Te lo confirmo, sí se cuenta la simultaneidad de viviendas para la potencia de la CGP.

Y si tenemos que buscar un responsable, el instalador firma los boletines, y el arquitecto el final de obra del edificio...así que de eso que se encarguen los tribunales.
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#79691
No se en vuestra zona pero decir que ante una petición de 190 Kw, nos va a atender alguien que no sabe nada de electricidad me parece afirmar mucho... :ein , lo normal es que te hagan solicitar el estudio técnico-económico para un nuevo suministro.

Igualmente el punto de entrega de la energía te será comunicado y la ubicación de la CGP será la más proxima a este punto, quedando claro en el reglamento que debe ser de común acuerdo su situación, no puedes ponerla tu a tu antojo y que se busque la cía la vida, lo normas es lo contrario. también te informarán de la necesidad o no de local para CT. No obstante, si te permite la ubicación de 2 CGPs con ese reparto de potencias cuando le des la documentación, no requerirás proyecto según REBT.

¿Colarsela a la cía? ese no es nuestro trabajo. Aunque tengas 2 portales, sigue siendo un único edificio de 190 Kw.
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#79790
Pues yo no lo tengo tan claro que no haga falta proyecto, aunque es cierto que en el REBT no queda claro. El reglamento dice que hace falta proyecto si la CGP > 100kw. Yo entiendo si que si tienes un solo edificio de menos de 100kw no hace falta, pero si tienes un edificio de 190 kw en el que necesitas 2 CGP por exceso de potencia creo que si deberia hacer falta, tanto proyecto como disponibilidad para trafo.

Es que si no, si tienes un edificio de 2000kw y lo divides en 21 CGP (a 95kw por caja) no haria falta proyecto? no se, a mi no me cuadra
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#79819
Tu lógica jonamu viene darme la razón sobre quien fija el nº de CGPs a instalar, podría dar lugar a trampas de ese estilo.

Lo normal en este caso (en mi opinión) sería una sola CGP de doble circuito para el edificio con dos LGA (una por portal) y se requiere proyecto.

Es solo una opinión.
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#79834
Yo estoy de acuerdo con Roverman en todo, excepto en lo de no tener en cuenta el coeficiente de simultaniedad; ahí me alineo con Germanot.
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#79873
Juan.Antonio escribió:Yo estoy de acuerdo con Roverman en todo, excepto en lo de no tener en cuenta el coeficiente de simultaniedad; ahí me alineo con Germanot.


Amigo Juan A., yo lo afirmo y Germanot lo confirma, aunque leyendo el post de Jcriti me planteo la duda... :mrgreen:
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#79876
roverman escribió:
jcriti escribió:No se cuenta la simultaneidad de viviendas, para ese calculo..


¿No?, yo creo que si...pero me haces dudar. ¿Que te hace afirmarlo?


En efecto, es como dices , he mezclado dos conceptos :cabezazo :cabezazo

Para la previsión de potencia en Viviendas , calculo de CGP, enlace según dice ITC 10 y Necesidad de proyecto, según dice ITC 04 Tabla 3.1. APLICAR Coeficientes.

No veo lugar a duda en esto, en la TABLA 3.1 dice :
"P>100 kW por caja gral. de protección"
Y en el Pié de esa Misma Tabla dice :
"(P = Potencia prevista en la instalación, teniendo en cuenta lo estipulado en la ITC-BT-10) "
En la ITC 10, queda claro.. Para Vivienda la Pot. Prevista es la Instalada Por coeficiente según Nº en Viviendas + Locales, Grajes, S.C. y Oficinas.

Para la solicitud de potencia a Compañía , NO ,ya que te piden una tabla listado de Potencias por plantas, servicios Comunes y demás..
Luego aplican ellos esos coeficientes. ( No saben nada las criaturas :espabilao )

Lo que ya no está claro es que se considera para obligarte a poner CT.
Porque una cosa es que para mas de 50Kw Puedan declararte cliente en MT, y te obliguen a buscarte la Vida y otra que si superas 100Kw Te obliguen a ceder Local en edificio.
:saludo
Última edición por Cueli el 26 May 2008, 16:11, editado 1 vez en total
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#79881
DOMICIANO escribió:Por cierto, decidme cómo se insertan los emoticonos esos, por favor.


Cuando escribes un mensaje te sale a la izquierda de la pantalla unos emoticonos :brindis

Puede que tengas seleccionada la opción de deshabilitar Emoticonos, que está debajo de la pantalla donde se escribe...

Suerte :usuario
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#79991
roverman escribió:
Juan.Antonio escribió:Yo estoy de acuerdo con Roverman en todo, excepto en lo de no tener en cuenta el coeficiente de simultaniedad; ahí me alineo con Germanot.


Amigo Juan A., yo lo afirmo y Germanot lo confirma, aunque leyendo el post de Jcriti me planteo la duda... :mrgreen:


OK, OK, razón lleva vuesa merced, ya es la segunda vez hoy que me pasa esto por no leer más despacio.

En fin, que yo he hecho ya unos cuantos proyectos en los que sí he tenido en cuenta el C.S., y nadie me ha puesto pegas.
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