Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
por
#225202
Hola!

Estoy realizando un proyecto, para la revisión del alumbrado de emergencia de una nave industrial de unos 12.000 m2, del año 1980, y con aproximadamente unos 80 trabajadores. No tengo muy claro la normativa a serguir, supongo que el CTE, en su DB-SU o también el REBT. Si alguien me puede guiar un poco se lo agradecería, ya que es urgente.

Me gustaría saber, las condiciones de iluminación mínimas, y los puntos donde abría que colocar las luminarias con el fin de adecuar la nave a la normatica actual, con una inversión lo menor posible, por tanto, lo básico para cumplir la normativa.

Un saludo,

Espero respuestas, y muchas gracias anticipadas.
Avatar de Usuario
por
#225204
Pues le afectará:

-REGLAMENTO DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES R.D. 2267/2004. Anexo III. Requisitos de las instalaciones. Sistemas de alumbrado de emergencia.
- Seguridad y Salud en Lugares de Trabajo. R.D. 486/1997.
- CTE . La instalación de iluminación de emergencia esta tratada en el Documento Básico SU (seguridad
de utilización). Dentro de la sección SU4, “Seguridad frente al riesgo causado por iluminación
inadecuada”.
Avatar de Usuario
por
#225229
En el Reglamento de Baja tensión también hace referencia a algunas prescripciones que debes cumplir, ya no sé si tu actualización también va a tratar la electricidad. Pero ahí queda dicho.
Avatar de Usuario
por
#225244
¿ Revisión significa adaptación a la normativa acutal ? :ein
Avatar de Usuario
por
#225252
Digo yo que sí, en la revisión se tira el automático y se confirma nivel de luminosidad y duración.
Avatar de Usuario
por
#225304
mineros escribió:¿ Revisión significa adaptación a la normativa acutal ? :ein

No habia leído eso de revisión.
Sorry
por
#225398
Gracias a los que me ofrecieron ayuda, ya que no todos son comentarios de ayuda hacia mi, xD!

Volviendo al tema del alumbrado de emergencia, ¿es posible la instalación de señalización fotoluminiscente en lugar de luminarias de emergencia? No sé si será posible o no, y si la iluminación y duración de estas señales es la adecuada, pero si es una opción más económica y con menos costes de instalación. Tenemos pensado colocar luminarias en las salidas de emergencia exteriores, y señales de este tipo en los recorridos de evacuación de la nave, y en las salidas de oficinas, ya que tiene muchos departamentos y se nos va del presupuesto con tanta luminaria. Fue una propuesta que me propusieron, y que tengo que estudiarla. Espero opiniones, y también críticas, claro...

Un saludo, y gracias!
Avatar de Usuario
por
#225410
Yo normalmalmente lo diseño de esa manera. Luminarias de emergencia para salidas, etc (según lo que indica REBT). Para la señalización de recorridos de evacuación, extintores, etc. utilizo señales luminiscentes que cumplan la 23035:2003, como indica el CTE.

Creo que en el Reglamento de Baja Tensión te dice que pongas el número de luminarias adecuados, es decir, gran cantidad de luminarias crearía confusión, por lo que yo las utilizo para que de un solo vistazo durante una emergencia sepas salir.

Espero haberte ayudado, un saludo
Avatar de Usuario
por
#225440
Según el tipo de local tendrás que tener una luminancia mínima para poder evacuar el local "con seguridad". Creo recordar que eran 5 lux, pero no lo recuerdo de memoria (casi seguro que lo fija en el CTE).

Siento no poder darte datos más concretos.

:brindis
Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 3 invitados

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro