Magarmat escribió:No bajo la directiva de máquinas.
Los tractores y agrícolas y forestales se rigen fundamentalmente por la directiva 2003/37/CE. No la he leído pero me han dicho que no es tan restrictiva como la de máquinas. Dicen que es por motivos de competitividad del sector.
Lo mismo pasa con los barcos y las máquinas que van en los mismos.
Parece ilógico puesto que las máquinas son máquinas de la misma manera, estén en una fábrica, en el campo o en alta mar. Peor todavía si es en alta mar ¿No?
Te has referido a tractores, la norma es aplicable y ampliable a las maquinas que cuelgan de ellos? como rotovator, cultivadores, gradas, etc. Por esta zona ya te digo que es de lo más habitual, ver estas máquinas fabricadas en la fragua de la esquina.
Si es así cual seria la forma de proceder para legalizarlas? y que podría ocurrir en caso de accidente con una no legalizada? Saludos y gracias por la respuesta