MAAL escribió:Buenos días,
Estoy realizando un anexo a proyecto de actividad para local de pública concurrencia.
Por parte del ayuntamiento se solicita suministro de socorro el cual no fue previsto por el anterior técnico que realizó el proyecto original y se tendrá que "acoplar" al esquema ya instalado.
El suministro deberá cubrir uno 17,5Kw por tanto el generador será de 22 - 25kVA dependiendo de la marca.
Mi pregunta es:
Es necesario la realización de un proyecto independiente de la instalación de Generador, derivación, caja conmutadores, etc... hasta cuadro principal??? Según un compañero a partir de una potencia es necesario proyecto independiente y que sí es necesario para este caso. No encuentro nada en REBT.
Gracias.
El REBT dice:
"Se entenderá por
modificaciones o reparaciones de importancia las que afectan a más del 50 por 100 de la potencia instalada. Igualmente se considerará modificación de importancia la que afecte a líneas completas de procesos productivos con
nuevos circuitos y cuadros, aún con reducción de potencia. "
Desde luego aquí en Madrid, si realizas una modificación de importancia en un LPC, necesitas presentar un Proyecto adicional.
Adicionalmente, como dice tu amigo, la ITC BT 04 del Reglamento indica que precisa proyecto la instalación de generadores de más de 10 kW.
Con todo esto, en mi opinión, sí necesitas Proyecto adicional.