comercial o público concurrencia?? (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#32879
Una tienda de ropa se considera un local comercial o de pública concurrencia? Donde puedo ver la clasificación?

Gracias,
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#32891
Si haces la consulta en el subforo de "seguirdad en caso de incendio" he de decirte que una tienda es un local comercial, :mira SIA del DB SI

Pero si la haces el de instalaciones electricas.... :mrgreen:
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#32913
Para evitarte problemas de distintas interpretaciones lo mejor es considerar LPC para instalaciones electricas y fuera problemas .Claro desconozco la superficie ... pero para incendios => local comercial CTE
Saludos :D
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#32934
Para las exigencias de seguridad en caso de incendio lo debes considerar como comercial. Para el diseño de la instalación eléctrica como pública concurrencia si la superficie destinada a público es mayor de 40 m2, según la ocupación definida por el REBT
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#32958
En entonces para la instalación eléctrica, si la superfíce de "pública concurrència" es menor a 40 m2 no hace falta proyecto eléctrico? Tenía entendido que si.. almenos bares y restaurants (que son el tipo de proyecto que he hecho hasta ahora) sea la superfície que sea..


Gracias
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#33042
En bares y restaurantes sí, pero en tiendas de ropa es en función del aforo.
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#33641
y respecto a esto que me dices, lo pone en la ITC-BT-28 o hay otra normativa que lo regula??

gracias
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#33731
Muchas com. autónomas tienen sus hojas interpretativas a este respecto.... puede que algún amigo catalán sepa algo más...
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#33759
Cuanto mide tu tienda y que superficie tiene destinada a público? y que vende? :mrgreen:
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#33826
És uan tienda de ropa y complementos!! La superfície abierta a público és de 28,5 m2 aproximadamente i la superfíe total del local no llega a 60 m2.

Gracias
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#33856
Con esas dimensiones yo diría que comercial...
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#33858
28,5 m2x 1 per / 0,8 m2 => 35,62 pers. < 50 pers => No LPC segun REBT .

Saludos :D
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#33874
Cómo tienes delimitada la separación entre la zona destinada al público y la que no lo es?

Están en un centro comercial o similar?
:ein
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#33980
Pues es una tienda normal. No está dentro de ningún centro comercial. La zona pública pública está separada de la zona privada por una puerta.
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#36216
Con esas condiciones estas hablando de un uso comercial, y al ser la acupación menor de 50 personas no sería LPC.
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