Solución fuera de normativa (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Trámites ante la Administración, empresas suministradoras, etc.
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#35769
Hola a todos, me encuentro en una situación bastante rara ( nunca antes me había sucedido) y no se que debo hacer. Mi caso es el siguiente: debo legalizar una actividad (obra nueva) que dispone de licencia de obras concedida, pero que para la actividad que se pretende implantar, a la hora de realizar el proyecto de actividades, ésta no se puede legalizar de acuerdo con la normativa vigente.
Tras consulta con el ayuntamiento, la solución propuesta por los técnicos, continua incumpliendo la normativa!!! ¿Qué se debe hacer en estos casos?
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#35778
Por eso hay que pedir el proyecto de actividad a la vez (o incluso antes) que el de obras.

Si no se puede, lo tienes chungo, pero si el ayuntamiento te da una solución....
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#35790
... ¿Y si la solución propuesta por el técnico del ayuntamiento no cumple? ¿Cuando firme el CFO...??!!!
Entiendo que si lo firmo estoy diciendo que todo cumple (y no es así), y si por el contrario lo firmo con observaciones...y en el mejor de los casos el Ayuntamiento me da licencia...Si pasara algo en esta actividad, ¿sería mi responsabilidad, por ser quien firma?, ¿la del técnico del Ayuntamiento?, ¿compartida?,....
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#35845
Podrías dar más datos: tipo de actividad, por qué no es legal, qué solución te propone el técnico... Así sin más es muy genérico.
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#35873
Que tipo de actividad ? es en Barcelona , que distrito ? Yo trabajo mucho en BCN , cuando aportes mas información intentare ayudar , este caso ocurre a menudo en BCN por el tipo de gestion que se realiza para actividades y obras .
Saludos :D
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#35877
Las palabras y los técnicos municipales son efímeros.
Tu firma queda en el papel para siempre (a menos que firmes con tinta china que es otra posibilidad :partiendo )
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#35954
MAZINGER escribió:Las palabras y los técnicos municipales son efímeros.
Tu firma queda en el papel para siempre (a menos que firmes con tinta china que es otra posibilidad :partiendo )
:partiendo :partiendo :partiendo
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#35988
Buf muy mal si el tecnico municipal te dice algo que no cumple la normativa. Yo no lo haria, si no se puede arreglar de ninguna manera pues que se le va a hacer, pero tengo claro que ni como tècnica municipal ni como profesional libre firmaria algo contra normativa. Siempre quedara tu certificado allí, y si pasa algo... :? :?


Por eso hay que pedir el proyecto de actividad a la vez (o incluso antes) que el de obras.

La de veces que me he discutido por este punto con los compañeros de obras y hasta incluso con los abogados de obras!!! ahhhh

Igualmente como dice mi amigo CRISPAL :saludo podrias ampliar la info?
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#35995
Se trata de un aparcamiento de 2 plantas sótano, donde la evacuación en el proyecto de obras se tenía pensada realizar por la rampa de los coches pero, como le es de apliación el CTE, y esta rampa tiene una pendiente del 20% y un ancho útil inferior a 3m, pues es una solución imposible! (Aplicando lo dispuesto en el DB SU-7 del CTE)
Ante este problema los técnicos del ayuntamiento proponen hacer la evacuación por otro sitio, crear una escalera+vestíbulo previo (antes no previstos) que comunicarían planta sótano con espacios comunes de planta baja, pero claro, el espacio para disponer estos elementos es mínimo, y la solución no deja de ser una chapuza, ya que la escalera dispuesta de la mejor manera posible ocupa parte del carril de los vehículos, además tiene una meseta partida en 3 escalones a 30º!!! con el vestíbulo pasa lo mismo, dispuesto de la mejor manera posible, ocasionaría todo tipo de golpes a los usuarios del edificio, ya que la puerta de éste al abatirse hacia el exterior no respeta las distancias mínimas que marca el DB SU del CTE.
Por no hablar de las cosas que ya no tienen solución como es no respetar la altura mínima de 2,20 bajo conductos de extracción, radios de curvatura que no llegan al mínimo de 6m,ancho mínimo de la rampa que no llega a 3m,...
Esto es normal?Entiendo que el CTE, o las normativas municipales son interpretativas,...pero cuando dicen "ancho útil mínimo de 3m para rampas" "altura mínima 2,20 bajo conductos", "radio de curvatura mínimo 6m" ¿cabe interpretación posible????!!!!!!
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#36005
Es curioso lo de los técnicos municipales, os cuento un caso.

Una especie de bar que segun el PGOU tiene que tener dos baños, uno de ellos adaptado. Pues bien, el técnico municipal dice que aceptara un solo baño y no adaptado, resulta que hay colegeo con el propietario.

Yo pongo en el proyecto que solo habrá un baño y que no será adaptado atendiendo a las indicaciones del técnico municpal.

Adivinad,.... ahora mismo se estan haciendo dos baños y uno de ellos adaptado. Las cosas de palabra pasan, pero si quedan escritas no cuela.

:cabezazo
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#36024
bubble escribió: Yo no lo haria, si no se puede arreglar de ninguna manera pues que se le va a hacer,

Casi todos los reglamentos prevén la posibilidad de aplicar normas complementarias que puedan dar un nivel de seguridad similar al del Reglamento.

No obstante, en relación con el tema de TIRÓ si el proyecto de obras está aprobado, es que no se hizo según el CTE? se poría saber la fecha de solicitud de las obras? :fumeta
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#36031
Tirò , por casualidad este garaje no está en calle Lisboa ? ocurre el mismo caso .
Saludos :D
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#36053
Es de febrero de 2007. Siendo por tanto de apliación el SI, SU y HE del CTE.(Cristal, no, no es un aparcamiento en la c/ Lisboa!, será otros de los muchos ilegalizables que hay por ahí)
¿Tienen los técnicos del ayuntamiento mando para cambiar las normativas (CTE,ordenanzas municipales,...)y librarme a mi de toda responsabilidad por firmar aún no cumpliendo?o¿ellos opinan y yo firmo y pringo?
saludos y perdonar mi insistencia!
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#36065
TIRÓ escribió:?o¿ellos opinan y yo firmo y pringo?
saludos y perdonar mi insistencia!

Eso es precisamente lo que buscan.
Habla con el servicio jurídico de tu colegio a ver que opinan.
Yo creo que no firmaría.
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#36071
TIRÓ escribió:Es de febrero de 2007. Siendo por tanto de apliación el SI, SU y HE del CTE.(Cristal, no, no es un aparcamiento en la c/ Lisboa!, será otros de los muchos ilegalizables que hay por ahí)
¿Tienen los técnicos del ayuntamiento mando para cambiar las normativas (CTE,ordenanzas municipales,...)y librarme a mi de toda responsabilidad por firmar aún no cumpliendo?o¿ellos opinan y yo firmo y pringo?
saludos y perdonar mi insistencia!


Pues no, no pueden hacer lo que les da la gana!!!!mi opinion es que el técnico municipal tiene que comprobar y validar que se cumple la normativa vigente, y si hay interpretaciones pues hay que ir a la fuente de la norma y preguntar y llegar a un acuerdo.

Yo este caso lo veo facil en el sentido que quien valido la concesion de obras antes que la de actividades pues que se responsabilice de las complicaciones, yo miraria quien hizo el proyecto de obras (pq parece que se salto la normativa a saco) y por ultimo quien lo informo favorablemente las obras. Es decir primero recopilar informacion para ver quien es el responsable y a partir de ahi si hay que solucionar la papeleta no tiene que ser exclusivamente responsabilidad del técnico redactor del proyecto de actividades (solo faltaria!!!) sino que el propio ayuntamiento deberia hacer un escrito justificando el error y de que manera se podria solucionar etc..Que cada uno apechugue con la responsabilidad por haberla concedido antes, que para eso esta el ROAS!!!

Seguro que la proxima vez se lo pensaran antes.

Y sino le planto un recurso al ayuntamiento por haber concedido una licencia de esa manera incumpliendo varias normativas. Ya veras como se espabilan.

Eso si, en ningun caso asumiria la responsabilidad de algo q sabes q esta mal. O por escrito o nada tu! :x

Ya diras que vas haciendo!!


PD. Igualmente evacuacion de un aparcamiento con dos plantas sotano por la rampa del 20%???
Última edición por bubble el 29 Nov 2007, 17:40, editado 1 vez en total
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