Parece una contradicción. Yo también la he observado.
En el DB SI página SI3-6 también lo dice:
"Escaleras para evacuación ascendente, Otro uso. altura menor o igual a 2,80 m, se admite en todo caso NO PROTEGIDA"
y en el RSCIEI dice que serán siempres protegidas.
En la página SI3-7 en la nota (2) se dice:
"Las escaleras que comuniquen sectores de incendio diferentes pero cuya altura de evacuación no exceda de la admitida para la escaleras no protegidas, no precisan cumplir las condiciones de escaleras protegidas, sino únicamente estar compartimentadas". No aclara como tienen que ser.
Los funcionarios las interpretan como protegidas y las entidades de inspección también. Yo tendo dudas.
También se puede tratar la escalera como conjunto de peldaños y librarse de ser protegida.
Ya he visto que tus dudas las has incluido en el listado de dudas del RSCIEI. Las dudas que has incluido son comunes.
Casi todo lo que preguntas hoy en el foro son dudas comunes.
Un saludo.
En el DB SI página SI3-6 también lo dice:
"Escaleras para evacuación ascendente, Otro uso. altura menor o igual a 2,80 m, se admite en todo caso NO PROTEGIDA"
y en el RSCIEI dice que serán siempres protegidas.
En la página SI3-7 en la nota (2) se dice:
"Las escaleras que comuniquen sectores de incendio diferentes pero cuya altura de evacuación no exceda de la admitida para la escaleras no protegidas, no precisan cumplir las condiciones de escaleras protegidas, sino únicamente estar compartimentadas". No aclara como tienen que ser.
Los funcionarios las interpretan como protegidas y las entidades de inspección también. Yo tendo dudas.
También se puede tratar la escalera como conjunto de peldaños y librarse de ser protegida.
Ya he visto que tus dudas las has incluido en el listado de dudas del RSCIEI. Las dudas que has incluido son comunes.
Casi todo lo que preguntas hoy en el foro son dudas comunes.
Un saludo.