¿Se necesita justificar la instalación eléctrica? (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Trámites ante la Administración, empresas suministradoras, etc.
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#49339
Me explico, para la licencia de apertura de una cafetería que ya tiene contrato con la Cia. Eléctrica, séría necesario justificar la instalación eléctrica (obligándole a instalar conductores libres de halógenos) para la Licencia Municipal.

La cafetería en cuestión, está situada en Almería.

Saludos.
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#49346
Para la licencia municipal?

Tendrás que presentar un proyecto.
Lo habrás calificado como pública concurrencia.
Tendrás que presentar copia de un boletín ajustado a ese proyecto.
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#49349
Gracias por la rápida respuesta.
Te comento, efectivamente, he de presentar proyecto, pero mi pregunta es que si en el proyecto (para licencia municipal) se ha de justificar la inst. eléctrica, ya que la electricidad, la tiene contratada.
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#49361
Hombre.

Yo no hago proyectos, pero sí he reformado locales que han necesitado licencia del ayuntamiento (que ya tenían suministro) y hasta que no presentaba mi boletín el ingeniero, no había licencia.

No tiene sentido no justificar la instalación eléctrica.

Lógico verdad?
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#49367
en sevilla capital pedian justificar casi toda las instalaciones para la licencia de obra/apertura independientemente de que después se necesitase o no proyecto en industria.
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#49419
lijsterlaan escribió:Hombre.

Yo no hago proyectos, pero sí he reformado locales que han necesitado licencia del ayuntamiento (que ya tenían suministro) y hasta que no presentaba mi boletín el ingeniero, no había licencia.

No tiene sentido no justificar la instalación eléctrica.

Lógico verdad?


Pero puede presentar el boletín que se le hizo en su día cuando se ejecutó la instalación eléctrica que tiene funcionando actualmente.
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#49630
Te sirve con presentar el boletín que en su dial egalizo la instalación de acurdo al reglamento vigente.

Solo en el caso de que se hagas modificaciones, ( deberas entonces legalizar la parte NUEVA modificada, acorde al REBT actual, y al ser Publica concurrencia, no sirve con MTD por pequeños que sean los cambios ) o aumentes la potencia por encima de la maxima legalizada ( OJO no la contratada) en el Boletín, has de presentar proyecto.

:saludo
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#49654
Entonces hay una cosa que no me queda clara.

Si para que su cliente consiga la licencia, va a justificar el conjunto de instalaciones con los reglamentos actuales,
¿Va a justificar la instalación eléctrica con el REBT antiguo?
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#49695
Pues esa exactamente era mi duda, no se si ante el Ayto., debo justificar la instalación eléctrica adpatada al nuevo REBT si no va a sufrir modificaciones.
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#49705
Para el Ayuntamiento esta cafetería es como si fuera nueva, pues entiendo que antes no estaba legalizada, ¿no?.
Entonces, a pesar de tener contrato con la empresa suministradora (no entiendo como se le autorizó y dió el enganche), para el ayuntamiento debe presentar proyecto completo y nuevo (adecuación, instalaciones, medio ambiente, accesibilidad, etc, etc), por tanto entiendo que necesita de proyecto de electricidad y adecuar dicha instalación a la reglamentación actual, ya que antes era ilegal.
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#49713
Pero la actividad es uno, y la instalación eléctrica es otro..
Legalizada estaba.. Pues tiene boletín, y eso significa Proyecto, DO, Industria y enganche..

Y una instalación legalizada NO es necesario legalizarla de nuevo, salvo que la amplíes etc.. como he dicho antes..

Ahora bien. Esa instalación debe ser acorde con la actividad del local, si este cambia, la instalación debe atenerse a la nueva catalogación en definitiva.

Pero una instalación legalizada, NO necesita hacerlo cada vez que cambie de dueño o de actividad, siempre que cumpla lo que digo, vamos..


:saludo
por
#49727
jcriti escribió:Pero la actividad es uno, y la instalación eléctrica es otro..
Legalizada estaba.. Pues tiene boletín, y eso significa Proyecto, DO, Industria y enganche..

Y una instalación legalizada NO es necesario legalizarla de nuevo, salvo que la amplíes etc.. como he dicho antes..

Ahora bien. Esa instalación debe ser acorde con la actividad del local, si este cambia, la instalación debe atenerse a la nueva catalogación en definitiva.

Pero una instalación legalizada, NO necesita hacerlo cada vez que cambie de dueño o de actividad, siempre que cumpla lo que digo, vamos..


:saludo


Estoy de acuerdo. Pero sería bueno saber más en este caso: si ya tuvo licencia antes, de qué tipo, si la licencia que se quiere ahora es diferente, etc.
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#49763
Cuando se da de alta o legaliza un actividad, debe cumplir con todos los requisitos legalmente exigibles, y uno de ellos es la instalación eléctrica. Que la instalación este "legalizada" no significa que sea válida para la actividad que se va a ejercer. Por tanto, actividad nueva --> las instalaciones deben cumplir con los requisitos actuales.
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#49772
fsi escribió:Cuando se da de alta o legaliza un actividad, debe cumplir con todos los requisitos legalmente exigibles, y uno de ellos es la instalación eléctrica. Que la instalación este "legalizada" no significa que sea válida para la actividad que se va a ejercer. Por tanto, actividad nueva --> las instalaciones deben cumplir con los requisitos actuales.


Si, eso ya se ha dicho. La IE ha de ser acorde al tipo de actividad, pero no hay que hacerla de nuevo, si la que hay coincide.
Si en su momento se legalizo acorde al reglamento existente, para local de Publica concurrencia y AHORA la IE no se reforma, y el local sigue con la misma catalogación.., le sirve.

Pero los matices son importantes, Está realmente legalizada, ? como que tipo ?
Pasa la OCA ? (OJO que la OCA, lo revisa acorde al reglamento con el que se legalizó, no con el actual.. SI NO se han ahecho modificaciones..)..
En primer lugar, yo haría loq eu ha dicho Juan.Antonio.
Estoy de acuerdo. Pero sería bueno saber más en este caso: si ya tuvo licencia antes, de qué tipo, si la licencia que se quiere ahora es diferente, etc.


:saludo
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#49809
Lo que yo deduzco es que antes no había licencia.

Y si ahora se necesita, lo más probable es que alguien haya denunciado (la competencia, quizás).

Pues desde mi experiencia, yo tuve una instalación LPC que tuve que reformar y meter todo Libre de halógenos, para que el ingeniero tramitara la licencia.
Y ya antes tenía boletín, pero por lo que se vé, se presentó y no cumplía la normativa actual.

Así que, por mi parte lo tengo claro. Yo no sé si cada Ayto. es una cosa diferente.

Pero yo sé ,que desde luego, AQUI SI.
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