Evacuación productos de la combustión (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Limitación de demanda energética, instalaciones térmicas, eficiencia energética, instalaciones de iluminación, contribución fototérmica, contribución fotovoltaica
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#133120
En el caso de una vivienda unifamiliar el RITE permite, como excepción, sacar los productos de la combustión a fachada siempre y cuando estemos tratando con una caldera estanca de combustible gaseoso y con una potencia menor o igual a 70 kW.
Ahora bien, en el caso de una vivienda unifamiliar, con caldera estanca de menos de 70 kW pero con combustible gasóleo (PPL), ¿no podemos sacar los productos de la combustión por fachada?
Gracias.
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#133164
no recuerdo lo que dice el rite al respecto. Pero si el CTE obliga a llevar todas las ventilaciones a cubierta no tendría mucho sentido tirar por fachada los humos de una caldera. :ein :ein
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#133174
Lo miraré en breve, aunque de todas formas estoy hablando de productos de la combustión y no de ventilación que es de lo que habla el CTE. Además cito un caso concreto como es el de viviendas individuales.
Muchas gracias.
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#133178
acabo de leer el IT 1.3.4.1.3 del R.I.T.E y como tu bien dices solo se permite para combustibles gaseosos.
Según esto para calderas de gasoil, biomasa etc los productos de la combustión habria que llevarlos a cubierta.
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#133181
Muchas gracias gemoba. Eso como indiqué lo tenía claro ya que lo trae textualmente el RITE. Lo que necesito es saber si habría alguna posibilidad de hacerlo así con PPL. Si alguién se encontró con este caso y lo puedo justificar agradecería su ayuda.
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#133268
¿A nadie se le planteó este caso?.
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#133366
Sí, a mi se me planteo el caso, vivienda unifamiliar en Noreña, y presentada la memoria, hubo que subir la chimenea a la cubierta, dajando la wespiración en fachada.

Saludos.
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#133375
Muchas gracias butanito. Eso me temía así que tengrán que cambiarlo. ¿Sabes porqué con combustibles gaseosos sí y con PPL y sólidos no?.
Saludo.
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#133471
Eso ya era así con el anterior RITE. Y como dice butanito, por lo menos en Asturias, la evacuación de productos de la combustión de combustibles líquidos y sólidos debe ir a cubierta.

La razón debe estar en la composición de esos p.d.c. El reglamento entiende que los del gas afectan menos medioambientalmente si se avacúan desde zonas bajas que los de los otros dos combustibles. No obstante, con la obligación de utilizar calderas a gas de bajo NOx han aumentado un poco más las exigencias.
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#133480
vaquero escribió:En el caso de una vivienda unifamiliar el RITE permite, como excepción, sacar los productos de la combustión a fachada siempre y cuando estemos tratando con una caldera estanca de combustible gaseoso y con una potencia menor o igual a 70 kW.
Ahora bien, en el caso de una vivienda unifamiliar, con caldera estanca de menos de 70 kW pero con combustible gasóleo (PPL), ¿no podemos sacar los productos de la combustión por fachada?
Gracias.

me has planteado ciertas dudas,¿si la caldera es de tiro forzado debe hacerse a cubierta? en el RCG dice que puede hacerse a fachada y en el RITE que a cubierta.¿entonces en que quedamos? menudo lio con las dichosas normas y ahora encima el CTE, como pa volverse loco jeje :cabezazo :cabezazo
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#133505
santizamora7 escribió:
me has planteado ciertas dudas,¿si la caldera es de tiro forzado debe hacerse a cubierta? en el RCG dice que puede hacerse a fachada y en el RITE que a cubierta.¿entonces en que quedamos? menudo lio con las dichosas normas y ahora encima el CTE, como pa volverse loco jeje :cabezazo :cabezazo


En caso de contradicción entre dos normas hay que fijarse en el rango de las mismas y su antigüedad. Tanto el RTDUCG como el RITE 2007 están aprobabados por RD, pero el RITE es posterior, luego tiene prevalencia sobre el otro.

Y para que no haya dudas, el reglamento de gas, en ITC-IGC 07, apartado 2, cuando se refiere a la evacuación de los p.d.c. acaba diciendo "... sin perjuicio de lo que establezca el Reglamento de instalaciones térmicas de los edificios." porque ya se esperaba que el RITE fuese más restrictivo en ese aspecto. Y así es.
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#133582
Hola DSG,

en este caso no hay contradiccion ya que el DCG permite sacarlas a cubierta, por lo que hay que hacer caso a la mas restrictiva.

Saludos
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