Buenas,
He estado echando un vistazo a algunos temás relacionados con la obligación establecida en el DB HS-4 sobre los circuitos de recirculación. Cito textualmente del CTE: " Tanto en instalaciones individuales como en instalaciones de producción centralizada, la red de distribución debe estar dotada de una red de retorno cuando la longitud de la tubería de ida al punto de consumo más alejado sea igual o mayor que 15 m"
¿Mas alejado de donde?. No especifica esos 15 m. desde donde se empiezan a medir. ¿Se ha de suponer que se empieza a medir desde la salida de la caldera?
Pongo un ejemplo:
Si tengo un edificio de planta baja, de una gran superficie, destinado a ser un residencia de estudiantes. La distribución es la típica de un edificio de este tipo, grandes pasillos, con habitaciones a ambos lados con un cuarto de baño en cada una de ellas. Si tengo las placas solares en cubierta (

) y la caldera de apoyo en una sala tambien en cubierta.
¿Se supone que he de construir un circuito de retorno que vaya entrando en cada uno de los cuartos de baño de cada habitación y los aseos de planta,desde el deposito de acumulacion centralizado?
¿Donde tendría que conectar este circuito de retorno, en la llave de entrada de ACS de cada cuarto de baño?
¿Con que tipo de llave o valvula se hace esta conexión a la entrada de cada cuarto de baño?
Saludos y gracias