como medir el nivel de evaluación acústica en un restaurante (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Ruido aéreo, ruido de impacto, vibraciones, aislamiento, condiciones acústicas
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#175709
Buenos dias, hace poco tiempo que me dedico a hacer mediciones y la verdad que ando un poco perdida, tras comparar varios informes acústicos me surge la siguiente duda:

Mi situacion es la siguiente quiero medir el NAE Y EL NEE en un restaurante, el NEE tengo claro que se realiza fuera del restaurante con la actividad ruidosa del restaurante funcionando y apagada, pero el NAE donde se realiza ¿ dentro de dicho resturante con la actividad ruidosa funcionando y apagada? 0 ¿ el mismo procedimiento, pero en el interior de los locales colindantes afectados?
Yo creo que el NAE lo mediria en el interior del restaurante, por que para ver si afecta a los locales colindantes hago la medida de aislamiento acustico con la fuente dodecaedrica situada en el restaurante y tomando las mediciones en los locales afectados.

Os agradeceria vuestras opiniones.
Última edición por Acústica el 30 Jul 2009, 11:19, editado 1 vez en total
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#175714
Saludos compañera, por los definiciones que indicas estarás en la comunidad andaluza, que el decreto 326/2003 expone:

Nivel Acústico de Evaluación, NAE:
NAE es un parámetro que trata de evaluar las molestias producidas en el interior de los locales por ruidos fluctuantes procedentes de instalaciones o actividades ruidosas.

Su relación con el nivel equivalente (LAeq) se establece mediante:

NAE = LA eq + A

Siendo A el mayor entre los valores de las correcciones P, K1 y K2.

- LA eq:
Nivel Continuo Equivalente en dBA procedente del foco emisor del ruido objeto de medición, duante el tiempo de evaluación.
- L90:
Es el nivel sonoro alcanzado o sobrepasado el 90% del tiempo.
- Leq, Nivel Continuo Equivalente:
Se define como el nivel de un ruido constante que tuviera la misma energía sonora de aquél a medir durante el mismo período de tiempo. Su fórmula matemática es:

No sale la jodía fórmula (míralo en el decreto)

T = Período de medición = T2 - T1.
P (t) = Presión sonora en el tiempo.
P0 = Presión de referencia (2*10-5 Pa).


Entiendo que la medición la tienes que hacer en locales adyacentes al restaurante para determinar la repercusión de la actividad a los mismos. No obstante, por este foro hay compañeros de tu comunidad que te ayudarán bastante más que yo al respecto.
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#175732
:ein ¡En casa del vecino de arriba que es el más afectado!

Empiezo a pensar que el registro de técnicos acreditados no era tan mala idea...
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#175807
Gracias por la explicación Becerro, pero ahí es donde tengo la duda que el decreto 326 da ha entender que se haria en los edificios colindantes afectados y no en el restaurante pero sin embargo tengo informes de ciertas empresas que en dicha situación miden el NAE en el interior del restaurante.
En concreto esta medida del restaurante se va a hacer en Almería.

Por favor alguna opinión más!!!!!

Gracias
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#175862
No conozco a fondo la normativa andaluza, pero por lo que hacemos por la reserva india extremeña, es determinar el NE (Nivel de Emisión de la actividad) que entiendo será el equivalente al NAE en el interior del local ruidoso.

Corregidme los compañeros anadaluces si me equivoco, pero primero se determinará el NAE con la actividad funcionando o en sus condiciones de funcionamiento, bien con generador (dodecaedro o cabezón), hasta conseguir el nivel de presión sonora correspondiente a la categoría de actividad o bien en el normal desarrollo de la actividad.

Después te irás a locales y viviendas colindantes y determinarás el NAE correspondiente con la actividad en las condiciones descritas anteriormente. Por último repetirás esta actuación pero con la actividad sin funcionamiento o generador apagado (ruido de fondo).

En consecuencia, en tu certificado deberás exponer el NAE de la actividad (emisión de la misma), NAE de viviendas y locales (transmisión o inmisión a consecuencia de la actividad) y en su caso el cálculo de aislamiento acústico de los paramentos del local.

Espero haberme explicado. Saludos.
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#176462
Apreciada:
Casi siempre es lo mismo.
Una vez se ha parado totalmente la actividad. y yo lo hago desconectacdo el diferencial.
Uno se dirije a la vivienda ,ofic, o lo que esté lindante a la actividad. y se mide el ruido de fondo (S/normas).
Evaluado el fondo.
Si procede se toma la decisión de seguir.
Y pasamos a poner la actividad en marcha.
Medimos de nuevo el ruidoque se está generando en el interior de la activida. Y si éste se halla sobre los 85 dBA .Ya podemos ir de nuevo al lugar de donde se han medidos los fondos, y pasamos a medir inmisiones. Y si no tienes 85 tira ruido rosa. Ya que 85 es un valor muy generico en actividades de restaurantes. :yep
Con todos los datos , fondos , inmisiones puedes ya componer la normativa de turno. QUE por lo que estoy viendo casi todas se parecen mucho .Y pienso además que este es el procedimiento más básico y más elemental.
...procedimiento.....
PRIMERAMENTE :
recojer datos,datos y datos. ( s/ normas )
SEGUIDAMENTE:
concenciarse de que norma/s se va/n a aplicar.
POR ULTIMO
colmarse de paciencia y poco a poco vas rellenando el esquema que te has desarrollado previamente.
No se si te habré ayudado .En caso negativo lo siento muchísimo :oops: :amo
saludos y bienvenida :brindis
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#176470
Acústica escribió:Gracias por la explicación Becerro, pero ahí es donde tengo la duda que el decreto 326 da ha entender que se haria en los edificios colindantes afectados y no en el restaurante pero sin embargo tengo informes de ciertas empresas que en dicha situación miden el NAE en el interior del restaurante.
En concreto esta medida del restaurante se va a hacer en Almería.

Por favor alguna opinión más!!!!!

Gracias

Creo que en aspectos normativos las opiniones no valen, a quien tienes que hacer caso es al Decreto:
D326 Anexo III escribió:Las medidas de los niveles de inmisión de ruido, se realizarán en el interior del local afectado y en la ubicación donde los niveles sean más altos, y si fuera preciso en el momento y situación en que las molestias sean más acusadas. Al objeto de valorar las condiciones más desfavorables, en las que se deberán realizar las medidas, el técnico actuante determinará el momento y las condiciones en que éstas deben realizarse. Como regla general, para ruidos que provengan del exterior se efectuará la medición con las ventanas abiertas y para el ruido que provenga del interior de la edificación, se efectuará la medición con las ventanas cerradas.

El NAE se utiliza para medir INMISIÓN ¿Cómo demonios se va a medir en el local emisor la inmisión?

D326 Art. 22 escribió:En el interior de los recintos de una edificación, el nivel acústico de evaluación, en adelante NAE, expresado en dBA, valorado por su nivel de inmisión sonora, utilizando como índice de valoración el nivel continuo equivalente, LAeq, con las correcciones a que haya lugar, y medido con ventanas y puertas cerradas, no deberá sobrepasar, como consecuencia de la actividad, instalación o actuación ruidosa externa al recinto, en función de la zonificación, tipo de local y horario, a excepción de los ruidos procedentes del ambiente exterior, los valores indicados en la Tabla 1 del Anexo I del presente Reglamento.


Anexo I TABLA NUM. 1. escribió:NIVELES LIMITE DE INMISION DE RUIDO EN EL INTERIOR DE LAS EDIFICACIONES.
NIVEL ACUSTICO DE EVALUACION.
NAE
Niveles Límites
Zonificación Tipo de Local Día (7-23) Noche (23-7)
Equipamientos Sanitario y bienestar social 30 25
Cultural y religioso 30 30
Educativo 40 30
Para el ocio 40 40
Servicios Terciarios Hospedaje 40 30
Oficinas 45 35
Comercio 55 45
Residencial Piezas habitables, excepto cocinas y cuartos de baño 35 30
Pasillos, aseos y cocinas 40 35
Zonas de acceso común 50 40


¿Ves en la tabla algo parecido a un restaurante? ¿Qué nivel piensas usar?

Yo el nivel más alto que veo es el de 55 en horario diurno para comercios. Con un NAE de 55, que seguramente va a ser una LAeq menor por las correcciones... ¡Con sólo encender el molinillo de café ya no cumpliría el restaurante!

Que hayas visto informes hechos así me sorprende pero desgraciadamente en este oficio se ve de todo. En Almería hay un sólo técnico que está hasta arriba de trabajo pero es un tío competente y no creo que se le escape algo así.

Siempre he estado en contra del registro de técnicos acreditados pero algo bueno tenía: Te ibas a la Consejería y entregabas un manual de procedimientos, que alguno quizás ni había leído, pero ahí estaba y decía cómo se iban a ejecutar las medidas.

Perdona si parece que me pongo borde pero creo que deberías conocer bien el decreto antes de lanzarte a hacer medidas.
por
#176472
Hola José, disculpa mi ignorancia del Decreto andaluz, no trabajo en Andalucía, pero te hago una preguna, en un local si tulizamos el dodecaedro casi tendremos ambiente acústico difuso. ¿No se podría considerar inmisión en este caso?. esto independeinte del hilo un poco. Saludos compañero.
por
#176507
Jose Almagro escribió:Será inmisión en el local receptor... en el emisor será emisión.


Creo que los conceptos que manejamos en Extremadura son más intuitivos, nivel de emisión en local emisor y nivel de recepción en local receptor. Yo lo veo más claro así. Saludos José.
por
#176531
Hay que repasar un poco las definiciones antes de ponerse a interpretar la normativa, sino "suponemos" cosas, osea nos vamos inventando el procedimiento y al final el ensayo realizado nada tiene que ver con lo que se pide...

No se puede pretender ofrecer servicios en un área en el que se está tan verde... pero bueno, cada uno es todo lo profesional que quiere...
por
#176557
Estimados compañeros la duda inicial la hize porque tras leer el decreto 326/2003 y REVISAR varios informes que me pasaron de empresas ninguna de ellas de Almería me di cuenta que ninguno de esos informes estaba realizado como rige el decreto por eso hize la consulta NO porque no me haya leido el decreto Ni por que como dicen me haya acreditado con un manual que como dicen ni lei eso ocurrira con algunos tecnicos acreditados en mi caso el manual que yo entregue lo elabore yo misma, así que lo que pasó fue tan solo eso que al revisar informes de otras empresas habia cosas que estaban mal, y queria comprobar como lo hacian otros técnicos nada más.

Saludos.
por
#176563
Suele pasar Acústica que en este ámbito profesional existen "profesionales" que se lanzan sin tener ni idea de lo que tienen entre manos y eso joroba a los que de verdad hacen el trabajo con conocimiento. A partir de ahora puedes discernir al menos en parte, quién realiza el trabajo de forma correcta y sobre todo como realizarlo correctamente.

Por cierto, aquí nunca dejarás de aprender y más con el resto de los compañeros que te han contestado, que son unos profesionales impresionantes en acústica. Saludos
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