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#149142
Hola a todos. Os expongo una duda que me han planteado en una auditoria.

Según la ITC-BT 26, para realizar la toma de tierra se deberá realizar un anillo perimetral al edificio y conectar los hierros de las zapatas de hormigón armado a dicho anillo.
Teniendo en cuenta el ámbito de aplicación de la ITC 26, creéis que es de aplicación dicha instrucción a un aparcamiento subterráneo bajo la vía pública?
Y, que seguridad adicional o que sentido tiene conectar las armaduras de una estructura de hormigón armado (que no son accesibles a las personas una vez la obra está terminada), a la toma de tierra?

Un duro abrazo.
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#149179
No, creo que te has hecho un lio. Una cosa es la ITC-BT 26 que no se aplica a aparcamientos subterráneos y otra cosa es la puesta a tierra que todas las instalaciones en España deben de cumplir dependiendo del regimen de neutro de una manera u otra.
Te recomiendo leer la ITC- BT 18.
La razón de que se haga lo que comentas es para que no haya tensiones de contacto peligrosas.
Un saludo.
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#149193
Hola esaizmata, y gracias por contestar.

En lo de la aplicación de la ITC-BT 26 no estoy liado, yo también creo que esa instrucción no es obligatoriamente aplicable a un aparcamiento subterráneo, pero según comentarios de la auditoria debería aplicarla, por eso pedía más opiniones sobre el tema, para ver que decíais vosotros.
Lo que me comentas sobre que no haya tensiones de contacto peligrosas, supongo que sería válido si las armaduras de la estructura de hormigón fueran accesibles, pero si no es así, no puede haber tensión de contacto por definición. De ahí mi duda de la obligatoriedad de conectar las armaduras de hormigón armado a tierra (en determinados edificios), a no ser que sea solo para disminuir la resistencia de la toma de tierra, que en ese caso sería de aplicación en los edificios ubicados en terrenos con alta resistividad, y no dependiendo de su uso, como dice la ITC-BT26

Un duro abrazo.
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#149327
He leído más detenidamente el post, y quiero hacer un inciso. Si el aparcamiento se encuentra en el mismo edificio que las viviendas en su bajo o en sus sótanos, deberá tener la misma tierra que la del todo edificio.
Y difiero contigo. No es necesario que esten accesibles las armaduras de la estructura para provocarse tensiones de contacto. Además no olvides que todo esto esta rodeado de la tierra adyacente y demas masas.
La puesta a tierra hace que se creen unos potenciales graduales alrededor de las "picas" o aquello que esté puesto a tierra y en contacto con ella.
El punto donde estes pisando o tocando y cualquier punto puesto a tierra, en el momento de un fallo a tierra, puede provocar una tensión de contacto peligroso.
De todas maneras, no te insto a que hagas la prueba, pero crees que pasaría si pruebas a ponerte descalzo sobre un suelo de hormigón sin contacto con la armadura de la estructura y agarra una fase, aún sin conectar a la armadura del edificio?

Y por otro lado, quiero puntualizar que la ITC-BT 26 habla de instalaciones eléctricas en interiores de viviendas o edificios de viviendas, por lo tanto a lo que afecta a estos aunque tengan un garaje en su interior(aunque esta instalación deba cumplir otras itc´s), tb le afectarán.
Aún así, la ITC-BT 18 sería la instrucción a seguir en caso de puesta a tierra y estas instalaciones. Las prescripciones que aparecen en la ITC-BT 26 son aclarativas y más específicas, pero no dicen nada contrario a la ITC-BT 18.

En tu primer post, no intuí que la instalación estuviera en la planta baja de un edificio de viviendas.


Un saludo.
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#149417
Hola,
El aparcamiento es un aparcamiento subterráneo bajo la vía pública, es un edificio independiente sin ningún otro edificio sobre él. En este caso supongo que estamos de acuerdo y no le es de aplicación la ITC-BT 26.

Respecto a las tensiones de contacto, yo creo entender que la tensión de contacto que hay que considerar en este caso es la tensión a la cual queda sometida una persona al tener contacto con una masa o estructura metálica cuando haya una fuga de corriente. Si las armaduras del hormigón armado no son accesibles y no las puedo tocar, no podrán someterme a una diferencia de potencial peligrosa, por tanto, no veo la necesidad de conectar esta estructura a tierra.

Otra cosa es a la tensión (que creo que comentas tu) a la que pueda estar sometida una persona por el mero hecho de estar cerca de la puesta a tierra, pero eso pasará tanto si conecto la estructura a tierra como si no la conecto.

Respecto a lo que dices de ir descalzo por un aparcamiento y tocar una fase, si lo hago, me va a pasar la corriente, pero me va a pasar esté conectada a tierra la armadura de la estructura o no lo esté. Lo mismo que si voy descalzo en un edificio sin estructura metálica (de ladrillos por ejemplo), si toco una fase, me da calambre. Con este razonamiento no se me aclaran las dudas sobre tener que conectar dicha armadura a tierra en determinados edificios.

Si sigo la ITC-BT 18, que es la que sigo (en lo referente a tomas de tierra), cuando hago un aparcamiento subterráneo bajo la vía pública, en ella me dice que puedo utilizar como electrodos de puesta a tierra las estructuras de hormigón enterradas, no me dice que deban formar parte de la toma de tierra. O igual se me escapa algo de la instrucción.

La duda que se me plantea ahora es por que en unos edificios es obligatorio hacerlo y en otros no. Cual pensáis que es el motivo.

Un duro abrazo.
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#149446
NEUTRO escribió:Hola,
El aparcamiento es un aparcamiento subterráneo bajo la vía pública, es un edificio independiente sin ningún otro edificio sobre él. En este caso supongo que estamos de acuerdo y no le es de aplicación la ITC-BT 26.

Exacto aquí estamos de acuerdo los dos

Respecto a las tensiones de contacto, yo creo entender que la tensión de contacto que hay que considerar en este caso es la tensión a la cual queda sometida una persona al tener contacto con una masa o estructura metálica cuando haya una fuga de corriente. Si las armaduras del hormigón armado no son accesibles y no las puedo tocar, no podrán someterme a una diferencia de potencial peligrosa, por tanto, no veo la necesidad de conectar esta estructura a tierra.

La tensión de contacto como explicación fácil, es la tensión cuando hay una fuga de corriente entre dos masas accesibles o entre una masa y terreno, suelo o cualq cosa que este en contacto contigo, como en este caso puede ser el suelo de tu aparcamiento( si estas descalzo o sudado etc..), puesto que está unido a la tierra. Por esta cerrará el circuito hasta el neutro del trafo.(Espero que hasta aquí estemos de acuerdo).
Si tu unes todas las canalizaciones y la malla del edificio, etcc consigues una superficie cuasi equipotencial, con lo cual disminuyes estas tensiones de contacto.
Es decir, en el hipotético caso de un defecto a tierra, la masa estará a un potencial al estar conectado a la tierra de protección y el suelo que estas pisando estará a otro potencial siendo su diferencia de potencial, la tensión de contacto.


Otra cosa es a la tensión (que creo que comentas tu) a la que pueda estar sometida una persona por el mero hecho de estar cerca de la puesta a tierra, pero eso pasará tanto si conecto la estructura a tierra como si no la conecto.

No es lo que comento. La tensión de contacto es lo que te explico antes. Pero es lo q hace que aparezcan las tensiones de contacto, la variación a medida que te alejas de la puesta a tierra, del potencial

Respecto a lo que dices de ir descalzo por un aparcamiento y tocar una fase, si lo hago, me va a pasar la corriente, pero me va a pasar esté conectada a tierra la armadura de la estructura o no lo esté. Lo mismo que si voy descalzo en un edificio sin estructura metálica (de ladrillos por ejemplo), si toco una fase, me da calambre. Con este razonamiento no se me aclaran las dudas sobre tener que conectar dicha armadura a tierra en determinados edificios.

Esto no era para aclararte porque se tienen que conectar, sino para que te dieras cuenta que de eso ocurre porque hay una intensidad por ella, sin necesidad de que sea la armadura metálica conductora, sino el hormigón, el suelo, etc...

Si sigo la ITC-BT 18, que es la que sigo (en lo referente a tomas de tierra), cuando hago un aparcamiento subterráneo bajo la vía pública, en ella me dice que puedo utilizar como electrodos de puesta a tierra las estructuras de hormigón enterradas, no me dice que deban formar parte de la toma de tierra. O igual se me escapa algo de la instrucción.

No veo donde dice en la ITC-BT 18 que puedes utilizar las estructuras de hormigón enterradas, como electrodo de puesta a tierra. De hecho nunca he visto lo que comentas, utilizar solo cable porque te da la resistencia o placas o electrodos pero eso como único sistema, nunca lo vi. O no te he entendido bien o no se...
La duda que se me plantea ahora es por que en unos edificios es obligatorio hacerlo y en otros no. Cual pensáis que es el motivo.

Un duro abrazo.


Otro duro abrazo para ti. Espero haberte ayudado esta vez.
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#149662
Hola de nuevo.


La tensión de contacto como explicación fácil, es la tensión cuando hay una fuga de corriente entre dos masas accesibles o entre una masa y terreno, suelo o cualq cosa que este en contacto contigo, como en este caso puede ser el suelo de tu aparcamiento( si estas descalzo o sudado etc..), puesto que está unido a la tierra. Por esta cerrará el circuito hasta el neutro del trafo.(Espero que hasta aquí estemos de acuerdo).
Si tu unes todas las canalizaciones y la malla del edificio, etcc consigues una superficie cuasi equipotencial, con lo cual disminuyes estas tensiones de contacto.
Es decir, en el hipotético caso de un defecto a tierra, la masa estará a un potencial al estar conectado a la tierra de protección y el suelo que estas pisando estará a otro potencial siendo su diferencia de potencial, la tensión de contacto.


Yo creo que si disminuyes estas tensiones de contacto, es porque disminuyes la resistencia de puesta a tierra.
Si tenemos Ra= valor de la resistencia de la toma de tierra del edificio y Rb= valor de la resistencia de la toma de tierra del neutro del trafo, tendremos que la tensión de contacto será Vc=Vfase*(Ra/(Ra+Rb)). Es decir, la tensión de defecto depende de la variable Ra, ya que Vfase no es variable y Rb no depende de nosotros. Si tenemos una resistencia lo suficientemente pequeña en la toma de tierra, no será necesario conectar la armadura, si tu conectas la armadura para disminuir tu toma de tierra y así disminuir la tensión de contacto lo veo perfecto, pero esto debería ser opcional, no obligatorio en según que edificios, a no ser que haya otra razón.
De todas formas no entiendo que la conexión de la armadura sea obligatoria en unos edificios y en otros no sea obligatoria. ¿Tu entiendes la razón?



No veo donde dice en la ITC-BT 18 que puedes utilizar las estructuras de hormigón enterradas, como electrodo de puesta a tierra. De hecho nunca he visto lo que comentas, utilizar solo cable porque te da la resistencia o placas o electrodos pero eso como único sistema, nunca lo vi. O no te he entendido bien o no se...

Lo de utilizar las armaduras de hormigón enterradas como tomas de tierra lo pone en el punto 3.1 de la ITC 18. Y yo la tierra de la mayoría de aparcamientos subterráneos la obtengo sin conectar las armaduras de hormigón.

Un duro abrazo.
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#150572
“Ost*as, me estoy asustando” (eso supongo que fue lo que dijo el general Custer en Little Big Horn)

¿Soy el único que no conecta las armaduras a tierra en un aparcamiento subterráneo bajo la vía pública? :cabezazo

Un duro abrazo.
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