Obligatoriedad de diferencial de 300 mA para ascensor (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#159218
Hola,
Me comenta un técnico, que según la normativa de Madrid, requiere que la propia maquinaria de ascensor tiene que tener un diferencial de 300 mA. Yo siempre he colocado 30 mA. ¿Me podéis decir el por qué de esto o donde aparece dicho parrafo, donde lo justifique?.
Saludos
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#159234
Supongo que se refiere a que tiene que existir selectividad en la instalación. :D
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#159349
JOG escribió:¿Puede ser pq en instalaciones industriales se pide 300?


Pero, en instalaciones industriales se pide 300 mA? y, dónde lo pone?
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#159359
El utilizar una diferencial de 300 mA se refiere a colocar uno tetrapolar general para la alimentación en trifásica de donde se alimentará a grupo tactor debido a que con uno de 30 mA puede que te salte como consecuencias de pequeñas fugas de motores y variadores de velocidad. Luego colgado de este en serie se pondría un diferencial bipolar de 30 mA para alimentación a la iluminación y enchufes de foso y cuarto de máquinas.
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#159360
Mirate la ITC 17 apartado 1.2 ( los dos ultimos ultimos parrafos.) :brindis
También puedes buscar en internet el Cuaderno Técnico Schneider n° 167, que lo explica muy bien. :comunidad
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#159391
Acabo de esncontrar esto por si te interesa :)
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#159457
engineervip, no sé si un ascensor debe llevar un diferencial de 300, pero en el caso de que así sea, debemos proteger con otro la línea, y este será de 30, para que haya selectividad, como bien te han dicho ya.
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#159786
fsi escribió:engineervip, no sé si un ascensor debe llevar un diferencial de 300, pero en el caso de que así sea, debemos proteger con otro la línea, y este será de 30, para que haya selectividad, como bien te han dicho ya.



Buenos días,

Perdona fsi, pero discrepo un poco de lo que comentas. A mi forma de ver la línea, o derivación individual que va desde el contador de ascensor hasta el cuadro de éste, estará protegida por un térmico y posteriormente yo lo que hago son dos circuitos que cuelgan de dicho térmico uno protegido con un diferencial de 4p y 300 mA para la línea que alimenta el motor del ascensor y otro diferencial de 2p y 30 mA para las líneas de alumbrado de la cabina y foso y para las tomas de fuerza de foso.

Aún así lo que dudo es el tema de la obligatoriedad. No sé si hay algún sitio que ponga expresamente que para ascensor diferencial de 300 mA!!

Un saludo.
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#159792
con el tema de grúas pasa lo mismo, te permiten poner 300mA, ya que si pones de 30mA tienes problemas contínuos. En este caso si lo dice en el relamento de grúas, que deriva del RAE,. ¿has consultado ahi si viene algo?
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#159820
edugdc

:ein Pues no sé en qué discrepas, yo lo hago como tú. Lo que he dicho es que: en el caso de que fuera obligatorio (que yo sepa no lo es) poner un diferencial de 300, y si se quiere añadir otro en serie, que es el caso del hilo, este debe ser de 30, para que haya selectividad.
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#159862
fsi escribió:edugdc

:ein Pues no sé en qué discrepas, yo lo hago como tú. Lo que he dicho es que: en el caso de que fuera obligatorio (que yo sepa no lo es) poner un diferencial de 300, y si se quiere añadir otro en serie, que es el caso del hilo, este debe ser de 30, para que haya selectividad.



Entonces de acuerdo, ya que según el mensaje anterior, algo habí interpretado mal!!

Un saludo. :saludo
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#159912
fsi escribió::brindis :brindis



Por cierto...

¿Que opinas al respecto de lo siguiente????:

En primer lugar decir que yo siempre he sido partidario de independizar ascensor y usos comunes (alumbrado portal y escalera, cuartos instalaciones, grupo presión, RITI, emergencias ...), con dos contadores independientes y por tanto derivaciones individuales independientes. La del ascensor por supuesto será trifásica y alimentará al cuadro integrado en la puerta de la última planta a la que llega el ascensor, y la de usos comunes monofásica. Por supuesto el garaje siempre independiente!!

De esta manera yo lo que trato es de individualizar lo máximo posible los problemas de comunidades de vecinos y controlar al máximo consumos, etc. Pero además entiendo que es mejor ya que de esta manera la Cía Suministradora, te limita el consumo de los usos comunes, mientras que nunca tendrás problema de que te quedes colgado en el ascensor por un exceso de consumo o un pico máximo de intensidad de corriente por arranque del ascensor, debido principalmente a que con contador individual para el ascensor no te limitan potencia contratada.

Además otra ventaja que veo es que nadie puede cortar la luz del cuadro de usos comunes y quedarte encerrado en el ascensor. Ya que muy comunmente los arquitectos no dejan espacios reservados para la colocación del cuadro general de servicios comunes, quedando este en el portal y pudiendo ser manipulado por cualquier persona.

Despues de todo este rollo, mi duda es la siguiente:

Me ha comentado el electricista que está realizando la instalación de la última obra que estoy llevando, que iberdrola ha sacado ahora una norma para que el ascensor vaya desde el cuadro de servicios comunes!!! Me he quedado sorprendido y le respondí que me extrañaba mucho. ¿Sabéis que hay de cierto o de incierto en esto?? En mi zona la compañía es iberdrola.


Muchas gracias
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#160113
Ya he leído el otro hilo: viewtopic.php?f=14&t=19897&p=159871#p159871

Veo correcta la instalación así, no entiendo lo de los iberdrolos. :cabezazo
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