Normativa acerca de la colocación de emergencias. (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#251956
Hola, tengo una duda que espero me podais ayudar a resolver
La cuestion es que tengo un cuadro eléctrico de alumbrado, cuya emergencia ha sido colocada encima del cuadro de alumbrado pero en el falso techo, pero es ahi donde reside el problema ya que me han dicho que no es posible colocarla en el falso techo debido a que el nuevo codigo de edificacion no lo permite o no lo aconseja.

Yo solo veo que indica que tiene que estar a mas de 2 metros de altura por encima del nivel del suelo y tener una iluminancia horizontal de 5 lux como mínimo. SU 4.2.2 a. y SU 4.2.3.3.b.

Me lo comento un instalador ,al cual se lo habia pedido un tecnico de industria en otra obra por algo relaccianodo con los bomberos.

¿sabeis algo del tema es decir si realmente no se puede y cual es la razon?
¿Podiais indicarme en que apartado del codigo se encuentra?

Muchas Gracias

Saludos.
Última edición por pmaker el 18 Ene 2011, 21:58, editado 1 vez en total
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#251959
La única lógica que le veo a ese requerimiento es asegurar que si con un incendio se cae el falso techo, la emergencia siga en su sitio y alumbrando.... pero para entonces la emergencia está hecha fosfatina (RAE:Dicho de una cosa: Destrozada o muy dañada. Dicho de una emergencia muy perjudicada o hecha mierda).
Solo lo entendería para una emergencia resistente al fuego en una ubicación muy específica.
Pero no creo que esto venga explicitado en ninguna norma.
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#251961
pues no me suena y de hecho o pones la emergencia en techo justito encima del cuadro o no sirve para nada o necestias una emergencia mas grande de los "lógico".

Si la pones en pared necesitas un "bombillon" para conseguir los requisitos luminicos, si la pones a mas de 1 metro lo mismo, aparte de que encima la luz da directamente sobre los elementos y en pared nada mas que el cuerpo del operario hace sombre suficiente para que no veas un pijo....
Ahora bien me gustaria saber si tiene un "sentido" ademas ¿que caray les importa a los bomberos eso? cuando ellos entre ya debe estar evacuado el edificio. ¿es que va a apagar a manguerazos el cuadro y no quieren que se moje la emergencia :mrgreen: :mrgreen:


Mazinguer si se cae el falso techo es que el fuego ha actuado muy cerca ¿y no ha afectado al cuadro....?


¿y si el techo es normal y la emergencia de superficie?
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#251971
pmaker escribió: me han dicho que no es posible colocarla en el falso techo debido a que el nuevo codigo de edificacion no lo permite o no lo aconseja.
Saludos.


:shock: :shock: No lo habia oido nunca y no tiene sentido. ¿No pasará una tuberia de agua por encima no?
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#252002
Hola compañeros.:

A mi me pasa lo mismos me quedé con cara de :shock: :shock: , y evidentemente le pedí que me indicase la normativa :mira donde ponía tal indicación o recomendación, y me indicó que el jefe de bomberos no las permite en el techo ( :partiendo2 ) (yo no conozco ninguna norma une, ni reglamente , ni RD que tenga ese nombre o referencia, y mi amigo google tampoco).

Bueno os iré contando, por que esto no puede quedar así (digo yo, aunque tengo visto de todo y una mas siempre puede ser).

Un saludo.
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#252019
arquimedes escribió:
Mazinguer si se cae el falso techo es que el fuego ha actuado muy cerca ¿y no ha afectado al cuadro....?


¿y si el techo es normal y la emergencia de superficie?


No siempre, ¿y si el fuego proviene del falso techo? El cuadro puede estar intacto.
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#252034
Contenido
¿y si el Jefe de Bomberos sólo se preocupa por sus subalternos?

Recordad el ataque de las emergencias asesinas, se lanzan sobre los incautos que pasean bajo ellas.

Se las suele distinguir porque suelen estar apagadas, te miran con hambre ... y tienen dientes. Por suerte no son venenosas pero son muy difíciles de erradicar.
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#252066
Al final he preguntado a un tecnico que realiza las revisiones de BT de una empresa de control autorizado, y si bien el solo mira que se cumpla CTE y REBT, ha oido en varias ocasiones a varios instaladores que en la ciudad, el jefe de bomberos exige (recomienda, asesora, ...) ponerlas a 20-30 cm del techo, para dar de "alta (o visto bueno)" la instalación en la parte que a el le corresponde.

Mañana hablaré con industria a este respecto a ver si hay alguna norma particular del ayuntamiento en cuestión donde quede este aspecto reflejado.

Un saludo.
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#252074
Es cojonudo, que en este y otros asuntos opine hasta el apuntador, y que el director de orquesta, que es quien, al fin y al cabo, tiene la responsabilidad sea el último mono. :cabezazo
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#252085
Lo interesante seria pedirle al bombero la justificación tecnica de su postura, ya que si contraviene lo que dice el tecnico en el proyecto, debe estar fundamentado, digo yo.... y no porque le salga de las pelotas.
Todo esto con mucho respeto, claro.
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#252095
MAZINGER escribió:
arquimedes escribió:
Mazinguer si se cae el falso techo es que el fuego ha actuado muy cerca ¿y no ha afectado al cuadro....?


¿y si el techo es normal y la emergencia de superficie?


No siempre, ¿y si el fuego proviene del falso techo? El cuadro puede estar intacto.


claroy tambien puede haber un terremoto y caerse la pared y tirar la emergencia. Ademas si las laminas primarias y secundarias que soportan el falso techo estan bien puestas aguantan mas de una hora que es la autonomia de la emergencia...

no si esta claro que cualquier listillo que se le ocurre una idea, se cree que ha descubierto el hilo blanco y se pone a obligar lo que no tiene potestad para obligar.

Por lo mismo a mi mañana se me ocurre pedir que pongamos todas las emergencias sean IP68, no vaya a ser que se pique una tuberia, salga el chorro le de a la emergencia y la fastidie......
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#252842
Pues al final, todas en la pared o colgadas del techo a mas de 30 cm. Como "manda" el jefe de bomberos.

Decepcionado me hallo, pero seguiré intentando saber si hay norma particular del ayuntamiento donde lo ponga, aunque sea del año catapun chinpun.

Un saludo.
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#252846
entonces ¿no te ha dicho porque separadas 30 cm?

pues que quieres que te diga en los edificios de "industria" de la propia junta van en los falsos techos adosadas, empotradas y disposiciones varias........ así que eso es que el bombero es mas papista que el papa y ....

pregunta ¿si una emergencia esta a menos de 10 cm en proyectcion horizontal de un armario archivador lleno de material inflamables (papeles, disolventes) ... no correra el mismo riesgo de chamuscamiento en caso de ignicion, sino mas.... ?

en cuanto a caida del falso techo como indicaba mazinguer... se va a caer igual....al final estan soportadas de la placa, lo mismo da que este empotrada en esta que colgada..

Lo unico es que haya un incendios (con llamas, rayos y truenos cual calderas de pedro botero) dentro del falso techo y así no se quema la propia emergencia. pero vamos ya te digo puestos a ser mas obligamos a que todo sea M1, sillas, mesas , papeles (eso me gustaria verlo), por supuesto se prohibe la entrada a personas con tendencia a la combustion espontanea.... digo mas podemos obligar a poner oficinas en cuevas tipo Picapiedras (incluido su material de escritura ignifugo...).

Vamos que puestos a buscarle una solucion se le busca pero vamos que al menos se moleste en hacerla "oficial" via legislación no por mis santos coj..s

No si cuando alguien cree descubrir la polvora, monta un tenderete e fuegos artificiales...(a costa de otros claro)
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#252865
Bueno:
Yo creo que los tiros van por el posible colchón de humo que puede originarse en un incendio y que se depositarán muy próximos al techo. En tal caso el colchón de humo impedirá que se aseguren los niveles de iluminancia de la normativa. Existe una norma UNE de obligado cumplimiento según el SI que dice que la señalización de evacuación (no las emergencias) deben estar a 25 cm del techo y es por esta razón.

:beso
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#252904
Puedes indicar la norma UNE y el punto del DB en que se indica.
Yo estaría muy agradecido en poder corroborarlo.

Muchas gracias Larrahi 2.
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