ingepas escribió:Hola a todos.
He estado repasando la ITC-BT-25 con Guía de Aplicación y comentarios del Ministerio de Fomento para una vivienda unifamiliar de la que tengo que diseñar el unifilar y veo que en el esquema para electrificación elevada aparece un Diferencial general a la entrada (de 300 mA, además), pero en ningún lugar consigo ver su obligatoriedad ni su conveniencia.
Alguien lo ha visto y me puede orientar sobre la utilidad y/o obligatoriedad de esta medida?
Muchas gracias.
No es obligatorio:
bt-17, pto. 1.2.
Si por el tipo o carácter de la instalación se instalase un interruptor diferencial por cada circuito o grupo de circuitos, se podría prescindir del interruptor diferencial general, siempre que queden protegidos todos los circuitos. En el caso de que se instale más de un interruptor diferencial en serie, existirá una selectividad entre ellos.