Hola, que tal estamos.
Sabe alguien los condicionantes que puede poner la Distribuidora (en este caso Sevillana-Endesa) para una reducción de potencia contratada en un punto de suministro?
Hasta donde sé, cuando es para una ampliación se necesita una aprobación por su parte pues comprueban si pueden atender esa demanda, y luego el pago de la cuota de extensión y tal.
Pero para reducirla, creía que era más fácil, hasta esta mañana. El cliente tiene una comercializadora que no es Endesa, y le hemos propuesto bajar la potencia de más de 100 kW que tiene a unos 75 kW. Se ha contactado con la comercializadora, y nos ha contado que depende de lo que diga la distribuidora, pero que no garantiza que sea posible bajar a esa potencia, que depende del transformador que alimente a la instalación y tal.
En resumen, que van a trasladar a Sevillana el dato de la nueva potencia pero que hasta que no le llegue la factura al cliente con la nueva potencia no se sabrá el valor de la potencia que finalmente han dejado.
A ver, para subir la potencia vale, pero para bajarla???

Si lo que se hace es liberar una reserva de potencia! Y que pasa si quiero dar de baja el suministro, también me van a decir que van a ver si se puede porque el trafo tal y cual y pascual??
Pienso que Sevillana no pone pegas, pero que la comercializadora no quiere perder dinero.