ingeniero_huelva escribió:wenner escribió:Upolu escribió:Ohhhhhh! ¡Y ya está el cable puesto!
. Es que resulta que el garaje es zona común del edificio y precisa cable libre de halógenos
El que sea zona común no obliga a que el cable sea libre de halógenos.
la obligacion de cable libre de halogenos es por ser un local con riesgo de incendio y explosion, no por LPC.

Respecto a esto, ahí una ligera confusión.
En la ITC-BT 29 lo que se indica que el cable que se instale en zonas clase 1 ó 2 deberá ser no propagador del incendio.
El REBT indica que según la UNE 20432-3 pero esta norma está derogada, esta norma es ahora la UNE EN 50266-2-4.
Lo que ocurre es que un cable normal de PVC suele ser sólo no propagador de la llama, que no es lo mismo que no propagador del incendio:
-No prop. llama- un sólo cable no propaga el fuego.
-No prop. incendio- un mazo de cables no propaga el fuego
Tipos de instalación permitidos:
-Bajo tubo metálico cable 450/750 V y no propagador del incendio.
-Directamente instalado cable armado con alambre de acero galvanizado y no propagador del incendio.
Los cables "standard" de PVC y de tensión 450/750 V que se venden del tipo (H07V-U/-R/-k) no suelen ser "no propagadores del incendio".
Los fabricantes te suelen ofrecer debido a la poca diferencia de precio los cables AS tipo H07Z1-K(AS) (poca diferencia entre este y el convencional PVC para secciones pequeñas 1,5-2,5-4-6) que además de ser no prop. de la llama y no prop. del incenido , pues tienen una baja emisión de humos tóxicos y corrosivos, de baja opacidad.
No así por ejemplo en el otro tipo de instalación según ITC-BT 29 que es de cables armados con acero galvanizado, donde los fabricantes suelen hacer los cables normales RVMV por ejemplo, que superen a su vez el ensayo de no propagación del incendio, puesto que la diferencia de precio aquí es mucho más grande. Por normal general incluso el stock que tienen los fabricantes de ese cable es siempre con la característica de no propagador del incendio.
Por otro lado, libre de halógenos no es lo mismo que no propagador del incendio y con baja emisión de humos tóxicos y corrosivos.
Libre de halógenos significa libre de halógenos, un cable libre de halógenos, no tiene porque ser "no propagador del incendio".
El tema del Cloro, no es sólo cloro, lo que se analiza, se analiza cantidad de Fluor (<0,1 %) y Cl (HCl <0,5 %).
El problema del cloro no viene sólo porque nos "envene" como he oído por ahí, sino porque en su combustión provoca la creación de gases y humos de alta conductividad y bajo PH (muy ácido y corrosivo). Al haber menor emisión de estos gases, no se estropean los equipos con los gases producidos(no hay cortos (baja conductividad) y son menos corrosivos con los equipos).
El tema de humos tóxicos es un tema mucho más complicado, tanto que de hecho no existe normativa demasiada extensa al respecto y hay mucha controversia.
Un cable AS(esta sería una manera mejor de denominarlos-quiero decir mejor que libres de halógenos)= Alta Seguridad, emite a su vez menor cantidad de CO y CO2 en caso de incendio, aunque como he dicho anteriormente estoy habría "entrecomillarlo". (cuanto es poca emisión, dependerá del habitáculo donde se desprendan, etc...)
En cuanto a las zonas comunes de los edificios de viviendas, yo no las considero pública concurrencia, las emergencias las lleva por que el REBT en la ITC-BT 28 indica que aunque no se trate de pública concurrencia deberán disponer de alumbrado de emergencia(alumb. de seguridad). ITC-BT 28 último párrafo punto 3.3.1
Por otro lado, está que pueda llegar a ser en algún caso pública concurrencia por ser del tipo BD2, BD3, BD4. Yo no entiendo bien como catalogan uno u otro. Se lo que pone en la norma, pero no entiendo los criterios para indicar si es de dificil evacuación etc... Si alguién me "alumbra" al respecto le estaré eternamente agradecido.
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BD1:Baja densidad de ocupación, fácil evacuación-- edificios para usos de vivienda con altura normal y baja
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BD2:(baja densidad de ocupación, fácil de evacuación)---edificios de gran altura.
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BD3 (alta densidad de ocupación, fácil evacuación)Locales abiertos al público (teatros, cines, grandes almacenes, etc...)
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BD4 (alta densidad de ocupación, difícil evacuación)Edificios de gran altura abiertos al público (hoteles, hospitales...)
¿qué es de baja altura o altura normal? ¿fácil evacuación- que criterio tomo? ¿alta densidad de ocupación-que criterio?
Ojala alguien me ayudara al respecto o indicará si en algún otro reglamento o documento se hace referencia a esto, o se indica cuando algo es de difícil evacuación o que es altura normal o baja para un edificio de viviendas.
En cuanto al garaje, tengo constancia por muchos ingenieros con proyectos visados que en muchas comunidades autónomas si el garaje es de uso privado para bloque de viviendas, sin rotación, no es pública concurrencia.
Yo soy partidario de poner cable AS pero porque si, no porque venga reglamentado.