cancuino escribió:Hola, un cliente que está fabricando un aparato que sirve para dar masajes de agua en una piscina me ha pedido que haga los trámites oportunos para que pueda empezar a comercializar el mismo.
Hasta donde me he informado ahora lo que necesito por un lado es el sello de conformidad CE que lo tiene que dar el fabricante y por otro lado hay que emitir una declaración de conformidad CE que eso ya es función de un Ingeniero Industrial, para ello es necesario hacer algunos ensayos al dispositivo en cuestión, que serían:
- Ensayo de seguridad eléctrica
- Ensayo de compatibilidad electromagnética
Al no ser mi especialidad estoy algo perdido en este asunto, les agradecería cualquier información.
Gracias y saludos.
La declaración CE tiene que ir firmada por el fabricante, que es el responsable de comercializar el equipo. Lo primero es identificar si aparte de la directiva de baja tensión y compatibilidad electromagnética le afecta alguna otra (no sé si habrá alguna para este tipo de aparatos: aparatos médicos o algo así, lo dudo pero no está de más comprobarlo).
Para justificar los requisitos de seguridad (que es lo indca la CE) tienes tres opciones:
- Que el invento de tu cliente esté cubierto por una norma armonizada (norma EN, por ejemplo) que presuponga conformidad a la(s) directiva(s). Si no hay norma armonizada se puede recurrir a normas no armonizadas o nacionales. Dificil en tu caso porque si un aparato muy especializado.
- Elaborar un expediente técnico de conformidad con planos, documentación técnica y justificación de las soluciones para cumplir con los requisitos de la diectiva con informes de los ensayos realizados (los puedes hacer tú, el cliente u otro laboratorio). También ha de hacer referencia a la "homogeneidad de producción" es decir con que medios se cuenta en el proceso de fabricación para asegurar que todos los productos son conformes.
- Hacer intervenir a un "organismo notificado", que es un laboratorio de ensayo (AENOR, LCIE, LABEIN etc) que realizará la evaluación.
Lo que no sé es hasta que punto es obligatoria la intervención de un ingeniero para el expediente técnico. Si justificas el CE en base a normas o con organismo notificado no hace falta.
Un par de enlaces:
http://www.marcado-ce.com/marcado_ce/no ... ension.asphttp://www.marcado-ce.com/marcado_ce/no ... _V.1.1.pdf
If it can be broke then it can be fixed, if it can be fused then it can be split.