Dudas relativas a la documentación proyectual y dirección facultativa
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#213877
Límites actuación/investigación perito judicial

Un juicio por un vehículo. Las partes han empleado ya a peritos para emitir cada uno su informe.
En el sumario o expediente del próximo juicio se detalla, por cada una de las partes, los elementos que quieren que sean ratificados o desmentidos por el perito judicial.
¿Puede el perito judicial introducir nuevos elementos?. Me refiero expresamente a nuevas facturas o certificaciones posteriores, nuevas pruebas de carretera, etc.

¿Es lo anterior viable? . Lo digo porque creo que no. Que una vez está el expediente visto para el juicio no se pueden añadir elementos nuevos de valoración, sino que el perito judicial tiene que usar los mismos elementos que usaron los peritos anteriores y en base a ellos darles o negarles la razón. Pero si esto es cierto debería estar recogido en alguna parte del código. No he sabido ver nada, por el momento.

Gracias
por
#213915
Hola SerPan, supongo que te refieres a la intervención de un perito tercero, designado por el juzgado y aceptado por las dos partes.

En este caso, la labor del mismo será igual que la de los otros dos peritos, se expondrá, se recabará o se solicitarán las intervenciones que se crean convenientes, incluso, se pueden obviar cuestiones planteadas por las partes si a tu entender están fuera de lugar.
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#213917
Tienes que ceñirte a dar respuesta a las cuestiones solicitadas por la pericial. Si esos "elementos" nuevos, son procedentes para apoyar el informa que presentas, son aceptables...

Una vez que ambas partes han presentado, y se ha contestado, con informes de parte o no... y se solicita por una de ellas la designación de un perito judicial... este SOLO puede informar sobre las cuestiones que le solicitan en el acta de designación, que no son mas que la transposición por parte del juzgado, de las pedidas por las partes..

Este perito, NO podrá introducir elementos nuevos, ( tampoco las partes.. una vez que se ha hecho la contestación, no se pueden introducir elementos nuevos.... .... Si los abogados no lo han planteado de forma adecuada.. se aguantan.. )

Lo que si puede hacer el perito es aportar todo aquello, que sirva para justificar su pronunciamiento sobre los puntos que se le han pedido.

Por ejemplo..
Hay un perito de parte que dice que el vehículo "A" iba 140kmh, te piden a ti como perito de parte que te pronuncies sobre ese aspecto..
Tu puedes incluir un estudio, que pruebe o niegue tal afirmación...

Ahora bien lo que no puedes haces es introducir elementos NUEVOS, sobre los que no te hayan preguntado... o que no sean relevantes como articulado o prueba para tu informe...

No te puedo decir el texto exacto de referencia....
33x ? de la Ley Enjuiciamiento civil ... sobre informes pericial.. y el 404, encuentras algo también..

Lo cierto es que en el momento que se presenta demanda y contestación, que da definido el objeto del pleito.. , pero también es cierto que existe un procedimiento para el caso de que parezcan nuevas pruebas o hechos relevantes... pero existe como te digo un procedimiento ( protocolo) para proceder... y no es nuestro caso...
:saludo
por
#213923
Ahondando más en la cuestión.

El perito de la parte demandante no vio el vehículo. Dictaminó en base a una serie de facturas.

El perito de la parte demandada no vio el vehículo. Dictaminó en base a una serie de facturas.

Puede el perito judicial añadir alguna factura ?
Tiene que ir a ver el vehículo ?

Yo por los comentarios creo que no. Que incluso te pueden "tachar" si lo haces.

Gracias y buen fin de semana.
por
#213924
Jope. Llevo un rato intentando localizar donde se lleva un control estadístico de los kilómetros que recorre un vehículo al año.
Uno de los informes pide pronunciarse en relación a ese aspecto.
Sin embargo, por el comentario de un compañero más arriba , la garantía establece un plazo en el tiempo o un número de kilómetros; ninguno de esos baremos se superó.

De todas formas me gustaría saber alguna fuente estadística de vehículos.

Por ejemplo : falla mucho el "common rail" ?
cuál es la avería de motor más frecuente en un vehículo ?
etc.

Eso estaría bien.

Y otra cosa interesante sería una base de fotos de vehículos del tipo didácticas que puedas meter en los informes.

Gracias
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#213926
SerPan escribió:Ahondando más en la cuestión.

El perito de la parte demandante no vio el vehículo. Dictaminó en base a una serie de facturas.

El perito de la parte demandada no vio el vehículo. Dictaminó en base a una serie de facturas.

Puede el perito judicial añadir alguna factura ?

Si, sin dudada..
El judicial PUEDE hacer todo lo necesario, (Inspecciones, aportaciones de pruebas, documentos, etc.. ) siempre que estos sean para RESPALDAR su informe... y este informe se CIÑA a lo que se le haya pedido por parte del juzgado..

Si ese otro perito dictamino en base a unas facturas... , y en tu informe vas a refutar su dictamen, o a reafirmarte en el ... puedes añadir cuantos documentos, cálculos o estudios precises para -RESPALDAR- tus afirmaciones.

De hecho, es exactamente lo que se te pide..

:saludo

Es un ejemplo clásico ademas .. ( Yo no hago nada de vehículos, pero pasa ne todas las materias también).. los peritos de parte.. , su cometido básico es apoyar a su cliente, SIN MENTIR... ¿como se hace eso? .. omitiendo lo que le perjudique..
El judicial, procederá refutando/reafirmando la del de parte... y debes que justificarlo... , scando a la luz, lo que ellos han omitido.. "Generalmente"



Tiene que ir a ver el vehículo ?

Si, si quieres, lo crees necesario... Pero NO estas obligado.


Yo por los comentarios creo que no. Que incluso te pueden "tachar" si lo haces.

En absoluto, siempre que te pronuncies EXCLUSIVAMENTE sobre lo que te han pedido...


Gracias y buen fin de semana.


La cuestión clave, es que NO puedes salirte del Guión.. solo puedes "opinar" sobre lo que te han pedido.. y en ese ámbito, tienes vía libre..

Lo que no puedes, por ejemplo... es entra a refutar su informe, cuando lo que te han pedido es que amplíes lo que el ha dicho, por ejemplo por que el no se pronunció sobre ese aspecto...

En ese caso, SOLO puedes ampliar, complementar sin entrar a opinar sobre el suyo... pero en el momento que te piden valorar el resto de informes que se han ido presentando por las partes.. , tienes vía libre para opinar sobre ellos, y aportar, investigar etc.. todo lo que consideres oportuno para cumplir con lo que se te pide..
por
#213927
SerPan escribió:Jope. Llevo un rato intentando localizar donde se lleva un control estadístico de los kilómetros que recorre un vehículo al año.
Uno de los informes pide pronunciarse en relación a ese aspecto.
Sin embargo, por el comentario de un compañero más arriba , la garantía establece un plazo en el tiempo o un número de kilómetros; ninguno de esos baremos se superó.

De todas formas me gustaría saber alguna fuente estadística de vehículos.

Por ejemplo : falla mucho el "common rail" ?
cuál es la avería de motor más frecuente en un vehículo ?
etc.

Eso estaría bien.

Y otra cosa interesante sería una base de fotos de vehículos del tipo didácticas que puedas meter en los informes.

Gracias


Si quieres comprobar kilometraje de forma fiable en determinados momentos, puede que en la tarjeta de ITV del vehículo se expongan los kilómetros en la fecha de inspección. Otra forma es si se ha peritado alguna vez el vehículo por alguna Cía. de seguros, en el informe del perito siempre se refleja el kilometraje.

Aclarar mi comentario anterior, en consonancia con lo que comenta Jcriti, tú puedes valorar o determinar otras cuestiones como perito tercero, otra cuestión es que el juez en la vista lo acepte.
por
#213930
Nunca he visto una petición del Juzgado más escueta o breve :

"Que acepta el cargo de perito para el que ha sido designado en estas actuaciones para la valoración"

El Juzgado no dice ni mú.
Luego es en lo que proponen la parte y la contra parte en lo que creo que me tengo que basar.

Si la parte demandante aporte unas facturas que la parte demandada refuta o critica, yo no veo cómo puedo añadir nuevas facturas.

Ni siquiera observo la posibilidad de viajar a ver el vehículo cuando las partes inciden en el análisis de las facturas y las conclusiones que de ellas se desprendan.

Aunque en el informe de la parte demandada se cita el valor venal del vehículo y su cálculo, no pide mi asistencia o enjuicio sobre este particular. No obstante, creo que si podría emitir informe sobre dicho valor ya que la parte demandante establece en la demanda el valor que exige por dicho vehículo, aunque tampoco pide me pronuncie sobre el particular.
En definitiva creo que si me podría pronunciar sobre algún aspecto adicional.

Pero. En serio. Mi pregunta es que normativa recoge, y qué artículos concretos, la limitación general en un proceso o juicio de aportar nuevas pruebas una vez se ha cerrado el expediente.

En mi opinión las facturas son pruebas, los documentos escritos son pruebas, los testigos pueden serlo. Yo no creo que puedas meter un testigo a última hora.

Gracias
por
#213931
BECERRO escribió:
SerPan escribió:Jope. Llevo un rato intentando localizar donde se lleva un control estadístico de los kilómetros que recorre un vehículo al año.
Uno de los informes pide pronunciarse en relación a ese aspecto.
Sin embargo, por el comentario de un compañero más arriba , la garantía establece un plazo en el tiempo o un número de kilómetros; ninguno de esos baremos se superó.

De todas formas me gustaría saber alguna fuente estadística de vehículos.

Por ejemplo : falla mucho el "common rail" ?
cuál es la avería de motor más frecuente en un vehículo ?
etc.

Eso estaría bien.

Y otra cosa interesante sería una base de fotos de vehículos del tipo didácticas que puedas meter en los informes.

Gracias


Si quieres comprobar kilometraje de forma fiable en determinados momentos, puede que en la tarjeta de ITV del vehículo se expongan los kilómetros en la fecha de inspección. Otra forma es si se ha peritado alguna vez el vehículo por alguna Cía. de seguros, en el informe del perito siempre se refleja el kilometraje.

Aclarar mi comentario anterior, en consonancia con lo que comenta Jcriti, tú puedes valorar o determinar otras cuestiones como perito tercero, otra cuestión es que el juez en la vista lo acepte.


Yo preguntaba por estadística, no datos concretos del vehículo que los tengo, porque vienen reflejados en cada factura de revisión o avería.
por
#213933
En una parte del informe de la parte demandada calcula el valor venal del vehículo en base a kilometraje y fecha de matriculación. Sin embargo el vehículo ha estado inmovilizado durante varios años.
Y además está averiado, lo cual no consta en el informe ni de la parte demandante ni de la parte demandada.
por
#213971
SerPan escribió:En una parte del informe de la parte demandada calcula el valor venal del vehículo en base a kilometraje y fecha de matriculación. Sin embargo el vehículo ha estado inmovilizado durante varios años.
Y además está averiado, lo cual no consta en el informe ni de la parte demandante ni de la parte demandada.


Supongo que la valoración la realizará por le guía Ganvam.
por
#213976
BECERRO escribió:
SerPan escribió:En una parte del informe de la parte demandada calcula el valor venal del vehículo en base a kilometraje y fecha de matriculación. Sin embargo el vehículo ha estado inmovilizado durante varios años.
Y además está averiado, lo cual no consta en el informe ni de la parte demandante ni de la parte demandada.


Supongo que la valoración la realizará por le guía Ganvam.


Yo no la voy a hacer por la guía Ganvam. Hay más criterios.
por
#214000
Menudo calentón de cabeza.
Bueno tras leer la LEC yo me animo.
Hago todo lo que pueda y todo lo que se. Y si me dicen que me calle, me callo y listo.
Pero por rebuscar la verdad que no quede.
A el principio de responder a lo que te pregunten creo que hay que ponerle también un poco de guindilla en el informe porque no creo que los Juzgados se molesten en pedir cosas especiales que no entienden.
Pero a mí me parece que un vehículo que no han visto los peritos de las partes yo tengo que ir a verlo.
Y si me falta una factura puedo ir a buscarla. Que me la den o no me la den ya es otro cantar.
Y si observo que una factura que no nombran los peritos de las partes, y que pone "factura proforma" donde para mí está el neollo del asunto, pero que no está claro que se refiera al vehículo en cuestión, pues me gustaría aclararlo.
Y así un montón de cosas, como el combustible inadecuado, etc.

Sí que creo que esto ya no lo pueden hacer las partes porque ya han hecho sus informes. Ahora falta el mío. Las partes piden que informe sobre las facturas que aporta una de ellas, pero lo que está en litis es un vehículo.....

Bueno, si me meten preso, escríbanme al menos. Ya les pasaré la dirección.

:comunidad
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por
#214043
Estadística sobre los km que hacen los vehículos: Depende del uso, hay muchísima dispersión. Un turismo de uso particular con bastantes desplazamientos diarios de cierta entidad hace del orden de 20.000km/año, pero te encuentras casos con mucho menos y casos con mucho más.

Estadísticas sobre averías: Las conoce el fabricante y no te lo van a decir.

Lo que sí puedes solicitar al fabricante es un histórico de reparaciones que les consten (garantías, por lo general) y la información de número de serie del componente que estás peritando (motor, por ejemplo), para comprobar si el que tiene el coche es efectivamente el de origen o si ha sido sustituido. También puedes confirmar los km del último registro que tiene el fabricante, para ver si hay alteración de km o no.

Ojo con la proforma, porque hasta que no es factura no tiene valor de reparación efectivamente realizada. Tómalo como sólo presupuesto.

En cuanto a ver el coche, te vas a meter en gastos que vas a tardar en recuperar si es que lo recuperas. Ya me extrañaría que de una inspección del coche obtengas conclusiones que no puedas obtener de los informes de ambas partes. Normalmente lo que quiere ocultar una parte está en el informe de la parte contraria.

Si en algo te podemos ayudar, pide, pide...
por
#214140
Pido Pido.

Bueno, ahora cobras por adelantado : la provisión de fondos. No hay temor a meterte en gastos.

Y sí, lo que dices tiene bastante lógica. El fabricante no se pilla los dedos con las estadísticas. Salvo que le favorezcan, claro.
Y por supuesto, si algo sale rana, desaparecen el modelo y a por otro. Es la ventaja de tener muchos nombres y recursos.
Ya creo tener semilocalizados en la LEC los artículos que limitan la aportación de pruebas después de la Audiencia Previa. Yo como perito me mandan a callar y ya está (me acogo al comentario de un compañero más arriba), pero si las pruebas me las ha facilitado una de las partes le pueden impugnar todo el proceso y lo fastidian vivo. O sea que no pueden darte más facturas (salvo que sean posteriores a la audiencia previa) o cualquier otro documento que arroje luz sobre el asunto.

:goodjob

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