Irregularidades en puesta a tierra (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Trámites ante la Administración, empresas suministradoras, etc.
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#318985
Hola, de esto ya se ha hablado pero al tratarse de un caso particular no he podido resolver mis dudas por lo que apelo a la experiencia de los más veteranos.

Se trata de un proyecto de actividad para una cafetería. En el local había antes un pub que ha estado cerrado un par de años por lo que dieron de baja el contrato con la compañía suministradora, en este caso ENDESA.

Se realiza un proyecto completo en el que se modifica la instalación eléctrica. Al inicio de las obras el propietario decide ir a ENDESA, poner a su nombre el contrato y darlo de alta nuevamente, lo consigue sin pegas y tiene electricidad sin haber iniciado siquiera las modificaciones en la instalación.

El instalador descubre que, asombrosamente, el local no tiene toma de tierra, aun estando en un edificio residencial de 9 plantas. Sin informarme, creé más conveniente meter una pica de 2 m que traer la toma de tierra desde la del edificio porque ésta "estaba mu lejos". Terminada la instalación descubro el siguiente pastel:

- La instalación ya tiene suministro, sin certificados ni de instalador, ni mío ni de OCA.
- La puesta a tierra va a una pica dentro del local y no a la del edificio.
- El valor de resistencia a tierra es de 100 ohmios con diferenciales de 30mA.

En un caso como éste ¿cómo debe actuar el proyectista? ¿Cuáles serían sus obligaciones y responsabilidades? Y, de paso, ¿qué opináis del valor de resistencia a tierra?

Help me please, there will be :cheers
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#319082
Seguro que tú sabes esto: Artículo 33 de la Ley de Industria.

1. Serán sujetos responsables de las infracciones, las personas físicas o jurídicas que incurran en las mismas. En particular se consideran responsables:
a) El propietario, director o gerente de la industria en que se compruebe la infracción.
b) El proyectista, el director de obra, en su caso, y personas que participan en la instalación, reparación, mantenimiento, utilización o inspección de las industrias, equipos y aparatos, cuando la infracción sea consecuencia directa de su intervención
c) ...

Es decir, mientras no firmes la dirección de obra, no eres responsable de lo que está haciendo el titular o el instalador. Yo les advertiría, y si es posible por escrito, de lo que están haciendo mal. Y me negaría en redondo a firmar la dirección de obra hasta tanto no sigan tus indicaciones, que son las del proyecto. No creo que tu responsabilidad vaya más allá. Pero claro, es solo una opinión...

Un saludo.
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#319115
Gracias malatestov,

:cheers

En efecto, al cliente le comuniqué que no deberían tener suministro y que la puesta a tierra debía ser la del edificio, lo que no entiendo es cómo en endesa hace un cambio de titularidad de un suministro que ha sido dado de baja sin pedir CIBT.

Si se hace bien, CIBT, DO y OCA, y se lleva la documentación a industria y ENDESA ¿qué dirán viendo que ya tienen contrato y suministro?

Tampoco había visto nunca una pica en el interior de un local y no sé hasta qué punto está esto en contra de la normativa :tomato

Por otro lado, hace poco asistí a unas jornadas sobre inspecciones de BT y nos comentaron, respecto a los valores de puesta a tierra, que aunque la ITC BT 24 diga que deben cumplir la ley de ohm, los OCA son mucho más exigentes. No he visto nunca un valor de tierra de 100 ohmnios pero con 30 mA el valor máximo de resistencia para una tensión de contacto límite de 24 v sería 800 ohmnios ¿no?

¿Alguien sabe qué limites marcan los OCA para este valor? Y abusando un poco más, ¿alguien ha visto alguna vez poner una pica dentro de un local comercial?
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#319199
En teoría es como tú dices, con 800 ohmios pasaría. Pero ten en cuenta que debes asegurar esos 24 V máximo durante toda la vida de la instalación, y en todas las épocas del año. Personalmente incluso 100 ohmios lo veo muy alto.
Yo tomaría como referencia para la comprobación los valores de la ITC-BT-09, la de alumbrado público, que sí especifica valores concretos de la puesta a tierra. Si no recuerdo mal, ahí se hablaba de máximo 30 ohmios.
La práctica de las OCAs la verdad es que la desconozco.
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#325665
En canarias para edificios SIN PARARRAYOS piden un máximo de 37 ohmios.

Yo no firmaría la DO si no se cumplen los valores reglamentarios.

La OCA va a medir la tierra y si el valor sobrepasa el reglamentario no te va a dar favorable.

Independientemente de que tenga suministro, para legalizar en industria necesitas la OCA favorable para un LPC.

Saludos
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#327138
No me parece un valor excesivamente alto y menos con diferenciales de 30 mA, el OCA tendrá que admitir ese valor ya que no incumple el reglamento, eso sí debe coincidir con lo indicado en el proyecto.
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#327145
puede que no tenga importancia o puede que si (causa belli) pero las tomas de tierras de un edifcio son uunicas.... y un local no debería tener tomas de tierra propias por eso de las transferencias.... el dice que no tiene , pero por otro lado esta muy lejos.... ¿en que quedamos hay o no ?.. pero es que puede que este lejos el terminal accesible del electrodo pero este puede estar cerca del tuyo. meterte tension en las tierras, tuberías, etc... ....
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#327180
arquimedes escribió:puede que no tenga importancia o puede que si (causa belli) pero las tomas de tierras de un edifcio son uunicas.... y un local no debería tener tomas de tierra propias por eso de las transferencias....

Quizás debería, además de que, en general, es lo más sencillo, pero el reglamento (que yo sepa) no obliga a ello y lo de transferencia de tensiones, parto de que no habrá (supongo que lo habrán "comprobado").
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#327188
Yo creo que el REBT habla de que toda instalación eléctrica tiene que tener puesta a tierra, pero no dice nada mas. Si tienes suerte de que el local esté en planta baja y puedes clavar una pica pues date con un canto en los dientes.
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#327199
si creo que lo dice, pwero en la ITC 26 no en la 18
es la de viviendas pero como dice el objeto tambien para locales integradas en edificios de viviendas..

hay habla de que hay que tener un electrodo y ademas preferentemente anillo... cuando sea rehabilitacion te dice donde lo puedes podner. y dice.. mas adelante.

dice efectivamente EN REHABILITACIONES..... SOLO EN REHABILITACIONES.....YA QUE PARA NUEVAS CONSTRUCCIONES HABLA DE ELECTRDO UNICO EN ANILLO.....que puede haber alternativamente varios pero hay viene lo importante que al ellos s conectará la estructura metálica del edificio es decir en realidad esta poniendo un electrodo unico siendo la estructura el conductor equipotencial por decirlo de alguna manera.. es decir.... va buscando lo que te explico que un electrodo pueda ponerse a iterra y conectarse a él parte de la estructura y en el parituclar de la instalacion no ponerse y haber transferencias por que la estructura o cualquier otra masa esta a cierta tension sobre el terreno (la correspondiente a la fuga de la otra iterrra) y tu puedes puentear a iterra con menos tension..... y darte problemas . La pega esta en que estas en un edifciuo y puedes tener masas a una tension distinta a otras masas por ejemplo una tubería propia a una iterra y los pilares a otra......
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#327200
arquimedes escribió:dice efectivamente EN REHABILITACIONES..... SOLO EN REHABILITACIONES.....YA QUE PARA NUEVAS CONSTRUCCIONES HABLA DE ELECTRDO UNICO EN ANILLO.....que puede haber alternativamente varios pero hay viene lo importante que al ellos s conectará la estructura metálica del edificio es decir en realidad esta poniendo un electrodo unico siendo la estructura el conductor equipotencial por decirlo de alguna manera.. es decir.... va buscando lo que te explico que un electrodo pueda ponerse a iterra y conectarse a él parte de la estructura y en el parituclar de la instalacion no ponerse y haber transferencias por que la estructura o cualquier otra masa esta a cierta tension sobre el terreno (la correspondiente a la fuga de la otra iterrra) y tu puedes puentear a iterra con menos tension..... y darte problemas . La pega esta en que estas en un edifciuo y puedes tener masas a una tension distinta a otras masas por ejemplo una tubería propia a una iterra y los pilares a otra......

He leído la bt-26 y no acabo de encontrar/interpretar el párrafo donde se extraer esa conclusión, y lo de asegurar que no hay transferencia de tensiones entre tomas de tierra, en este caso, no me parece difícil (la intensidad de defecto a tierra en BT con esquema TT es relativamente baja).

Un saludo
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#327201
hola wenner, saludos

3. TOMAS DE TIERRA
3.1 Instalación
En toda nueva edificación se establecerá una toma de tierra de protección, según el
siguiente sistema:
Instalando en el fondo de las zanjas de cimentación de los edificios, y antes de
empezar ésta, un cable rígido de cobre desnudo de una sección mínima según se
indica en la ITC-BT-18, formando un anillo cerrado que interese a todo el perímetro del
edificio. A este anillo deberán conectarse electrodos verticalmente hincados en el
terreno cuando, se prevea la necesidad de disminuir la resistencia de tierra que pueda
presentar el conductor en anillo. Cuando se trate de construcciones que comprendan
varios edificios próximos, se procurará unir entre sí los anillos que forman la toma de
tierra de cada uno de ellos, con objeto de formar una malla de la mayor extensión
posible. (esto si ya es una recomendacion para varios edifcios pero estamos hablando de un solo edificio)


En rehabilitación o reforma de edificios existentes, la toma de tierra se podrá realizar
también situando en patios de luces o en jardines particulares del edificio, uno o varios
electrodos de características adecuadas.
Al conductor en anillo, o bien a los electrodos, se conectarán, en su caso, la estructura
metálica del edificio o, cuando la cimentación del mismo se haga con zapatas de
hormigón armado, un cierto número de hierros de los considerados principales y como
mínimo uno por zapata.

3.2 Elementos a conectar a tierra
A la toma de tierra establecida se conectará toda masa metálica importante, existente
en la zona de la instalación, y las masas metálicas accesibles de los aparatos
receptores, cuando su clase de aislamiento o condiciones de instalación así lo exijan.

A esta misma toma de tierra deberán conectarse las partes metálicas de los depósitos
de gasóleo, de las instalaciones de calefacción general, de las instalaciones de agua,
de las instalaciones de gas canalizado y de las antenas de radio y televisión.


3.3 Puntos de puesta a tierra
Los puntos de puesta a tierra se situarán:
a) En los patios de luces destinados a cocinas y cuartos de aseo, etc., en
rehabilitación o reforma de edificios existentes. es decir es mas dice puntos de puesta a tierra no electrodos diferentes... sino diferentes puntos donde acceder AL MISMO ELECTRODO...

Como ves en ambos casos (nuevo /rehabilitacion) hace una union virtual de tierras bien por electrodo unico, bien por unificarlos mediante la interconexion de masas... lo que quiero expresar es que el rglamenteo en realidad pide la equipotencialidad de masas de estructura y aparatos... y esto con una tierra individual no consigues..
espero haberme expresado bien y es como yo entiendo lo que quiere decir el reglamenteo aunque explicitamente, explicitamente no dice que sea única pero te lleva a tenerla a base de la equipotencialidad de masas... (creo, es mi opinion)

Ya te digo en mi opinion pide unica pero no diciendo abiertamente.
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#327202
arquímedes, yo entiendo tu razonamiento. Y además me parece bien, porque está del lado de la seguridad. Y sería definitivo si en algún párrafo del reglamento, o incluso de la guía de aplicación se viese esa postura.

Aún así, yo creo que hacer una puesta a tierra propia para el local no va en contra del reglamento, porque en la ITC-01 (terminología) en instalación de puesta a tierra dice: "Conjunto de conexiones y dispositivos necesarios para poner a tierra, individual o colectivamente, un aparato o una instalación".

Según esto, yo creo que la puesta a tierra de esa instalación de forma individual es posible. Incluso, si el local lo permitiera, clavando la pica/s en la calle bajo la acera, o sea fuera de la planta general del edificio, en espacio de uso público, o incluso privado salvando las servidumbres que pudieran generarse.

También creo que ampararía poner a tierra un solo aparato dentro de la instalación global.
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#327203
hola compi...

es que debe tener esta redaccion en ese punto pues ... permite poner tierras locales en instalaciones unicas dispersas en edifcios diferentes sin posibilidad de "puentear masas" que es por lo que creo que lo permite o por ejemplo poner a tierras gruas pluma en a lejadas del edifcio en contruccion...


ademas es terminología , es una ITC definitoria pero no aprobatoria ni limitatotiva tampoco, es decir pueden definirse cosas que luego estan prohibidas

asesinato: accion de quitar la vida.....que lo defina no lo permite... no se si es muy drastica la comparación.. quiero decir que lo definido no es lo mismo que aprobado...
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#327204
arquimedes escribió:hola wenner, saludos

3. TOMAS DE TIERRA
3.1 Instalación
En toda nueva edificación se establecerá una toma de tierra de protección, según el
siguiente sistema:
Instalando en el fondo de las zanjas de cimentación de los edificios, y antes de
empezar ésta, un cable rígido de cobre desnudo de una sección mínima según se
indica en la ITC-BT-18, formando un anillo cerrado que interese a todo el perímetro del
edificio. A este anillo deberán conectarse electrodos verticalmente hincados en el
terreno cuando, se prevea la necesidad de disminuir la resistencia de tierra que pueda
presentar el conductor en anillo. Cuando se trate de construcciones que comprendan
varios edificios próximos, se procurará unir entre sí los anillos que forman la toma de
tierra de cada uno de ellos, con objeto de formar una malla de la mayor extensión
posible. (esto si ya es una recomendacion para varios edifcios pero estamos hablando de un solo edificio)

Sigo sin ver esa obligatoriedad, entiendo que exige que un edificio tenga una única puesta a tierra, pero no tiene por qué unirse también la puesta a tierra de un local que esté dentro del edificio.
En rehabilitación o reforma de edificios existentes, la toma de tierra se podrá realizar
también situando en patios de luces o en jardines particulares del edificio, uno o varios
electrodos de características adecuadas.
Al conductor en anillo, o bien a los electrodos, se conectarán, en su caso, la estructura
metálica del edificio o, cuando la cimentación del mismo se haga con zapatas de
hormigón armado, un cierto número de hierros de los considerados principales y como
mínimo uno por zapata.

3.2 Elementos a conectar a tierra
A la toma de tierra establecida se conectará toda masa metálica importante, existente
en la zona de la instalación, y las masas metálicas accesibles de los aparatos
receptores, cuando su clase de aislamiento o condiciones de instalación así lo exijan.

A esta misma toma de tierra deberán conectarse las partes metálicas de los depósitos
de gasóleo, de las instalaciones de calefacción general, de las instalaciones de agua,
de las instalaciones de gas canalizado y de las antenas de radio y televisión.
Pero no habla de conectar otra instalación de puesta a tierra que ya se ha diseñado como separada de la otra.

3.3 Puntos de puesta a tierra
Los puntos de puesta a tierra se situarán:
a) En los patios de luces destinados a cocinas y cuartos de aseo, etc., en
rehabilitación o reforma de edificios existentes. es decir es mas dice puntos de puesta a tierra no electrodos diferentes... sino diferentes puntos donde acceder AL MISMO ELECTRODO...

Como ves en ambos casos (nuevo /rehabilitacion) hace una union virtual de tierras bien por electrodo unico, bien por unificarlos mediante la interconexion de masas... lo que quiero expresar es que el rglamenteo en realidad pide la equipotencialidad de masas de estructura y aparatos... y esto con una tierra individual no consigues..
espero haberme expresado bien y es como yo entiendo lo que quiere decir el reglamenteo aunque explicitamente, explicitamente no dice que sea única pero te lleva a tenerla a base de la equipotencialidad de masas... (creo, es mi opinion)

Ya te digo en mi opinion pide unica pero no diciendo abiertamente.

Saludos HASTA LUEGO LUCAS, arquimedes

:cheers
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