prinenko escribió:es el recibo del ibi y en el catastro también aparece como urbano. Pero en el ayuntamiento aparece como rustico.
El catastro (y el IBI que genera) no tiene ninguna validez urbanística. Solo sirven para pagar.
Es bastante frecuente que consistorios en apuros económicos, pasen contribución urbana al suelo urbanizable. Los propietarios, suelen pagar de buena gana, por creer que les ha tocado la lotería en forma de reclasificación. Pero el IBI "urbano" no da ningún derecho, y de hecho si pides no pagarlo, te admitirán la reclamación, seguiras con la misma clasificación y algun dinero más en el bolsillo.
Te repito, si quieres saber la clasificación, el único documento es el planeamiento. Eso si, que te den la información del que está en vigor, hay más planeamientos a medio aprobar que en vigor.