¿Se puede presentar un II a una plaza de funcionario de ITI? (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Atribuciones y competencias profesionales, asociación corporativa, opiniones y críticas de la profesión, etc.
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#196256
tuso escribió:4º) ¿ Es verdad que en un concurso-oposicion tiene mas puntos el iti-ii que el ii?


Pues sí, porque una de las dos titulaciones la utilizan como requisito y la otra puntúa en los méritos. Es el mismo caso de un par de compañeras que son ITA e IA.

Saludos
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#196383
tuso escribió:1º)Existe en el extrangero el titulo de iti e ii? yo no lo sé, pero creia que no, si he leido en algun sitio que no se en que pais habia ingenieros de 3 y de 5 años pero no era general.

Existe en muchos países algo similar a lo que hay en España. Ojo, no quiere esto decir que sea exactamente igual a lo que tenemos, pero sí parecido. En esto, no hay nada "general". Cada uno hace y ha hecho siempre lo que ha querido.

tuso escribió:2º)Yo he visto contenidos de asignaturas de ii e iti en la web de la universidad y se diferencian en 6 temas, por ejemplo de dar 18 a dar 23, una anual la otra semestral.


Eso no dice nada. Las cosas se pueden estudiar con una profundidad completamente diferente, tanto que parezca otra asignatura que nada tiene que ver. Las fórmulitas pueden crecer hasta el infinito según lo que consideres y lo malo es que según crecen se complican más y su comprensión también.
tuso escribió:3º) Incluso en asignaturas que se dan en 3º de iti y 4º de II, he visto una asignatura totalmente igual, hasta los itis han pedido que se la convaliden con un trabajo(les han dicho que no pero bueno(antes lo hacian hasta que se quejaron los de ii...)

Lo mismo te digo que en la respuesta anterior. Vamos a hacer un ejemplo chorras. Imaginemos formulita que todos conocemos para un sistema que queremos mover,

F = m · a.

Esta fórmula se da casi en la EGB. Imaginemos ahora que el movimiento es circular. Pasamos entonces a

M=I·alfa

Donde I es el momento de inercia.

Si tenemos un cuerpo relativamente sencillo hay formulitas que te ayudan a calcular el momento de inercia de forma bastante rápida y sin mucha complicación, si no lo es, empezamos a jugar en otra categoría (con que se complique ligeramente, ya se juega en otra categoría).

Pongamos más cosas sobre el sistema a estudiar. Metamos el movimiento en un campo magnético y otro eléctrico independientes inicialmente entre sí entre sí y pongamos un muelle en el movimiento para complicar un poco las cosas. Pongamos también que no se mueve en el vacío sino en un fluido puñetero, por ejemplo el Ketchup, y que el movimiento es suficientemente grande como para que haya grandes variaciones de temperatura y, por tanto, tengamos vapor de ketchup en alguna zona, y así varíe la densidad entre un punto y otro del movimiento. Pongamos además, que la gravedad es variable.

Con todo esto, tenemos un precioso pastel que no hay quien resuelva. La formulita necesaria es en esencia la misma, pues la primera sería una simplificación de la última, pero te aseguro que cuando te enfrentas a ella no te lo parece para nada.

Por tanto, la convalidación de asignaturas no se debe basar en que se parezcan en el nombre o incluso en los epígrafes del temario, sino que ha de llegar mucho más allá. Puede que haya asignaturas comunes, no lo niego, pero la carrera, en general, no es la misma. Los II siempre envidiaremos la orientación práctica de los ITI, pero alguna ventaja también nos llevamos a cambio.

tuso escribió:6º) Respecto al origen no lo conocía, y no pretendo liar polemica, yo vengo de un sitio donde el clasismo es la moneda corriente(clasismo justificado o no, con conocimientos o no), quizas por eso he supuesto el origen de la separación.

Ya, pero ante todo, nuestras profesiones son de las de "me gusta mancharme las manos y si tengo que hacerlo a diario mejor que mejor". Normalmente ITIs e IIs trabajan codo con codo, cosa por un lado buena, pero que puede conllevar muchas tiranteces. Mejor no caer en ellas.

tuso escribió:De derecho no me hables, yo no ejerzo desde hace un monton de años por la poca fe que tengo en el sistema, lo de los pasantes no es cuestion de clases, es cuestion de explotacion pura y dura, debida a una sobreabundancia de titulados y escasez de trabajos.

Eso lo has dicho tú, aunque confieso que yo lo pensaba. Tengo buenos amigos abogados que han pasado por eso y no han sido precisamente los mejores años de su vida.

tuso escribió: sOIS MUY SUSCEPTIBLES, NO HAY QUE ENFADARSE TANTO NI ESTAR TAN A LA DEFENSIVA...bueno como ya dije paz amor y buen rollito :brindis

Tranquilo Tuso, por lo menos yo no me he enfadado en ningún momento, pero me gusta llevarte la contraria.

Paz, amor y buen rollito :brindis :brindis
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#196395
[quote="JCas"][quote="tuso"]


Por tanto, la convalidación de asignaturas no se debe basar en que se parezcan en el nombre o incluso en los epígrafes del temario, sino que ha de llegar mucho más allá. Puede que haya asignaturas comunes, no lo niego, pero la carrera, en general, no es la misma. Los II siempre envidiaremos la orientación práctica de los ITI, pero alguna ventaja también nos llevamos a cambio.


Ya, pero ante todo, nuestras profesiones son de las de "me gusta mancharme las manos y si tengo que hacerlo a diario mejor que mejor". Normalmente ITIs e IIs trabajan codo con codo, cosa por un lado buena, pero que puede conllevar muchas tiranteces. Mejor no caer en ellas.

Totalmente de acuerdo. Muy buena la explicación.
:plas :plas :plas
:brindis :brindis :brindis
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#196468
Bueno, no me voy a rendir tan pronto, es más... la asignatura era la misma el contenido el mismo y para sorpresa general...EL EXAMEN FUE EL MISMO, con los mismos problemas, de tal forma que el aguila que hizo el examen el dia después, si se habia mirado el otro aprobaba. El asunto fue que nadie se lo miró porque todos pensaron que no lo iba a repètir :lol: :lol:

Cosas que tiene la vida...tambien reconozco que el nivel de exigencia puede ser diferente, de momento no lo sé ya os contare despues de los intercuatrimestrales. :brindis :brindis
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#198954
eso no tiene nada que ver, un tio que estudió FP puede ser profesor en un instituto de formacion profesional, y un ITI tambien, y no por eso el tio de FP va a firmar jamas un proyecto. Yo si conozco un arquitecto superiore en plaza de ayuntamiento que salió con requisito de arquitecto tecnico. Lo enfocaron como "esa plaza es para un tio que tenga atribuciones de arq. tecnico, se presentó un arquitecto, aprobó, saco mejor nota y nadie se preguntó nada mas que "¿este tio tiene atribuciones de arquitecto tecnico?"...la respuesta...SI..Y ADEMAS UNAS CUANTAS MAS...y chimpun, se acabó el cuento.


ingenierogc escribió:
bubble escribió: El consejo confirmó que efectivamente una titulación de II NO ES EQUIVALENTE a ITI, que son titulaciones diferentes. Que otra cosa hubiera sido que hubiesen puesto en el requisito de titulación Ingeniero Técnico generalista, ya que ahí sí que se podrían haber presentado II, ITI, agrícolas, informáticos, obras públicas....Como en las bases la cagaron ahora ellos alegan un error, pero en la administración pública esos errores hay que publicarlos, cosa que no hicieron.


Hola Bubble. Espero que se solucione lo antes posible.

Lo que comentas del Consejo. Se tienen que cubrir las espaldas, dado que si dictaminas que una II ES EQUIVALENTE a ITI, est´an dando via libre para que un ITI haga valer esa equivalencia con II. Es un arma de doble filo para los II, dado que si se demuestra esa "equivalencia", los ITI saldrian ganando.

Saludos. :saludo Y suerte.
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#199045
TRIKY escribió:eso no tiene nada que ver, un tio que estudió FP puede ser profesor en un instituto de formacion profesional, y un ITI tambien, y no por eso el tio de FP va a firmar jamas un proyecto. Yo si conozco un arquitecto superiore en plaza de ayuntamiento que salió con requisito de arquitecto tecnico. Lo enfocaron como "esa plaza es para un tio que tenga atribuciones de arq. tecnico, se presentó un arquitecto, aprobó, saco mejor nota y nadie se preguntó nada mas que "¿este tio tiene atribuciones de arquitecto tecnico?"...la respuesta...SI..Y ADEMAS UNAS CUANTAS MAS...y chimpun, se acabó el cuento.


ingenierogc escribió:
bubble escribió: El consejo confirmó que efectivamente una titulación de II NO ES EQUIVALENTE a ITI, que son titulaciones diferentes. Que otra cosa hubiera sido que hubiesen puesto en el requisito de titulación Ingeniero Técnico generalista, ya que ahí sí que se podrían haber presentado II, ITI, agrícolas, informáticos, obras públicas....Como en las bases la cagaron ahora ellos alegan un error, pero en la administración pública esos errores hay que publicarlos, cosa que no hicieron.


Hola Bubble. Espero que se solucione lo antes posible.

Lo que comentas del Consejo. Se tienen que cubrir las espaldas, dado que si dictaminas que una II ES EQUIVALENTE a ITI, est´an dando via libre para que un ITI haga valer esa equivalencia con II. Es un arma de doble filo para los II, dado que si se demuestra esa "equivalencia", los ITI saldrian ganando.

Saludos. :saludo Y suerte.



Eso funciona asi hasta que un arquitecto tecnico llega al juzgado que corresponde, que puede ser muy alto y estar muy lejos y tardar mucho...pero al final llega...y cuando eso pasa pues ala, corrupcion al canto, gente a la carcel, anulacion de la plaza etc etc etc...lo unico dificil es encontrar al arquitecto tecnico que esté dispuesto ha hacerlo.(aunque mira parece que BUBLLE? si está dispuesta a ello, es mas parece que lo ha hecho). :brindis :brindis
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#199336
tuso escribió:Eso funciona asi hasta que un arquitecto tecnico llega al juzgado que corresponde, que puede ser muy alto y estar muy lejos y tardar mucho...pero al final llega...y cuando eso pasa pues ala, corrupcion al canto, gente a la carcel, anulacion de la plaza etc etc etc...lo unico dificil es encontrar al arquitecto tecnico que esté dispuesto ha hacerlo.(aunque mira parece que BUBLLE? si está dispuesta a ello, es mas parece que lo ha hecho). :brindis :brindis

Bueno, en realidad, no es tan sencillo. :?
El tema de la reclamación en un proceso de selección por un tema como éste se resuelve generalmente por la vía Contencioso-Administrativa, una vez agotada la vía administrativa común. Circunstancia que, por cierto, suele darse en todos los casos: a ningún tribunal le gusta que le desdigan en un fallo como éste.

Y el problema ya no es que el sistema judicial tarde horrores en dictar sentencia (que los tarda), sino que en general, no parece que exista un profundo conocimiento en esta disciplina del ordenamiento jurídico.
Por lo tanto, cuando el juez falla, con varios años de retraso respecto al proceso inicial (fijaos en el caso de Bubble: lleva casi seis años esperando sentencia :cabezazo ), se ve en la tesitura de, por un lado, interpretar una normativa que ni el propio Consejo de Universidades tiene claro, y por otro, enviar a la calle a una persona que lleva unos cuantos años desarrollando su carrera profesional; y lo que es peor, en algunos casos, incluso desarrollándola perfectamente.

Con lo cuál, ¿qué hace el Señor Juez?
Pues lavarse las manos. Así de fácil y sencillo. :yep
Que se quede todo como está:
- El funcionario "colocado" injustamente de rondón sigue en su puesto.
- Se le da un tirón de orejas al Servicio de recursos humanos del órgano administrativo correspondiente (Ayuntamiento, Diputación, etc...) que haya convocado la oposición para que la próxima vez desarrolle unas bases de acuerdo a derecho. :goodjob
- Y el que se quedó fuera injustamente (en este caso, Bubble), que se busque la vida; como ya ha venido haciendo durante los años de tramitación del expediente, por otra parte. :nono2

Porque por otra parte, para que un proceso de este tipo llegue a término, tienen que darse varios condicionantes:
- Que la parte agraviada se dé cuenta de que se la están metiendo.
- Que sepa cómo desenvolverse en el ámbito, y qué recursos/medios tiene a su disposición para que la reclamación llegue hasta donde tiene que llegar.
- Que tenga ganas y tiempo de iniciar el proceso (sin saltarse ni un paso, por cierto, que si no, se lo desestiman).
- Que tenga recursos económicos para costear un profesional que tramite el expediente.
- Que albergue esperanzas de que alguien medianamente ecuánime pueda fallar conforme a justicia, al cabo de varios años.

Todas estas circunstancias, pero principalmente la última, hacen que este tipo de expedientes de reclamación prosperen lo justo y necesario.

¿Quién tiene ganas y tiempo para luchar contra todo eso? ¿Seríais capaces? Bueno, Bubble ya sé que sí, pero en mi caso, no tendría tan claro tuviese ganas, ni perseverancia para eso.

Y así están las cosas, bajo mi punto de vista. Estamos en España, nos guste o no. A mí no, pero...ye lo que hay. :cabezazo
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#199470
Efectivamente amenofis es todo como lo has dicho, pero siempre hay UN LOCO. Recordais el caso de un tipo que le multaron en madrid 3000 pts y llego al tribunal europeo(creo recordar) Y GANO ...le devolverian las tres mil pesetas y el ayuntamiento tuvo que cambiar el correspondiente reglamento.....HAY GENTE PA TO. :lol: :lol:
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#199548
amsantana escribió:Yo soy de la opinión de que si has hecho primero ITI si pero si no ni de coña.
un saludo.

No acabo de entender. :ein
Por lo que se ve, sí es posible que un II se presente a una plaza de ITI, en función de cómo estén definidas las bases de la convocatoria. Bueno, sin ir más lejos, a mí me han dejado presentarme a algunos procesos en esas condiciones.

El tema está en que si en las bases no especifica qué Ingeniería Técnica (Industrial, Obras Públicas, etc...), es decir, si se limitan a poner "Se convoca una plaza de Ingeniera Técnica", las II nos podemos presentar a dicha plaza. :yep
Ahora bien, si en las bases pone "Se convoca plaza de Ingeniera Técnica Industrial", entonces las II nos jodemos. :doh :mrgreen:

Y además, creo que hay jurisprudencia al respecto. Pensaba que ya lo había comentado esto... :oops:
:brindis
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#199552
Amenofis escribió:El tema está en que si en las bases no especifica qué Ingeniería Técnica (Industrial, Obras Públicas, etc...), es decir, si se limitan a poner "Se convoca una plaza de Ingeniera Técnica", las II nos podemos presentar a dicha plaza. :yep
Ahora bien, si en las bases pone "Se convoca plaza de Ingeniera Técnica Industrial", entonces las II nos jodemos. :doh :mrgreen:


¿Se podría llegar a argumentar que si se convoca una plaza de Ingeniero Técnico Industrial, sin especificar especialidad un II se podría presentar? Que para eso somos los generalistas por excelencia... 8) Supongo que es el caso de antes, meterse en pleitos y que acabe decidiendo el juez.
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#199559
Goran Pastich escribió:¿Se podría llegar a argumentar que si se convoca una plaza de Ingeniero Técnico Industrial, sin especificar especialidad un II se podría presentar? Que para eso somos los generalistas por excelencia... 8) Supongo que es el caso de antes, meterse en pleitos y que acabe decidiendo el juez.

Bueno, como decía antes, sólo conozco mi propia experiencia, y algún aspecto más que me han comentado relativo a la jurisprudencia, pero de la que no dispongo datos concretos.

Pero lo cierto es que a mí me rechazan en todas las convocatorias en las que se especifica lo de "Industrial", mientras que en las que se quedan en "Ingeniera Técnica", a secas, me dejan presentarme. :fumeta

Quiero decir que no conozco cuáles son los motivos para ello, ni en base a qué fundamentos se establece esta discriminación, pero lo cierto es que conmigo siempre se han cumplido esta regla. :yep

A ver si se pasan por aquí otras ilustres foreras con más horas de vuelo en estas lides, que seguro algo más concreto podrán aportar. :brindis
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#199657
Atension pregunta ¿que pasaria si yo como ITI me quiero presentar a una plaza de, digamos, delineante?
Seguramente tengo atribuciones mas que suficientes para ello, pero no la misma formacion, no?

Creo que ya comente mi caso, una opo de un ayuntamiento que poni Tecnico Medio en Ingenieria Industrial (diorrrr mio, ¿pero eso existe?) y en la titulacion especifica dejabana a II e ITI, ademas recurieron a la RPT y segun los informes de losConsejos Grales de II e ITI al final dejarn que los II se presentaran, y me gano por un palmo la II que se presento....

Q tal la preguntita de arriba

:saludo
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#199701
Tal y como dijo Amenofis, si en las bases de la convocatoria indican la titulación de ingeniero técnico, al ser genérica sí que pueden presentarse II, y también IT agrícolas, IT informáticos...etc

Como ya he comentado alguna vez, esto lo se de buena mano, de un informe que pedí al Consejo General de Universidades por el recurso que tengo interpuesto. Debo ser de las pocas locas que se lanzan a recurrir. :roll:
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#199723
bubble escribió:Tal y como dijo Amenofis, si en las bases de la convocatoria indican la titulación de ingeniero técnico, al ser genérica sí que pueden presentarse II, y también IT agrícolas, IT informáticos...etc

Como ya he comentado alguna vez, esto lo se de buena mano, de un informe que pedí al Consejo General de Universidades por el recurso que tengo interpuesto. Debo ser de las pocas locas que se lanzan a recurrir. :roll:


Las grandes cosas de este mundo las han hecho grandes locos. Loco no es un termino despectivo sino todo lo contrario, nos harian falta millones de locos :brindis
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