Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#124213
Hola a todos, puede que la consulta que lanzo esté ya sobretratada en el foro, pero he estado intentando rastrear sobre el tema y no he encontrado respuesta concreta. A ver si alguien me puede ayudar contestando o remitiendome al sitio donde pueda encontrarla.

Resulta que acaban de instalar la instalación de BIEs en un taller del que me estoy encargando como técnico director de obra. Una vez terminada y viendola me asaltan dos dudas:

1ª.- Tanto el aljive como el grupo de presión se han ubicado en una esquina del taller, cerca de la acometida del agua, pero totalmente a la vista. No se ha dispuesto ningún tipo de división con respecto al resto de la nave. Mi pregunta es ¿Hay algún requerimiento normativo que obligue a independizar la ubicación de la isnatalación de suministro de agua a las BIEs?. Mi sentido común me dice que debería haber algún REI entre la zona donde se puede producir el incendio y la zona donde está el recurso para apagarlo ¿no?.

2ª.- El grupo de presión lleva motor eléctrico y solo se ha previsto alimentación desde el cuadro general de la nave. ¿Hay algún requerimiento normativo que exija que la alimentación del grupo se tenga que hacer desde otra acometida o por otros medios?. Mi sentido común me dice que si el bombero lo primero que hace es apagar la instalación eléctrica general para proceder luego a atajar el incendio, en la situación que se plantea en este caso dejaría nula la utilización de las BIEs.

Puede que sean preguntas algo chocantes cuando la instalación se supone que ha sido realizada por una empresa instaladora que debe dominar el tema bastante bien, disponiendo todo lo que hay que disponer y como ha de dispnerlo (tendrá que certificarla). Pero en mi calidad de directo de obra y representante del cliente, me gustaría tener mas información para, si ha lugar, poder rebatirles sus planteamientos.

Gracias de antemano y saludos.
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#124395
Ahora mismo no tengo la normativa delante :oops: pero recuerdo de memoria que en uno que proyecté el cableado es 400º 2h para poder asegurar el suministro en caso de incendio, y el interruptor diferencial es superinmunizado. El equipo se compone de la bomba principal y la bomba jockey.

Sobre el REI de separación entre el equipo y la zona de riesgo, si el taller es ITC-29 deberás instalarlo fuera de la zona de peligro, pero que tengan que estar en sectores diferentes no lo recuerdo.
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#124412
Yo no recuerdo que diga nada en nigún sitio, pero realmente es lógico que el grupo de presión esté compartimentado respecto el resto del local...
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#124653
Muchas gracias a los dos colegas catalanes que han contestado, pero no quiero creer que no haya nadie en el foro que esté al tanto de esas dos cuestiones técnicas.

Venga, hombre, ayudadme en el apuro.
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#124654
Muchas gracias a los dos colegas catalanes que han contestado, pero no quiero creer que no haya nadie en el foro que esté al tanto de esas dos cuestiones técnicas.

Venga, hombre, ayudadme en el apuro.
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#124677
Voy a intentarlo, pero no se si te va a gustar mucho mi respuesta.

El abastecimiento de agua de un sistema de bies lo regula la norma UNE 23500. En ella debes buscar las respuestas a tus dudas. No todas están contempladas.

Como bien dices el tema está muy debatido y con opiniones diversas debido a las "lecturas" que se pueden hacer de la norma.
Mira un poco todo esto y luego comentamos.

Lo que no puedo estar de acuerdo es con lo que dices sobre la empresa instaladora.
Creo que has invertido el orden:
Aunque ésta deba certificar y ser responsable (no único) del sistema del abastecimiento de agua, para su ejecución debe guiarse por un proyecto y una dirección de obra.. Y es en el proyecto donde debe quedar perfectamente definida la instalación del sistema y el cumplimiento de la normativa que le afecta.

saludos
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#124694
Totalmente de acuerdo contigo TAMA, primero el Proyecto y luego la instalación y dirección de obra. Ese es, digamos, el orden lógico. Pero este caso me ha venido algo peculiar, tengo que hacer la DO del proyecto de otro técnico, y en este no estaban detallados los temas de mis dudas. Como quiera, aún teniendo que ir por el orden lógico, seguiría teniendo los mismos problemas para redactar el proyecto en estos aspectos.

Voy a consultar la UNE 23500, a ver si puedo sacar conclusiones. Muchas gracias por tu respusta. Saludos.
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#124725
Si pones en el buscador del foro de seguridad en caso de incendio:
UNE and 23500 te salen un montón de temas sobre tus dudas.

Una cosa es lo que la norma obliga y otra lo que es conveniente:

Te indico mi opinión sobre tus dudas de la UNE 23500:

El abastecimiento que necesitas para un sistema de bies de acuerdo al RSCIEI es de categoría III

La categoría III (según la tabla 6) la cumplirías con un equipo de bombeo (de acuerdo al punto 5.4) dotado de un único equipo de bombeo principal que puede ser eléctrico, aspirando de un depósito de acuerdo a la tabla 1.

La alimentación eléctrica debe ser independiente desde el cuadro general de distribución y con interruptor independiente señalizado.

Hasta aquí, a grandes rasgos, lo obligatorio. Todo lo que consideres tú necesario además de ésto irá en aumento de la seguridad:

Compartimentación del abastecimiento, protección de la alimentación eléctrica, segunda acometida eléctrica, segundo equipo de bombeo diesel, etc, etc, etc,

saludos
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#124759
Muchas gracias TAMA. Tu ayuda me ha sido de mucha utilidad. Me he hecho con copia de la 23500-90 y me estoy "empapando" de todos los detalles que tu me resumes en tu mensaje.

Saludos,
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#126194
Efectivamente, la UNE 23500 establece como debe ser la alimentación del grupo de presión del caso que me ocupa. Lo apuntado por TAMA en un comentario anterior es "clavado" con lo que la norma exige. Gracias de nuevo.

El otro tema, el de la compartimentación, si que no es tratado para nada en la UNE 23500. Está claro que el sentido común me puede llevar a diseñar uno u otro aislamiento del sistema de abastecimiento de agua en función de la seguridad, pero convencer de ello al cliente es "harina de otro costal". Mirando el euro, al cliente solo le convence, en la mayoría de los casos, el enseñarle una norma o ley que exija lo que tu le planteas, por ello mi interés en saber si hay alguna norma que hable de como tiene que estar ubicado el sistema y su división o no con respecto a la actividad.

Saludos.
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