Hola TAMA58,
TAMA58 escribió:Si lo que querías era llegar aquí te podías haber ahorrado gran parte del camino.
Queria llegar aqui y ademas saber si lo que dice el punto 8.3 es para todos los lugares con elementos con tension de mas de 24 V. como por ejemplo un recinto con una bombilla a 220 v., o solo, como dije al principio, para lugares en los que la presencia de elementos electricos sea importante, p.e. CT, cuartos de contadores, cuartos electricos y semejantes. Como ves esta vez me como el etc.
Lo que pasa es que me explico bastante mal y me cuesta ordenar mis pensamientos de una forma concisa, por lo que te pido perdon si crees que te he hecho perder el tiempo.
TAMA58 escribió:La afirmación la sigo manteniendo, porque es válida para la mayoría de los establecimientos industriales que regula el RSCIEI.
Pues es una afirmacion erronea, pero tu mismo.
TAMA58 escribió:Repasa y contrasta tus afirmaciones.
Ahora, eso sí, te rogaría que no dijeras cosas que yo no he dicho.
saludos
Con la afirmacion que me llevo a escribir el primer post, lo que entendi era que estabas extrapolando el punto 8.3 a todos las partes de un establecimiento industrial. De ahi el resto de mis deducciones.
Pero de todas las formas, vuelvo a repetir, si algo te a molestado te ruego que me perdones, nada mas lejos de mi intencion que ofenderte ya que para mi, eres el mayor de mis referentes en el tema de incendios, bueno, junto con unomas.
Saludos y no dudes que si algun dia nos encontramos sera un honor invitarte a unas cañas.