Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#369760
Buenas tardes, realizando unos test referentes al actual RIPCI me aparece la siguientes cuestión/problema:

- Según el RD 513/2017, por que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios, ¿qué radio de acción tendría una BIE con manguera semirrígida, sabiendo que la separación máxima entre cada BIE y su más cercana será de 50 m.?

a) 20 m.
b) 25 m.
c) 30 m.
d) 35 m.

Dan por buena la opción D) 35m.

Mi pregunta es por qué no pueden ser correctas también la B e incluso también la C, dado que el reglamento no especifica que la longitud de la manguera sea obligatoriamente de 30m. sino que dice que como máximo de 30m. y con las respuestas B y C también quedaría cubierto por el radio de acción no?
Si es posible algún ejemplo aclaratorio de los porqués sería genial.
Un saludo y muchísimas gracias por vuestra ayuda.
por
#369776
hola rebollera
En el actual ripci 513/2017 el radio de acción de una bie 25 depende solamente de la longitud de la manguera, al no citarse en la pregunta, no es posible responderla correctamente.
un saludo
Avatar de Usuario
por
#369957
El RIPCI nuevo te dice que la longitud máxima de una BIE semirrígida será de 30m y como su radio de acción de la manguera es incrementada en 5m,. por lo que su radio de acción es de 30+5 = 35m , pero claro está es que depende de la longitud de la manguera....
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