Aparacamientos y trasteros (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#39357
Estoy viendo el número de BIEs del aparcamiento el cual tiene dos plantas.

Los mts cuadrados del aparcamiento son 595 mts cuadrados el 1º y 522,63 mts cuadrados el 2º. Los voy a considerar completamente distintos para el cálculo.

Ahora bien tomando un radio de 25 mts para la primera BIE me cubre todo el aparcamiento, aunque si dibujo un recorrido logico me sale 27 mts. Tengo que poner dos o una ?

es correcto no contar los trasteros?

Es posible tener en una planta de aparacmiento solo una BIE ?

Gracias
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#39362
Las bies de los trasteros si las necesitan deben ser independientes, si por la superficie, los trasteros no necesitan Bies, no has de cubrirlas con las del garaje.

En cuanto a la distancia, hombre de 25 a 27 metros poquito hay seguramente moviendo un poco la bie consigas reducir esa distancia, es mas si tienes grupo de presión con aumentar un poquito la presión ya consigues ese alcance que te falta.

Ahora que si todo son pulgas, mejor pon dos:

Red publica con presión justita.
Garaje con practicamente 60 metros de vial y la bie centrada, mejor coloca dos.
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#39363
Hola Pman,

con respecto a lo de si es posible colocar en un aparcamiento solo una BIE, la respuesta es si siempre que cumpla lo que dice el RIPCI.
con respecto a lo de las distancias, hay que tener en cuenta que el RIPCI te obliga a cumplir al menos dos de ellas, la de que todo el sector tiene que estar protegido por, al menos, una BIE y la de que desde cualquier punto del sector tiene que haber un maximo de 25 m. hasta una BIE, siempre medidos en su longitud real, sin saltar por encima de los coches, ni a traves de los muros.
Todas las zonas que ocupe el sector de incendios deben de estar protegidas, trasteros, escaleras, etc..
La longitud que cubre una BIE de 25 es de 20+5 ya que tienen una manguera de 20 metros.
Por lo tanto si tienes un recorrido real de 27 m. hasta la BIE debes de colocar otra mas. Ademas debes de tener en cuenta que se deben de colocar, siempre que sea posible, a menos de 5 m. de la salidas del sector.

Saludos
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#39365
Mirate este post y descarga el documento que se adjunta , es en catalàn pero se entiende bien . Sí deben protegerse los trasteros con Bies , no hace falta que sea de forma independiente .
http://www.soloingenieria.net/foros/vie ... =trasteros
saludos :D
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#39370
Crispal si se trata de unos trasteros ubicados en el garaje, es decir cada uno para una plaza, estoy deacuerdo, si el recinto de trasteros tiene que ser un sector de incendios, utlizar la misma bie para ambos cosas??

:nono :nono

De todas formas eso es una interpretación, no hay nada en el CTE que diga que si los trasteros no necesitan bies que se protejan con loas del garaje, aunque bueno , es razonable.
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#39422
Hola a todos,

Primero, lo de aumentar un poco la presion para que alcance 27 m. no vale ya que esta hablando, creo, de recorrido real a pie hasta la BIE no de lo que alcanza la BIE, y aunque fuese asi tampoco se podria hacer ya que el RIPCI te dice que lo que abarca una BIE es lo que mide la manguera, 20 m., mas 5 m.
Segundo, lo del documento me parece una salvajada, o sea, que si tenemos trasteros de 2 m2 y el aparcamiento no necesita BIEs entonces hay que poner una BIE en cada trastero, im-presionante.
Ademas eso de que entidades locales se "inventen" cosas como que los trasteros de menos de 50 m2 hay que sectorizarlos y ademas protegerlos con BIEs me parece inaudito.
Ademas en el documento de interpretacion del DB SI de 9 de Agosto se dice que los trasteros en zona de aparcamientos:
"Si no excede de 50 m2 no se considera zona de riesgo especial, por lo que, ni el conjunto de la zona, ni cada trastero individualmente considerado precisan cumplir ninguna condición de compartimentación respecto del garaje".
Yo creo que en el caso que nos ocupa las BIEs del aparcamiento deberian de cubrir toda la superficie incluidos los trateros.

Saludos
por
#39424
pman escribió:Estoy viendo el número de BIEs del aparcamiento el cual tiene dos plantas.

Los mts cuadrados del aparcamiento son 595 mts cuadrados el 1º y 522,63 mts cuadrados el 2º. Los voy a considerar completamente distintos para el cálculo.

Ahora bien tomando un radio de 25 mts para la primera BIE me cubre todo el aparcamiento, aunque si dibujo un recorrido logico me sale 27 mts. Tengo que poner dos o una ?

Las necesarias para cumplir las condiciones del ripci.
Evidentemente con una no cumples.


es correcto no contar los trasteros?

No.
Tienes que contar siempre los trasteros contenidos en el sector.
El sistema de bies debe proteger la totalidad del sector.

Es posible tener en una planta de aparacmiento solo una BIE ?

Si.

Gracias


saludos
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#39480
No estoy de acuerdo con nadie :D :) :mrgreen:

pman escribió:es correcto no contar los trasteros?


A ver, los trasteros hay que considerarlos siempre, pero depende de la superficie que tengan y, en función de ella, si deben o no constituir ZONA DE RIESGO ESPECIAL (Riesgo especial y no sector, los trasteros NUNCA tienen que constituir un sector porque 'trastero' no es un uso previsto en el CTE DB SI.)


Si la superficie del conjunto o zona de trasteros agrupados supera 500 m2, tiene que ser zona de riesgo especial alto y conforme a la tabla 1.1 de SI 4 es obligado que disponga de instalación de BIEs propia para esa zona.


Si la superficie de los trasteros agrupados está comprendida entre 50 m2 y 500 m2, será zona de riesgo especial bajo o medio. Tendrá entonces que estar compartimentada con respecto al garaje y al resto del edificio con los elementos EI y puertas que correspondan según la tabla 2.2 de SI 1 y tablas 3.1 y 3.2 de SI 6, pero no necesita obligatoriamente instalación de BIEs ni tampoco necesita que las BIEs del garaje (en caso de ser exigibles) llegen a proteger los trasteros.


Cuando la superficie de los trasteros agrupados sea menor que 50 m2 no constituyen zona de riesgo especial. Pueden formar parte del garaje y comunicarse directamente con él sin necesidad de elementos resistentes al fuego. En este caso la superficie de los trasteros debe sumarse a la superficie del garaje y si el conjunto total supera 500 m2 es obligatorio instalar un sistema de BIEs que proteja tanto las plazas de aparcamiento como los trasteros porque todo ello constituye el mismo ámbito de riesgo.


creo yo :saludo
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#39487
olerux escribió:No estoy de acuerdo con nadie :D :) :mrgreen:

pman escribió:es correcto no contar los trasteros?


A ver, los trasteros hay que considerarlos siempre, pero depende de la superficie que tengan y, en función de ella, si deben o no constituir ZONA DE RIESGO ESPECIAL (Riesgo especial y no sector, los trasteros NUNCA tienen que constituir obligatoriamente un sector porque 'trastero' no es un uso previsto en el CTE DB SI.) (pero es una parte de un determinado uso)

De acuerdo


Si la superficie del conjunto o zona de trasteros agrupados supera 500 m2, tiene que ser zona de riesgo especial alto y conforme a la tabla 1.1 de SI 4 es obligado que disponga de instalación de BIEs propia para esa zona.

Correcto, aunque el sector en que se encuentra no esté protegido por un sistema de bies.

Si la superficie de los trasteros agrupados está comprendida entre 50 m2 y 500 m2, será zona de riesgo especial bajo o medio. Tendrá entonces que estar compartimentada con respecto al garaje y al resto del edificio con los elementos EI y puertas que correspondan según la tabla 2.2 de SI 1 y tablas 3.1 y 3.2 de SI 6, pero no necesita obligatoriamente instalación de BIEs ni tampoco necesita que las BIEs del garaje (en caso de ser exigibles) llegen a proteger los trasteros.

Totalmente en desacuerdo:

Un local o zona de riesgo especial (bajo, medio o alto) dentro de un sector (del uso que sea) con exigencia de bies debe quedar cubierto por el sistema.

Un archivo que sea local de riesgo especial dentro de un sector de uso administrativo con exigencia de bies ¿Tampoco debe quedar protegido por el sistema?

Mi opinión es que un LRE, además de las instalaciones que correspondan al sector necesita otras medidas de protección adicionales (dependiendo del nivel de riesgo), como la compartimentación propia respecto al sector, menor recorrido hasta un extintor, bies, detección, etc, aunque al sector no se le exija.


Cuando la superficie de los trasteros agrupados sea menor que 50 m2 no constituyen zona de riesgo especial. Pueden formar parte del garaje y comunicarse directamente con él sin necesidad de elementos resistentes al fuego. En este caso la superficie de los trasteros debe sumarse a la superficie del garaje y si el conjunto total supera 500 m2 es obligatorio instalar un sistema de BIEs que proteja tanto las plazas de aparcamiento como los trasteros porque todo ello constituye el mismo ámbito de riesgo.

También de acuerdo


creo yo :saludo


En resumen:

Si los trasteros no están compartimentados deben estar protegidos por el sistema de bies si el aparcamiento debe estar dotado de dicho sistema, ya que la exigencia es para el sector.
La superficie de los trasteros computa para el tamaño de sector.

Si los trasteros son de riesgo especial bajo o medio, deben estar protegidos por el sistema de bies si el aparcamiento debe estar dotado de dicho sistema, ya que la exigencia es para el sector.
La superficie de los trasteros no computa para el tamaño de sector.

Si los trasteros son de riesgo alto deben estar dotados de sistema de bies aunque al aparcamiento no se le exija dicho sistema.
La superficie de los trasteros no computa para el tamaño de sector.

Es mi opinión

Nota: Particularmente y en general me gustan las interpretaciones (Tinsci) de Cataluña de la normativa contra incendios. Las correspondientes al CTE no las he leido todavía, aunque imagino que seguirán la línea de las de la NBE CPI 96.


saludos
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#39539
No estoy deacuerdo Tama, si el conjunto de trasteros es una zona de riesgo especial, sea baja, media o alta, es por tanto ya un uso distinto, con respeco al cual el garaje debe constituir un sector de incendios independiente, por tanto el garaje en este caso no tiene nada que ver con el "sector" trasteros.
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#39562
Y trasteros individuales que no constituyan LRE ¿si?

¿Qué uso es una zona de trasteros (LRE bajo, medio o alto) en uso aparcamiento?

¿El uso aparcamiento no puede tener LRE?

saludos
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#39586
TAMA58 escribió:¿El uso aparcamiento no puede tener LRE?


Parece que no y me remito a esta pregunta de los criterios de interpretación del DB-SI.

Indica que por el lado del garaje, los LRE tipo trastero, salvo los menores de 50 m2 deben quedar compartimentados del mismo.

Esto está un poco en sintonia con lo que se dice de los garajes, que deben de constituir un sector independiente de cualquier otro uso, y al fin al cabo los trasteros están considerados uso vivienda, se permiten los conjuntos inferiores a 50 m2, ya que se supone que no aportan un riesgo importante.
Regístrese y/o inicie sesión para ver archivos adjuntos.
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#39609
TAMA58 escribió:¿Qué uso es una zona de trasteros (LRE bajo, medio o alto) en uso aparcamiento?

¿El uso aparcamiento no puede tener LRE?


Es uso aaparcamiento, que es donde están situados, o en todo caso uso vivienda si el garaje forma parte de un edificio de uso principal vivienda del que es subsidiario.


Es que los Locales de riesgo especial no forman parte del sector con el que limitan, que los rodea, que los engloba o como queramos llamarlo.

Por un lado, los sectores de incendio son zonas normales con riesgo normal, el propio de su uso (hospital, docente, administrativo, vivienda, aparcamiento, etc.).

Por otro lado, hay determinados recintos que por su contenido, superficie, volumen, potencia instalada,.. etc. tienen un riesgo especial, mayor que el normal y que por ello se les exige condiciones especiales, más restrictivas.

No pueden existir LRE con riesgo menor que los sectores de uso normal que los engloban.

TAMA58 escribió:Si los trasteros son de riesgo especial bajo o medio, deben estar protegidos por el sistema de bies si el aparcamiento debe estar dotado de dicho sistema, ya que la exigencia es para el sector.
La superficie de los trasteros no computa para el tamaño de sector.


Es posible que esa sea o haya sido la intención de los redactores del CTE, pero de ser así lo han escrito muy muy mal porque en ninguna parte del CTE se exige que los locales de riesgo especial bajo o medio deban disponer de instalación de BIEs. No lo veo por ninguna parte




Hablando de otra cosa......

El documento ese del TINSCI, a pesar de que presume de aumentar las medidas de seguridad del CTE, lo cierto es que en algun caso está incluso por debajo. :shock: :shock:

Me refiero a los trasteros de riesgo especial bajo (superficie entre 50 y 100 m2) situados en aparcamientos (del invento de la clasificación riesgo reducido prefiero no opinar)


Para el caso de trasteros de riesgo especial bajo aparecen reflejadas unas paredes divisorias EI 90 que se supone homogéneas y con grado de resistencia al fuego que también debemos suponer igual por sus dos caras puesto que no se hace referencia alguna a que pueda ser de otra manera

Un Local de Riesgo Especial Bajo (en este caso LRE_Bajo=trasteros) rodeado o limítrofe con un garaje y separado de él con paredes simples de construcción simétrica no puede tener paredes EI 90 como dice el TINSCI, ni su estructura puede ser R 90, sino que hay que ponerlo todo como mínimo EI 120 y R 120 como corresponde a todo aquello que delimite un sector aparcamiento con otra cosa (Tabla 1.2 de SI 1).

Y si esto es así (que lo es) entonces las puertas de acceso a esa zona de trasteros de riesgo especial bajo tampoco pueden ser EI2 45-C5 como refleja el TINSCI.

Tendrían que ser EI2 60-C5 o bien interponer un vestíbulo con 2 puertas EI2 30-C5. ....o no?

interesante discusión en todo caso. :roll:

saludos.
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#40155
Buf interesante discusion.

Mi opinion es que si el conjunto de trasteros debe (por exigencia de la normativa) ser un sector de incendio diferente por ser un LRE no es necesario que las BIES que cubren el aparcamiento cubran esa zona. Ese LRE debera cumplir con las exigencias que resume la TINSCI.

Si son trasteros individuales por plaza el amigo JLP dijo que si la suma de trasteros individuales uno tras otro no superaba los 50m2 no habia que sectorizar por no constituir un LRE. Tambien se podia evitar siempre que se pudieran unos muros con 1 m de ancho que me separan los "grupos" de trasterillos individuales.

UMM despues os lo explico mejor, que me reclaman mis perrillos
Me tengo que ir, despues continuo...
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