- 14 Feb 2008, 16:08
#52396
gracias, entendido. Ahora me sale otra duda, segun el DBSI salas de instalaciones seran de riesgo bajo segun lo descrito en el RITE. Vas al RITE y sus normas UNE dicen;
"No tienen consideración de sala de máquinas los locales en los que se
sitúen generadores de calor con potencia térmica nominal menor o igual que 70 kW o los equipos autónomos de climatización de cualquier potencia."
A mi ver una sala de maquinas con una UTA de >70kW donde la caldera esta en otra sala no seria sala de maquinas y por tanto no seria local de riesgo especial bajo ya que son unidades de tratamiento de aire, basicamente un intercambiador de calor y un ventilador.
Que pensais??