- 17 Abr 2007, 16:26
#7251
A.5.3.6 Zonas que no requieren cobertura. Salvo que existan requisitos especiales, puede considerarse que algunas
áreas tienen un riesgo tan bajo de incendio, que no necesitan protección, incluso en sistemas de Clase 1 o Clase
2. Tales áreas pueden incluir:
– locales reducidos (de hasta 2 m2) utilizados para fines sanitarios, a condición de que no se utilicen para almacenar
materiales o desperdicios combustibles;
– conductos de cables con secciones transversales inferiores a 2 m2, siempre y cuando estén adecuadamente protegidas
contra el fuego e ignifugadas donde atraviesen suelos, techos o paredes;
– muelles de carga descubiertos;
– locales protegidos por sistemas automáticos de extinción y separados de otras áreas por elementos constructivos
resistentes al fuego (siempre y cuando otras normas no exijan la detección de incendios);
– huecos que:
– midan menos de 800 mm de altura; y
– midan menos de 10 m de largo; y
– midan menos de 10 m de ancho; y
– estén completamente cerrados con material incombustible; y
– no contengan materiales inflamables; y
– no contengan cables relacionados con sistemas de emergencia (salvo que el cable pueda resistir el fuego durante
30 min como mínimo);
– huecos de escalera, no destinados a contener materiales inflamables, que estén en su propio compartimiento de
incendios y que no formen parte de una vía de escape.