Certificados de las ignifugaciones (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
por
#292303
Hola,

Alguien sabría decirme si estoy en lo cierto, me han dicho que para las ignifugaciones, (al menos para la estructura metálica de una nave) necesito que la empresa instaladora me proporcione 2 certificados.

1º.- Posterior al trabajo realizado un cert. de empresa instaladora con lo que se ha aplicado.
2º.- Posterior tb al trabajo, un cert. firmado por un ingeniero colegiado.

Me gustaría saber si es necesario adjuntar al cert. de empresa instaladora también, las fichas técnicas del producto. Si la cosa quedaría aquí o se necesita algo más?

Un saludo.
por
#293020
Buenos días,

En principio con un solo certificado que especifique:

- Producto aplicado, haciendo referencia al ensayo oficial.
- Método de aplicación.
- Lugares donde se ha aplicado el producto.
- Espesor de aplicación y EI obtenida en función del espesor aplicado, material aplicado y pilar o viga aplicado.

Todo esto firmado por el ingeniero de la empresa que ha realizado el trabajo.

Un saludo,

Gabriel
por
#294397
En Barcelona provincia normalmente se entrega una copia del ensayo de la pintura intumescente con la certificacion del fabricante de la cantidad de Kg. o Lt. suministrados para una obra en concreto con la direccion de la obra. Y el certificado del aplicador conforme a aplicado ese material en esa obra con los grosores correspondientes segun el ensayo.

En Barcelona ciudad los bomberos solicitan tambien un certificado de la ECA conforme comprobo los grosores de la obra y certifica que se cumpre el R30 o R60 o el necesario en esa obra, segun los calculos del ensayo usado.
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#296169
Gabriel escribió:Buenos días,

En principio con un solo certificado que especifique....
Todo esto firmado por el ingeniero de la empresa que ha realizado el trabajo.

Un saludo,

Gabriel


Y quién dice que la empresa de ignifugaciones tiene que tener un ingeniero????
Existen las empresas instaladoras de pasiva????? Vamos a esperar al nuevo reglamento, no?.

De momento el único certificado exigible ( al agente de la construcción autorizado) en ese tipo de instalaciones es el certificado de director técnico de obra. :mira
por
#296182
Muy buenas,

Me remito a:

- viewtopic.php?f=8&t=26259&start=15#p214210

También:

- CAPITULO III ,INSTALADORES Y MANTENEDORES DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS, SECCION 1ª INSTALADORES
Artículo 11.

Una empresa instaladora autorizada es aquella entidad que cumpliendo las condiciones establecidas en este reglamento, realiza las operaciones de instalación y/o aplicación de aparatos, equipos, sistemas y sus componentes, empleados en la protección contra incendios.


Artículo 13b.

b) Documentación acreditativa de su plantilla de personal, adecuada a su nivel de actividad, conforme a lo establecido en el apéndice 3. Deberá contar en plantilla, bajo contrato laboral, como mínimo a jornada completa, con un técnico titulado competente, responsable técnico, que acreditará su preparación e idoneidad para desempeñar la actividad que solicita.

Por favor, si me equivoco, corregidme.
por
#296191
Sir Maky escribió:Existen las empresas instaladoras de pasiva?????


Sí.
Existen las empresas que realizan instalaciones de protección pasiva. Alguien lo tiene que estar instalando ¿no?.


Contenido
Lo siento Sir Maky, lo has dejado a huevo.


un abrazo
por
#296261
Buenas tama,

Disculpa, ¿lo puedes explicar un poco? No acabo de entender. En principio el RIPCI es estatal.

:pausa

Gracias de antemano
por
#296263
Hola Gabriel

El RIPCI que yo manejo no coincide con el tuyo. Comprueba que sea el oficial.

El RIPCI vigente recoge 12 sistemas y extintores de incendios; todos ellos de protección activa.

saludos
por
#296375
Ok!!!
Gracias. Ya he comprobado el error en el documento que tenía. Pero leyedo en artículo 10, se habla de "sistemas" y yo siempre he asociado a esta palabra tanto protección activa como pasiva.

Un saludo,
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por
#296570
TAMA58 escribió:
Sir Maky escribió:Existen las empresas instaladoras de pasiva?????


Sí.
Existen las empresas que realizan instalaciones de protección pasiva. Alguien lo tiene que estar instalando ¿no?.


Contenido
Lo siento Sir Maky, lo has dejado a huevo.


un abrazo

Venga ya TAMA58, te estás cachondeando del personal.
Si somos rigurosos (como solemos ser) y no me hagas recordar los muchos post que puntualizas por una coma o por "y" en vez de un "ó", sabes perfectamente que la figura de "INSTALADOR DE PASIVA" no existe, al igual que la de instalador de macramé. El RIPCI contempla la figura de instalador en las disciplicnas que tú bien sabes y en ningún caso se encuentra las de nominadas "instalaciones pasiva" (que por cierto no son ni siquiera instalaciones propiamente dichas, sino aplicaciones o soluciones, pero eso es harina de otro costal).
Las aplicaciones de pasiva actualmente las realiza, pintores, escayolistas, o quien quiera, pero desde luego en ningún sitio dice que dichas instalaciones deban ser ejecutadas por INSTALADORES AUTORIZADOS. Y eso sí está a Güevo.
Por cierto yo estoy loco porque salga ya la ficgura del instalador de pasiva, pues observo un gran desconocimiento en el tema y una falta de control muy grande en el mismo.
¿cuádo saldrá el nuevo RIPCI??.... venga, venga, apunta y dispara que seguro que sabes algo.
por
#296575
Sir Maky escribió:
TAMA58 escribió:
Sir Maky escribió:Existen las empresas instaladoras de pasiva?????


Sí.
Existen las empresas que realizan instalaciones de protección pasiva. Alguien lo tiene que estar instalando ¿no?.


Contenido
Lo siento Sir Maky, lo has dejado a huevo.


un abrazo

Venga ya TAMA58, te estás cachondeando del personal.

Contenido
Era por "provocarte" un poco, que parece que estás en "huelga de foro".


Si somos rigurosos (como solemos ser) y no me hagas recordar los muchos post que puntualizas por una coma o por "y" en vez de un "ó",
Contenido
o "A" en lugar de "CADA" perocontoalarazondelmundo
sabes perfectamente que la figura de "INSTALADOR DE PASIVA" no existe
Contenido
Si existe
, al igual que la de instalador de macramé.

El RIPCI contempla la figura de instalador en las disciplicnas que tú bien sabes y en ningún caso se encuentra las de nominadas "instalaciones pasiva"
Contenido
Pero no has visto las demás intervenciones ........
(que por cierto no son ni siquiera instalaciones propiamente dichas, sino aplicaciones o soluciones, pero eso es harina de otro costal).

Las aplicaciones de pasiva actualmente las realiza, pintores
Contenido
instaladores de pasiva de toda la vida
, escayolistas
Contenido
instaladores de pasiva de toda la vida
, o quien quiera
Contenido
instaladores de pasiva de toda la vida
, pero desde luego en ningún sitio dice que dichas instalaciones deban ser ejecutadas por INSTALADORESAUTORIZADOSahora HABILITADOS. Y eso sí está a Güevo.

Por cierto yo estoy loco porque salga ya la ficgura del instalador de pasiva habilitado, pues observo un gran desconocimiento en el tema y una falta de control muy grande en el mismo.

¿cuádo saldrá el nuevo RIPCI??.... venga, venga, apunta y dispara que seguro que sabes algo. Saldrá, y la reforma del DBSI también. Pero parece que ahora los ministerios están preocupados por otra cosa


un abrazo
por
#296673
Perdonad per me estáis liando.... :fire ....Si, por ejemplo, en una nave industrial existente (A horizontal) , que actualmente no tiene alero cortafuegos, se instala dicho alero al iniciar una nueva actividad, esta instalación necesita un certificado firmado por el ingeniro de la empresa. Si esto no es necesario, estoy harto de ver como lo piden.

Aclaradmelo por favor.
por
#296680
Gabriel escribió:Perdonad per me estáis liando.... :fire ....Si, por ejemplo, en una nave industrial existente (A horizontal) , que actualmente no tiene alero cortafuegos, se instala dicho alero al iniciar una nueva actividad, esta instalación necesita un certificado firmado por el ingeniro de la empresa. Si esto no es necesario, estoy harto de ver como lo piden.

Aclaradmelo por favor.


Hola Gabriel

Sí. Creo que estás liado.

No hay ninguna norma con ámbito estatal donde sea obligatorio que una empresa que instala la franja que describes tenga la obligación de emitir ningún certificado.

No hay ninguna norma con ámbito estatal donde sea obligatorio que una empresa que instala la franja que describes tenga la obligación de habilitarse ante la administración como empresa instaladora de protección pasiva

No hay ninguna norma con ámbito estatal donde sea obligatorio que una empresa que instala la franja que describes tenga la obligación de disponer de técnico titulado

Ahora bien,

1) Hay CA que tienen regulada de diferentes maneras la instalación, aplicación etc. de sistemas de protección pasiva.
En estas CA puede ser obligatorio que una instalación de protección pasiva deba realizarse por empresas con control
administrativo (autorización, habilitación, etc).
En estas CA puede ser obligatorio que la empresa autrizada, habilitada, etc disponga de un técnico titulado, p.e. ingeniero.
En estas CA puede ser obligatorio la emisión de un certificado firmado por el técnico titulado.

2) En las CA que no tienen reguladas las instalaciones de protección pasiva puede realizar la instalación de la franja cualquiera.

3) Contractualmente la propiedad puede exigir a la empresa un certificado firmado por un ingeniero de la instalación de la
franja.

4) Pueden existir más posibilidades.

5) Existe un borrador de reforma del RIPCI (ámbito estatal) donde se contempla la regulación de las empresas instaladoras,
aplicadoras de protección pasiva. Todavía no se ha aprobado.

¿Más claro?

No dudes en preguntar cualquier duda que te quede.

un saludo.
Última edición por TAMA58 el 29 Feb 2012, 18:34, editado 1 vez en total
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por
#296681
Espero que las aclarciones que estais vertiendo os sirvan de ayuda a vosotros, porque lo que es al creador del hilo, se la trae al pairo...o es que ha sido baneado por no cumplir... :spain
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