Hola a todos. Creo que voy a daros la sorpresa del verano.
EL COLEGIO DE II DE VALENCIA HA PUBLICADO UNOS HONARIOS ORIENTATIVOS!!!! :botando :botando :botando :botando
Ahi va la noticia y os adjunto el link para descargarlo:
Criterios de Orientación a los efectos Profesionales
La Ley 7/1997, de 14 de abril, de medidas liberalizadoras en materia de suelo y de Colegios Profesionales, eliminó la potestad de los colegios profesionales para fijar honorarios mínimos, si bien podrán establecer baremos de honorarios orientativos.
La Ley 6/1997, de 4 de diciembre, de Consejos y Colegios Profesionales de la Comunidad Valenciana, establece en el artículo 5-n que para el cumplimiento de los fines esenciales, son funciones propias de los colegios profesionales establecer baremos de honorarios, que tendrán carácter meramente orientativo.
Por acuerdo de la Junta de Gobierno de 26.06.08, se aprueba la actualización de los "Criterios de orientación a los efectos Profesionales" para el año 2008 (únicamente con carácter orientativo), que deben suplirse en sus omisiones por lo previsto en el Decreto 1998/1961 sobre las antiguas tarifas de honorarios.
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:brindis