- 06 Oct 2008, 16:04
#116274
Buenas tardes,
Tengo que dar respuesta a una notificación municipal sobre la legalización de una actividad, en la cual se indica lo siguiente:
1. Que en la misma zona o en las proximidades existen otras actividades análogas que pueden producir efectos aditivos.
2. Que no queda justificada la evacuación en caso de incendio para el conjunto de todas las naves. Todo ello teniendo en cuenta las limitaciones que establece la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Me gustaría saber vuestra opinión de que como responder a ambos puntos, en especial al segundo, pues se trata de una actividad que ya está construida y lleva años funcionando.
En este caso la Ordenanza marca en el artículo 75 que ningún puesto de trabajo de trabajo fijo distará más de 25 metros de una puerta o ventana que pueda ser utilizada para la salida en caso de peligro. Además el artículo 24 indica la distancia máxima entra las puertas de salida al exterior no excederá de 45 metros.
En este caso se trata de naves muy largas, de unos 75 metros, con una única salida al exterior, y varias de ellas adosadas unas a otras, salvo una que está aislada.
Un saludo.