SHA escribió:Voy a realizar un proyecto de inst. eléct. en un campo de fútbol con una pequeña grada para unas 150 personas. En el RBT está considerado como un Local de Espectáculo y Actividades Recreativas por lo que:
- Deberá disponer de alumbrado de emergencia
- Deberá deisponer de suministro de socorro (25% Pcontrat.)
Entiendo que el alumbrado de emergencia deberá situarse en aseos, vestuarios, almacén y cafetería. ¿Y en la grada es necesario?. El reglamento solo de habla de recintos y el en CTE entiendo que se refiere a recintos de interior.
¿Para qué utilizo el suministro de socorro?, ¿para alimentar las torretas que iluminan el campo de fútbol y que no podrán volver a encenderse de nuevo hasta que se enfríen?
hola compañero,te doy una idea: el tema de alumbrado de emergencia lo podrias poner como balizas en los peldaños de las escaleras respecto a el alumbrado de socorro habia pensado lo mismo que tu
