Consultas y preguntas acerca de gas, productos petrolíferos licuados, o similar
por
#126652
Hola, buenas a todos.

es mi primer mensaje en el foro, así que perdón por anticipado en caso de meter la pata. :)

Quisiera plantear la siguiente cuestión: tengo una caldera no estanca de 24 Kw instalada desde 1994 en casa.
Tuve un problema con ella en 2005 y quisiera saber si en las revisiones anuales de mantenimiento que entonces realizaba por contrato de mantenimiento con el SAT del fabricante de la caldera, éste debía incluir (obligatoriamente) una comprobación del monóxido de carbono (análisis de combustión) en base a la normativa vigente en dicha fecha.

Actualmente, por lo que he ido leyendo, se debería pasar una revisión anual. ¿incluye la misma la comprobación de la combustión?

Agradecería respuestas al respecto.

Gracias por anticipado.

Un saludo
por
#127033
Compruebalo en el punto 22.2 de la IT.IC.22 de la Orden de 16-07-81 (BOE 13/08/81) que aprueba las IT del Reglamento de Calefacción y ACS.

http://www.boe.es/boe/dias/1981/08/13/p ... -18620.pdf
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por
#133371
Segun el nuevo rite, en la IT 3.4.1, dice que para instalaciones de menos de 70 Kw, el analisis de combustion y la medicion de CO, se debe hacer cada 2 años. De todas formas si estabas pagando un mantenimiento te lo deberian hacer todos los años.
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