Cocina-Riesgo Espescial Medio El tema está resuelto (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#129141
Hola,

Tengo la siguiente situación a ver si me podeis ayudar a despejar dudas(Ver esquema que se adjunta):

Un local en el que se dispone de una cocina que se clasifica como Riesgo Especial Medio, por lo tanto hay que disponer de vestíbulo y puertas EI2 30 – C5.

- ¿Se puede disponer de puertas correderas que cumplan esa eficacia? ¿O deberán ser las típicas abatibles?

- En el caso de emplearse puertas abatibles con eje de giro vertical (i.e. las puertas típicas ;)), ¿la apertura de las mismas debe ser en el sentido de la evacuación o no es necesario?

- Se puede observar que el citado vestíbulo comunica con la cocina y un despacho, entonces: ¿El despacho deberá disponer de una puerta EI2 30-C5?

- ¿La comunicación entre cocina y almacén también debe ser a través de puerta EI2 30-C5? ¿o se puede considerar que el almacén pertenece a la cocina?

Muchas gracias y un saludo
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#129152
mikolas escribió:- ¿Se puede disponer de puertas correderas que cumplan esa eficacia? ¿O deberán ser las típicas abatibles?


Pues no se como van a salir de la cocina los camareros con ambas manos cargadas... Yo diria que si.

Por cierto, mirando el esquema no se aprecia si los aseos tienen vestibulo previo a la zona de comedor (yo diria que no), por aqui se exige vestibulo.
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#129153
con lo de considerar las cocinas como locales de riesgo especial medio se me plantea una duda.

¿Puede un asadero de 40 m2 entre zona de público y zona de trabajo considerarse en su totalidad un local de riesgo medio no teniendo por lo tanto que contar con vestíbulo previo entre la zona de público y la zona de trabajo??
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#129157
Gracias fsi,

Estoy de acuerdo por el tema de la comodidad, aunque estoy seguro que durante el desarrollo de la actividad esas puertas van a estar abiertas.

Pero en el aspecto técnico y de normativa, ¿cual es tu opinón?

Con respecto al tema de los aseos, te diré que aquí tambien lo piden, y el pequeño hueco que ves y por el que se accede a los aseos es el vestíbulo...Aquí no piden (por ahora) que el acceso sea a través de una puerta. (Es cierto que en el plano faltaría marcar esa zona como vestíbulo)

Por cierto, evidentemente no puede existir un hueco para pasar los platos directamente desde la cocina, ¿verdad?
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#129164
mikolas escribió:Pero en el aspecto técnico y de normativa, ¿cual es tu opinón?


Mi opinion es que no he encontrado ningun punto del CTE donde no te deje utilizar puertas correderas para cocinas. Por otro lado, si es posible utilizar puertas correderas en salidas de emergencia, me inclino a pensar que en las cocinas tambien.

Ahora bien, no se si sanidad se metera en estos temas ..., que yo sepa no.
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#129178
gemoba escribió:con lo de considerar las cocinas como locales de riesgo especial medio se me plantea una duda.

¿Puede un asadero de 40 m2 entre zona de público y zona de trabajo considerarse en su totalidad un local de riesgo medio no teniendo por lo tanto que contar con vestíbulo previo entre la zona de público y la zona de trabajo??

Gemoba, no mezcles temas, hombre; tienes además un hilo expresamente dedicado a esa cuestión algo más abajo.

mikolas escribió:- ¿Se puede disponer de puertas correderas que cumplan esa eficacia? ¿O deberán ser las típicas abatibles?

Hombre, hay puertas correderas resistentes al fuego, aunque las típicas que yo conozco son para ambientes industriales. No sé si algún compañero las conoce para aplicaciones comerciales, por así decirlo.

mikolas escribió:- En el caso de emplearse puertas abatibles con eje de giro vertical (i.e. las puertas típicas ), ¿la apertura de las mismas debe ser en el sentido de la evacuación o no es necesario?

Esto se especifica en una de las notas de la tabla 2.1 del DB-SI.

mikolas escribió:- Se puede observar que el citado vestíbulo comunica con la cocina y un despacho, entonces: ¿El despacho deberá disponer de una puerta EI2 30-C5?

Eso de que el vestíbulo comunica con el despacho... no sé yo... ¿has visto la definición de vestíbulo de independencia?

mikolas escribió:- ¿La comunicación entre cocina y almacén también debe ser a través de puerta EI2 30-C5? ¿o se puede considerar que el almacén pertenece a la cocina?

Creo que si aplicas las condiciones exigidas al LRE al conjunto, sería posible.
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#129186
mikolas escribió:Gracias fsi,

Estoy de acuerdo por el tema de la comodidad, aunque estoy seguro que durante el desarrollo de la actividad esas puertas van a estar abiertas.


¿No han de estar cerradas siempre, salvo que tengan retenedor conectado a la centralita de incendios..?
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#129190
Gracias por las respuestas,

Antonio, entonces en base a la nota que comentas de la tabla 2.1 (y que he leido) , las puertas correderas no serían posible (por lo menos la que comunica cocina-vestíbulo).

[Nota tabla 2.1 del SI: Las puertas de los locales de riesgo especial deben abrir hacia el exterior de los mismos]

Siguiendo con dicha nota de la tabla 2.1, ¿la puerta del vestíbulo que comunica con la zona de público tampoco podría ser corredera?, ¿o como el vestíbulo no es el local de riesgo especial si puede serlo?

En caso de que no pudieran ser correderas, la puerta de la cocina abriría hacia el exterior (hacia el vestíbulo). Pero la del vestíbulo con la zona de público, ¿puede abrir hacia el interior del vestíbulo o debe ser tambien hacia dicha zona de público (hacia exterior)?
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#129191
Goran Pastich escribió:
mikolas escribió:Gracias fsi,

Estoy de acuerdo por el tema de la comodidad, aunque estoy seguro que durante el desarrollo de la actividad esas puertas van a estar abiertas.


¿No han de estar cerradas siempre, salvo que tengan retenedor conectado a la centralita de incendios..?


- No digo que puedan estar abiertas, si no que en la práctica, ¿crees que la propiedad de la actividad las mantendrá cerradas con las típicas prisas para servir las comidas?

Antes comenté si sería posible realizar un hueco pasaplatos entre cocina-zona público, ¿o es imposible ya que la cocina debe estar separada por ser local de riesgo especial?
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#129290
"Esto se especifica en una de las notas de la tabla 2.1 del DB-SI."

:oops: pendon mikolas, con la nota queda claro que debe ser abatible.
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#129314
En cuanto a las cuestiones de hacia donde deberían de abrir las puertas y la posibilidad de tener un hueco pasaplatos, ¿cual es vuestra opinión?
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#129844
Hola,

Me gustaría reflotar un poco el tema porque el dueño del local se ha empeñado en hacer el típico hueco para pasar los platos de la cocina a la zona de público y como tengo dudas en esto, me gustaría saber algo más sobre este "problemilla".
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#129872
mikolas escribió:Hola,

Me gustaría reflotar un poco el tema porque el dueño del local se ha empeñado en hacer el típico hueco para pasar los platos de la cocina a la zona de público y como tengo dudas en esto, me gustaría saber algo más sobre este "problemilla".


Pues que lo tienes complicado, pues es uno de esos sistemas no homologados y que hay que homologar como sistema completo asociado a un sistema de detección y alarma.

Crudo :?
por
#129905
unomas escribió:
mikolas escribió:Hola,

Me gustaría reflotar un poco el tema porque el dueño del local se ha empeñado en hacer el típico hueco para pasar los platos de la cocina a la zona de público y como tengo dudas en esto, me gustaría saber algo más sobre este "problemilla".


Pues que lo tienes complicado, pues es uno de esos sistemas no homologados y que hay que homologar como sistema completo asociado a un sistema de detección y alarma.

Crudo :?


Lo siento, pero no entiendo la relación entre lo de un hueco pasaplatos y que haya que homologarse como sistema completo asociado a un sistema de detección y alarma.
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#129925
mikolas escribió:Hola,

Me gustaría reflotar un poco el tema porque el dueño del local se ha empeñado en hacer el típico hueco para pasar los platos de la cocina a la zona de público y como tengo dudas en esto, me gustaría saber algo más sobre este "problemilla".


Mikolas

No creo que encuentres ningún pasa-platos con las exigencias legales necesarias.

¿Has contemplado la opción de instalar extinción automática en la cocina y te olvidas de LRE?

saludos
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