Retimbrado de calderín de aire en máquina de aspiración (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Aparatos, recipientes, etc. a presión, tratamiento y almacenamiento de aire comprimido, y plantas e instalaciones frigoríficas
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#130058
¿Cada cuánto tiempo hay que retimbrar un calderín acogido por la norma UNE 286-1? Gracias.
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#130758
Podias especificar a que le llamas calderin??
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#130773
francisco escribió:Podias especificar a que le llamas calderin??


Me refiero a un calderín de aire comprimido en una instalación de aspirador industrial de una presión de unos 13 bares para eliminación de polvo de producción. No tengo la norma UNE 286-1. No sé cuando hay que retimbrar y en esa norma seguro que lo pone. Uno de ellos está fabricado en el año 2.000 y han pasado casi 9 años.

Gracias.
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#130806
Si es un calderín de aire comprimido te entrará por la ITC correspondiente del RAP, y no tiene nada que ver la norma según la cual ha sido fabricado.

Creo recordar que para los PxV normales eran 10 años. Además si ha estado legalizdo debe de llevar la correspondiente placa de Industria donde pone la próxima fecha de retimbredo (creo).
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#130888
El cumplimiento de la norma EN 286 implica que se trata de un calderín con marcado CE como aparato a presión simple.
Las Directivas CE derogan todo lo que se oponga a ellas, pero habitualmente como hace la Directiva 87/404 de aparatos simples no dice nada en cuanto a pruebas periódicas (que recuerde) por lo que sigue aplicando el RAP e ITC-AP17 (mientras no se publique el nuevo) y por tanto las revisiones son cada 10 años.
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#131031
Gracias a los dos. He visto la placa y no pone nada, solo el año de fabricación (2.000).
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#131139
¿Qué quiere decir que no pone nada? ¿Que no lleva la marca CE? La ha de llevar.
¿Que no tiene placas de Industria?
Podría llevar dos placas:
- La de diseño que se ha colocado en algunas CCAA.
- La de instalación
Puede que no esté legalizado o que simplemente no hayan puesto las placas.
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#131189
MPa escribió:Puede que no esté legalizado o que simplemente no hayan puesto las placas.


Que se mire el listado de maquinaria del registro industrial y se sale de dudas.
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#131391
Me refería a que no pone expresamente nada de retimbrado. Además, esta mañana he estado hablando con el fabricante y me ha comentado que para ese tipo de calderín con tan poco volumen, industria pasa del tema y que no existe ninguna empresa con esas características que lo haya retimbrado, pues en caso de sobrecarga de presión (más de 6,5 bar), fallaría una válvula mucho antes que el calderín.

En fin, me desentiendo del tema, porque en nuestra empresa no tenían ni idea del tema y yo lo he sacado.

Gracias por todo.
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#131409
En todos los aparatos a presión en caso de "sobrecarga" hay una válvula que debería fallar mucho antes que el calderín. Para eso se calculan y para eso se prueban periódicamente.
Si el P*V es pequeño lo puede certificar un instalador.
Si no, hayá vosotros.
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#131425
JMGV escribió:.... que para ese tipo de calderín con tan poco volumen, industria pasa del tema y que no existe ninguna empresa con esas características que lo haya retimbrado, pues en caso de sobrecarga de presión (más de 6,5 bar), fallaría una válvula mucho antes que el calderín.


:shock: :shock: Como no funcione bien la purga, porque el de mantenimiento pasa del tema o porque se ha averiado la purg automática y tengas corrosión de fondo en el entronque de la válvula, diez años es tiempo mas que de sobra para que un dia os de un disgusto y al que pille cerca le de un soponcio, pero retimbrar un calderín de aire cada 10 años a mi me parece de las mas elementales prudencias.

Todo el mundo pasa (industria incluida) hasta que pasan cosas y todo porque en Industria son incapaces de montar una base de datos en el registro de aparatos a presión y llevar un control de retimbrados que un administrativo en dos horas al dia puede controlar.

Dios que país. :cabezazo :cabezazo
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#131661
JORDIM escribió:
JMGV escribió:.... que para ese tipo de calderín con tan poco volumen, industria pasa del tema y que no existe ninguna empresa con esas características que lo haya retimbrado, pues en caso de sobrecarga de presión (más de 6,5 bar), fallaría una válvula mucho antes que el calderín.


:shock: :shock: Como no funcione bien la purga, porque el de mantenimiento pasa del tema o porque se ha averiado la purg automática y tengas corrosión de fondo en el entronque de la válvula, diez años es tiempo mas que de sobra para que un dia os de un disgusto y al que pille cerca le de un soponcio, pero retimbrar un calderín de aire cada 10 años a mi me parece de las mas elementales prudencias.

Todo el mundo pasa (industria incluida) hasta que pasan cosas y todo porque en Industria son incapaces de montar una base de datos en el registro de aparatos a presión y llevar un control de retimbrados que un administrativo en dos horas al dia puede controlar.

Dios que país. :cabezazo :cabezazo


Pues ahora vas y se lo dices a mi jefe y máxime después de decir el "entendido" fabricante de la "lijadora" (que es donde va el calderín) que no hace falta y bla, bla, bla... Yo he sido el que he removido esto, pero ya no doy un paso más. No sé si me he explicado. Ah... y el de mantenimiento ahora soy yo. Literalmente no había mantenimiento, hasta que he llegado yo. No veas el "cristo" que hay montado. Es de película. Lo del calderín es lo de menos, lo peor son los polvos que se forman en la lijadora (por ejemplo) que son producto carcinógeno de grado II y que alegremente nadie limpia o no había costumbre. Ahora veremos quién es el que se dedica a limpiar los filtros que están totalmente saturados por dejadez porque, en teoría, no se pueden remover ni con escoba ni nada, porque eso remueve el polvo y queda en el ambiente más. Sinceramente eso sí que me parece más deplorable. Lo del calderín, puede pasar una desgracia, no te lo discuto. Si fuera mía la empresa, lo haría, pero donde manda patrón no manda marinero...Y sé que no lo van a entender y encima después de lo que dijo el tío de la lijadora. Pues buenas están las cosas.
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#131701
No te mosquees JMGV porque las expresiones de queja no iban por ti, sino por nuestras queridas administraciones.

De lo otro, ... pues lo normal en la industria española. Lo contrario son las excepciones. Entiendo lo del calderín y peores que se te presentarán SEGURO, pero no pretendas que te diga bien, cuando no está bien y me has pedido opinión. ;)

:comunidad
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#132032
Estoy mosqueado con la situación, si he puesto un tono raro, lo siento. :oops:

Ah, y gracias por la información.
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#136791
JORDIM escribió:Si es un calderín de aire comprimido te entrará por la ITC correspondiente del RAP, y no tiene nada que ver la norma según la cual ha sido fabricado.

Creo recordar que para los PxV normales eran 10 años. Además si ha estado legalizdo debe de llevar la correspondiente placa de Industria donde pone la próxima fecha de retimbredo (creo).


Saco a flote el tema por si las moscas.

La ITC es la 17. En PxV normales es de 10 años. Y en la placa de industria no lleva la fecha de la siguiente inspección sinó la fecha en que se ha hecho la inspección. La fecha de la siguiente inspección la deberías tener en el Acta de inspección, donde indica que se ha retimbrado las PSV, las características del calderín, próximo retimbrado etc etc...

Pero recuerda que la responsabilidad es SIEMPRE del usuario, así que mejor vayas llamando a una OCA autorizada para que te haga la inspección. Recuerdales que te troquelen la placa con la fecha de la inspección y con el troquel que lleva el sello de quien ha realizado la inspección y que las PSV lleven el correspondiente precinto.

Y por cierto, como te dice JORDIM, cuidado con las purgas y las PSVs. Si la purga o la PSV no funcionan bien puedes tener una desagradable sorpresa. Si has llegado hace poco a este puesto, te recomendaría una inspección del calderín y elementos de seguridad (Presostatos, etc) y al menos, asegurarte que está en condiciones y que tienes la correspondiente acta de inspección al dia. Así mismo te recomendaría que hecharas un vistazo que todos los aparatos a presión que teneis estén legalizados y estén al día de inspecciones. Si teneis un accidente y os pillan sin estar legalizado o bien no está al día de inspecciones os van a crujir.

Un saludo! ;)
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