Trámites ante la Administración, empresas suministradoras, etc.
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#129239
Buenas noches.

Mi duda se refiere a carnets profesionales.

Tengo el nuevo carnet de instalador de climatización de edificios (el del nuevo RITE), y he creado una empresa Instaladora/Mantenedora de climatización.

Quisiera saber si además de realizar, legalizar y mantener instalaciones con calderas de gasóleo, de biomasa, etc, también puedo hacerlo de calderas de gas, ya que no sé si el nuevo carnet de instalador/mantenedor de climatización también cubre que el combustible utilizado para la caldera sea gas (sólo lo quiero para realizar instalaciones en viviendas o industrias y poder firmar la legalización de la instalación, no quiero meterme en temas de oleoductos ni nada por el estilo).

He estado buscando por internet y no he encontrado ninguna respuesta, y tampoco me apetece hacerle la pregunta a la delegación de industria.

Si alguien sabe algo al respecto, se lo agradecería.

Por cierto, soy Ingeniero Superior Industrial y la empresa la he dado de alta en dos comunidades autónomas.

Muchas gracias y saludos.
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#129927
Ten en cuenta que el nuevo carné del RITE no es de instalador ni de mantenedor, sino de ambas cosas. Y respecto a las instalaciones, abarca todas las instalaciones térmicas de los edificios, es decir, calefacción, climatización, ACS... Por lo que más bien habría que referirse a quienes posean ese carné como profesionales de las instalaciones térmicas de los edificios.

Las calderas de gas para calefacción son elementos de las instalaciones térmicas, y por lo tanto, están incluidas dentro del campo de actuación de un profesional con carné del RITE. Cada reglamento establece su ámbito de aplicación, y siempre que las calderas (sean del combustible que sean) formen parte de la instalaciones térmicas del edificio, tal y como las define el RITE, son competencia del poseedor de ese carné, tanto para instalación como para mantenimiento, siempre que actúe en el seno de una empresa instaladora y mantenedora autorizadas.

Ahora bien, en el caso de calderas en instalaciones industriales, tendrás que ver si están dentro del ambito de aplicación de RITE, en cuyo caso serás competente si lo están, y no lo serías si forman parte del proceso industrial y no están destinadas al confort humano.

Las tuberías de alimentación de gas a las calderas están sujetas a la reglamentación de gas y tienen su propio carné. :saludo
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#133042
Tengo una duda respecto a este tema.

En el RITE en el artículo 42 parte 3 dice:

3. Los técnicos titulados competentes, con atribuciones específicas en materias reguladas por el RITE,
podrán obtener directamente el carné, mediante solicitud ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma y sin tener que cumplir los requisitos enumerados en los apartados b) y c), bastando con la presentación de una copia compulsada del título académico.


¿Alguien sabe a que titulaciones se refiere y que no son las de FP mencionadas en el apartado b)? He leido por ahi que II y ITI. ¿Alguien lo confirma? Y ya de paso si alguien puede informar de los costes de inscribirte en el Registro de empresa mantenedora autorizada y si se necesita algo mas que el carnet..
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#133106
b0ik0t escribió:Tengo una duda respecto a este tema.

En el RITE en el artículo 42 parte 3 dice:

3. Los técnicos titulados competentes, con atribuciones específicas en materias reguladas por el RITE,
podrán obtener directamente el carné, mediante solicitud ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma y sin tener que cumplir los requisitos enumerados en los apartados b) y c), bastando con la presentación de una copia compulsada del título académico.


¿Alguien sabe a que titulaciones se refiere y que no son las de FP mencionadas en el apartado b)? He leido por ahi que II y ITI. ¿Alguien lo confirma? Y ya de paso si alguien puede informar de los costes de inscribirte en el Registro de empresa mantenedora autorizada y si se necesita algo mas que el carnet..

yo por ser ITI me concedieron el carne de instalaciones termicas en los edificios (nuevo carne del RITE), eso si, me hicieron ir 4 o 5 veces a industria por que perdieron que si la foto, que si faltaba una coma, que si el formulario lo perdio fulanito ...... un desastre
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#133468
b0ik0t escribió:
¿Alguien sabe a que titulaciones se refiere y que no son las de FP mencionadas en el apartado b)? He leido por ahi que II y ITI. ¿Alguien lo confirma? Y ya de paso si alguien puede informar de los costes de inscribirte en el Registro de empresa mantenedora autorizada y si se necesita algo mas que el carnet..


El tema de las titulaciones y sus competencias en los distintos reglamentos técnicos ha sido siempre un tema muy escabroso para la Administración. Nunca ha definido claramente qué titulaciones concretas pueden acceder a un determinado carné. Con la frase "Técnicos titulados con competencia legal en la materia", o similar, suelen resolver el tema, pasándole la patata caliente a las Comunidades Autónomas. Así que dependerá de la Comunidad Autónoma donde lo solicites. Yo no descartaría que, con con algunas titulaciones, en unas se diera el carné y en otras no. En Asturias, a los II e ITI se les da sin problema.

Respecto de los requisitos para las empresas, en el artículo 37 del RITE los tienes todos. El coste de la inscripción dependerá de la tasa que establezca cada Comunidad Autónoma. En Asturias, por ejemplo, es bastante caro. Ronda los 300€.
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#134182
DSG escribió:
b0ik0t escribió:
¿Alguien sabe a que titulaciones se refiere y que no son las de FP mencionadas en el apartado b)? He leido por ahi que II y ITI. ¿Alguien lo confirma? Y ya de paso si alguien puede informar de los costes de inscribirte en el Registro de empresa mantenedora autorizada y si se necesita algo mas que el carnet..


El tema de las titulaciones y sus competencias en los distintos reglamentos técnicos ha sido siempre un tema muy escabroso para la Administración. Nunca ha definido claramente qué titulaciones concretas pueden acceder a un determinado carné. Con la frase "Técnicos titulados con competencia legal en la materia", o similar, suelen resolver el tema, pasándole la patata caliente a las Comunidades Autónomas. Así que dependerá de la Comunidad Autónoma donde lo solicites. Yo no descartaría que, con con algunas titulaciones, en unas se diera el carné y en otras no. En Asturias, a los II e ITI se les da sin problema.

Respecto de los requisitos para las empresas, en el artículo 37 del RITE los tienes todos. El coste de la inscripción dependerá de la tasa que establezca cada Comunidad Autónoma. En Asturias, por ejemplo, es bastante caro. Ronda los 300€.


Muchas gracias por la info, DSG :comunidad
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#134185
¿Para calderas no hace falta el carnet de operador de maquinas termicas tambien?
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#139933
NdelA: no mezcles temas. Usa el buscador, hay bastante sobre lo que preguntas.
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